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Ley animal: Cómo evitar las sanciones

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EFE/ José Manuel Vidal/Archivo

Madrid (OFFICIAL PRESS-EFE).- El proyecto de ley de bienestar animal aprobado este miércoles por el pleno del Senado, que tras rechazar los vetos e incorporar enmiendas parciales volverá al Congreso para su ratificación final, exigirá una batería de obligaciones para la tenencia de mascotas y endurecerá las sanciones.

Repasamos cuáles son las claves principales de lo que será infracción y las sanciones correspondientes.

Ley animal: Cómo evitar las sanciones

¿Qué constituirá infracción?

Constituyen infracciones administrativas en materia de protección y derecho de los animales, las acciones u omisiones contrarias a lo establecido en esta ley, con la clasificación de leves, graves y muy graves. La imposición de cualquier sanción prevista en esta ley no excluye la responsabilidad civil de la persona o entidad sancionada. La responsabilidad civil derivada de una infracción será siempre solidaria entre todos los causantes del daño.

¿Cómo se determinará la gravedad?

Se considerará infracción leve toda conducta que, por acción u omisión y sin provocar daños físicos ni alteraciones de su comportamiento al animal, conlleve la inobservancia de prohibiciones, cuidados u obligaciones establecidas legalmente o las derivadas del incumplimiento de responsabilidades administrativas por parte de los titulares o responsables del animal.

Las de carácter grave se corresponderán con toda conducta que por acción u omisión y derivada del incumplimiento de las obligaciones o de la realización de conductas prohibidas impliquen daño o sufrimiento para el animal, siempre que no les causen la muerte o secuelas permanentes graves, siempre que no sea constitutivo de delito.

Se considerarán muy graves toda una amplia batería de infracciones relacionadas con el incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones exigidas por esta ley cuando se produzca la muerte del animal, siempre que no sea constitutivo de delito, así como el sacrificio de animales no autorizado, entre otros supuestos.

¿A cuánto ascenderán las sanciones en cada caso?

La horquilla de los importes a pagar irá desde los 500 hasta los 200.000 euros dependiendo de la infracción. Las leves se sancionarán con apercibimiento o multa de 500 a 10.000 euros; las graves, irán de 10.001 a 50.000 euros y las muy graves, desde los 50.001 hasta 200.000 euros.

¿Qué infracciones concretas serán graves?

No cumplir las obligaciones de identificación del animal; el uso de métodos agresivos o violentos en la educación del animal; la administración de sustancias que perjudiquen a los animales o alteren su comportamiento, a menos que sean prescritas por veterinarios y con un fin terapéutico para el animal; practicar al animal mutilaciones o modificaciones corporales no autorizadas.

Asimismo, utilizar animales como objeto de recompensa, premio, rifa o promoción; hacer uso de ello como reclamo publicitario sin autorización; criar animales silvestres alóctonos, así como comerciar con ellos, excepto en los casos previstos en esta ley; el envío de animales vivos excepto en los casos previstos en esta ley; la retirada, reubicación o desplazamiento de gatos comunitarios en situaciones distintas a las permitidas en normativa.

También, el abandono de uno o más animales; no recoger el animal de las residencias u otros establecimientos similares en los que haya sido recogido por pérdida y el abandono del animal en condiciones de riesgo; el robo, hurto o apropiación indebida de un animal; no denunciar la pérdida o sustracción del animal o no recogerlo de los centros veterinarios, las residencias u otros establecimientos en los que hubieran sido depositado previamente.

Además, alimentar a los animales con vísceras, cadáveres y otros despojos procedentes de animales que no hayan superado los oportunos controles sanitarios; mantener de forma permanente perros o gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos y la comisión de más de una infracción leve en el plazo de tres años cuando así haya sido declarado en resolución administrativa firme.

¿Cuáles serán muy graves?

La eutanasia de animales con medios inadecuados o por personal no cualificado; el adiestramiento y uso de animales para peleas y riñas con otros animales o personas; el uso de animales de compañía para consumo humano; matar gatos comunitarios fuera de los casos autorizados en esta ley; la cría, el comercio o la exposición de animales con fines comerciales por personas no autorizadas o la venta de perros, gatos y hurones en tiendas de animales.

