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Ley animal: Cómo evitar las sanciones

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EFE/ José Manuel Vidal/Archivo

Madrid (OFFICIAL PRESS-EFE).- El proyecto de ley de bienestar animal aprobado este miércoles por el pleno del Senado, que tras rechazar los vetos e incorporar enmiendas parciales volverá al Congreso para su ratificación final, exigirá una batería de obligaciones para la tenencia de mascotas y endurecerá las sanciones.

Repasamos cuáles son las claves principales de lo que será infracción y las sanciones correspondientes.

Ley animal: Cómo evitar las sanciones

¿Qué constituirá infracción?

Constituyen infracciones administrativas en materia de protección y derecho de los animales, las acciones u omisiones contrarias a lo establecido en esta ley, con la clasificación de leves, graves y muy graves. La imposición de cualquier sanción prevista en esta ley no excluye la responsabilidad civil de la persona o entidad sancionada. La responsabilidad civil derivada de una infracción será siempre solidaria entre todos los causantes del daño.

¿Cómo se determinará la gravedad?

Se considerará infracción leve toda conducta que, por acción u omisión y sin provocar daños físicos ni alteraciones de su comportamiento al animal, conlleve la inobservancia de prohibiciones, cuidados u obligaciones establecidas legalmente o las derivadas del incumplimiento de responsabilidades administrativas por parte de los titulares o responsables del animal.

Las de carácter grave se corresponderán con toda conducta que por acción u omisión y derivada del incumplimiento de las obligaciones o de la realización de conductas prohibidas impliquen daño o sufrimiento para el animal, siempre que no les causen la muerte o secuelas permanentes graves, siempre que no sea constitutivo de delito.

Se considerarán muy graves toda una amplia batería de infracciones relacionadas con el incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones exigidas por esta ley cuando se produzca la muerte del animal, siempre que no sea constitutivo de delito, así como el sacrificio de animales no autorizado, entre otros supuestos.

¿A cuánto ascenderán las sanciones en cada caso?

La horquilla de los importes a pagar irá desde los 500 hasta los 200.000 euros dependiendo de la infracción. Las leves se sancionarán con apercibimiento o multa de 500 a 10.000 euros; las graves, irán de 10.001 a 50.000 euros y las muy graves, desde los 50.001 hasta 200.000 euros.

¿Qué infracciones concretas serán graves?

No cumplir las obligaciones de identificación del animal; el uso de métodos agresivos o violentos en la educación del animal; la administración de sustancias que perjudiquen a los animales o alteren su comportamiento, a menos que sean prescritas por veterinarios y con un fin terapéutico para el animal; practicar al animal mutilaciones o modificaciones corporales no autorizadas.

Asimismo, utilizar animales como objeto de recompensa, premio, rifa o promoción; hacer uso de ello como reclamo publicitario sin autorización; criar animales silvestres alóctonos, así como comerciar con ellos, excepto en los casos previstos en esta ley; el envío de animales vivos excepto en los casos previstos en esta ley; la retirada, reubicación o desplazamiento de gatos comunitarios en situaciones distintas a las permitidas en normativa.

También, el abandono de uno o más animales; no recoger el animal de las residencias u otros establecimientos similares en los que haya sido recogido por pérdida y el abandono del animal en condiciones de riesgo; el robo, hurto o apropiación indebida de un animal; no denunciar la pérdida o sustracción del animal o no recogerlo de los centros veterinarios, las residencias u otros establecimientos en los que hubieran sido depositado previamente.

Además, alimentar a los animales con vísceras, cadáveres y otros despojos procedentes de animales que no hayan superado los oportunos controles sanitarios; mantener de forma permanente perros o gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos y la comisión de más de una infracción leve en el plazo de tres años cuando así haya sido declarado en resolución administrativa firme.

¿Cuáles serán muy graves?

La eutanasia de animales con medios inadecuados o por personal no cualificado; el adiestramiento y uso de animales para peleas y riñas con otros animales o personas; el uso de animales de compañía para consumo humano; matar gatos comunitarios fuera de los casos autorizados en esta ley; la cría, el comercio o la exposición de animales con fines comerciales por personas no autorizadas o la venta de perros, gatos y hurones en tiendas de animales.

El uso de animales en actividades prohibidas, en particular culturales y festivas, en atracciones mecánicas, carruseles de feria, así como el uso de especies de fauna silvestre en espectáculos circenses; el uso de la selección genética de animales de compañía que dañe su salud; la comisión de más de una infracción grave en el plazo de tres años, cuando así haya sido declarado por resolución administrativa firme.

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Elisa Mouliaá retira la denuncia contra Íñigo Errejón por presunta agresión sexual “por salud”

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Elisa Mouliaá

La actriz aclara que no se retracta de los hechos y que su decisión responde al desgaste personal tras sostener el proceso en solitario.

La actriz Elisa Mouliaá ha anunciado este miércoles que retira su acusación particular en el procedimiento judicial contra el exdirigente de Sumar Íñigo Errejón por una presunta agresión sexual. La intérprete ha comunicado su decisión a través de un mensaje publicado en redes sociales, en el que subraya que no se trata de una retractación, sino de un límite personal marcado por motivos de salud y desgaste emocional.

“No es una retractación, es un límite”, afirma Mouliaá en su comunicado, en el que explica que ha decidido dar un paso al lado tras haber sostenido el proceso judicial en solitario durante meses.

“La Fiscalía y el juez apreciaron indicios”

En su mensaje, la actriz recuerda que la Fiscalía determinó la veracidad de los hechos y que el juez instructor, Adolfo Carretero, apreció indicios de criminalidad, motivo por el cual Errejón fue enviado al banquillo.

“He decidido retirar mi acusación particular en el procedimiento por abuso sexual contra Íñigo Errejón. No es una retractación, es un límite”, señala Mouliaá, quien insiste en que su decisión no implica que los hechos no sean ciertos.

“He estado sola sosteniendo todo esto”

Uno de los motivos clave que expone la actriz es la falta de apoyo de otras posibles víctimas. Según explica, todo el caso se originó tras la aparición de denuncias anónimas, pero finalmente fue ella quien dio la cara públicamente.

“Yo salí a dar la cara, con nombre y apellidos, para confirmar que todo eso era cierto y para proteger a otras mujeres”, afirma. Sin embargo, lamenta que ninguna otra mujer se haya sumado formalmente al proceso, lo que la ha dejado sola afrontando la presión mediática y judicial.

“No porque no sea verdad, sino porque nadie debería cargar sola con algo así”, añade.

El proceso podría continuar sin su participación

A pesar de su retirada como acusación particular, Mouliaá recuerda que se trata de un delito de naturaleza pública, por lo que el procedimiento podría continuar si así lo decide la justicia, aunque ya sin su participación directa.

“Si la justicia continúa, lo hará sin mi participación. Yo me retiro con la conciencia tranquila”, concluye la actriz, remarcando que no busca ni dinero ni protagonismo: “La verdad ya camina sola”.

Contexto del caso Errejón

Íñigo Errejón, ex portavoz de Sumar, fue procesado tras la denuncia presentada por Elisa Mouliaá por unos hechos ocurridos presuntamente en 2021. El juez consideró que existían indicios suficientes para abrir juicio, a pesar de que la Fiscalía había mostrado dudas sobre la solidez probatoria del caso.

La retirada de la acusación particular podría acercar el caso al archivo, aunque dependerá ahora de si el Ministerio Fiscal decide mantener el procedimiento.

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