El uso de animales en actividades prohibidas, en particular culturales y festivas, en atracciones mecánicas, carruseles de feria, así como el uso de especies de fauna silvestre en espectáculos circenses; el uso de la selección genética de animales de compañía que dañe su salud; la comisión de más de una infracción grave en el plazo de tres años, cuando así haya sido declarado por resolución administrativa firme.

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Fallas

Programa de Festejos de las Fallas 2026: calendario provisional

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Las Fallas de Valencia 2026 ya comienzan a tomar forma con la publicación del programa oficial de festejos, un extenso calendario que abarca desde el mes de enero hasta el 19 de marzo, día de San José. No obstante, este programa se presenta a falta de ratificación definitiva por la Asamblea de Presidentas y Presidentes de Falla, por lo que podría sufrir ajustes antes de su aprobación final.

Aun así, el documento marca las grandes líneas de unas Fallas que volverán a llenar Valencia de tradición, pólvora, música, arte fallero y devoción, con actos emblemáticos como la Crida, la Ofrenda, la Plantà y la Cremà.

Enero 2026: arranque oficial del ejercicio fallero

El calendario fallero 2026 comenzará el domingo 11 de enero con la presentación de los pasodobles de las Falleras Mayores de Valencia en el Palau de la Música. A lo largo del mes destacan actos tan relevantes como:

Gala de la Indumentaria (15 de enero), donde se dará a conocer la indumentaria oficial.

XX Gala de la Pirotecnia (16 de enero), con la presentación del calendario pirotécnico.

Exaltaciones de la Fallera Mayor de Valencia, Carmen Prades Gil, y de la Fallera Mayor Infantil, Marta Mercader Roig, los días 30 y 31 de enero respectivamente.

Febrero: cultura fallera, ninots y Crida

El mes de febrero concentra una intensa agenda cultural y protocolaria:

Recepción e inauguración de la Exposición del Ninot, uno de los actos más esperados.

Galas de cultura, teatro, deporte y folklore organizadas por Junta Central Fallera. Intercambios de fotografías y entrega de Bunyols d’Or i Brillants por sectores.

El domingo 22 de febrero, jornada clave con la Despertà, la Macrodespertà, la Entrada de Bandas, la Mascletà y, como colofón, la Crida en las Torres de Serranos, que marcará oficialmente el inicio de las Fallas 2026.

Marzo: mascletaes, ofrenda y los días grandes

Marzo será, como es tradición, el corazón de las Fallas:

Mascletaes y pirotecnia

Del 1 al 19 de marzo, la Plaza del Ayuntamiento acogerá diariamente la Mascletà, además de numerosos espectáculos pirotécnicos nocturnos, incluida la esperada Nit del Foc el 18 de marzo.

Plantà y premios

15 de marzo: Plantà de las fallas infantiles. 16 de marzo: Plantà de todas las fallas. Entrega de premios infantiles y mayores los días 16 y 17 de marzo.

Ofrenda a la Mare de Déu

La Ofrenda de flores se celebrará los días 17 y 18 de marzo, con el tradicional recorrido por las calles de la Paz y San Vicente, culminando con la participación de las Falleras Mayores de Valencia y sus Cortes de Honor.

San José y Cremà

El 19 de marzo, día de San José, se vivirá la jornada más emotiva:

Misa solemne en la Catedral de Valencia. Cabalgata del Fuego. Cremà de las fallas infantiles y mayores, poniendo fin a las Fallas 2026 entre fuego y emoción.

Un programa provisional pendiente de confirmación

Aunque el calendario presentado es muy detallado y abarca todos los grandes actos de la fiesta, es importante recordar que este programa de festejos de las Fallas 2026 se encuentra pendiente de ratificación definitiva por la Asamblea de Presidentas y Presidentes de Falla. Hasta que se produzca dicha aprobación, podrían introducirse modificaciones en fechas, horarios o actos concretos.

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