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Ley animal: Cómo evitar las sanciones

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EFE/ José Manuel Vidal/Archivo

Madrid (OFFICIAL PRESS-EFE).- El proyecto de ley de bienestar animal aprobado este miércoles por el pleno del Senado, que tras rechazar los vetos e incorporar enmiendas parciales volverá al Congreso para su ratificación final, exigirá una batería de obligaciones para la tenencia de mascotas y endurecerá las sanciones.

Repasamos cuáles son las claves principales de lo que será infracción y las sanciones correspondientes.

Ley animal: Cómo evitar las sanciones

¿Qué constituirá infracción?

Constituyen infracciones administrativas en materia de protección y derecho de los animales, las acciones u omisiones contrarias a lo establecido en esta ley, con la clasificación de leves, graves y muy graves. La imposición de cualquier sanción prevista en esta ley no excluye la responsabilidad civil de la persona o entidad sancionada. La responsabilidad civil derivada de una infracción será siempre solidaria entre todos los causantes del daño.

¿Cómo se determinará la gravedad?

Se considerará infracción leve toda conducta que, por acción u omisión y sin provocar daños físicos ni alteraciones de su comportamiento al animal, conlleve la inobservancia de prohibiciones, cuidados u obligaciones establecidas legalmente o las derivadas del incumplimiento de responsabilidades administrativas por parte de los titulares o responsables del animal.

Las de carácter grave se corresponderán con toda conducta que por acción u omisión y derivada del incumplimiento de las obligaciones o de la realización de conductas prohibidas impliquen daño o sufrimiento para el animal, siempre que no les causen la muerte o secuelas permanentes graves, siempre que no sea constitutivo de delito.

Se considerarán muy graves toda una amplia batería de infracciones relacionadas con el incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones exigidas por esta ley cuando se produzca la muerte del animal, siempre que no sea constitutivo de delito, así como el sacrificio de animales no autorizado, entre otros supuestos.

¿A cuánto ascenderán las sanciones en cada caso?

La horquilla de los importes a pagar irá desde los 500 hasta los 200.000 euros dependiendo de la infracción. Las leves se sancionarán con apercibimiento o multa de 500 a 10.000 euros; las graves, irán de 10.001 a 50.000 euros y las muy graves, desde los 50.001 hasta 200.000 euros.

¿Qué infracciones concretas serán graves?

No cumplir las obligaciones de identificación del animal; el uso de métodos agresivos o violentos en la educación del animal; la administración de sustancias que perjudiquen a los animales o alteren su comportamiento, a menos que sean prescritas por veterinarios y con un fin terapéutico para el animal; practicar al animal mutilaciones o modificaciones corporales no autorizadas.

Asimismo, utilizar animales como objeto de recompensa, premio, rifa o promoción; hacer uso de ello como reclamo publicitario sin autorización; criar animales silvestres alóctonos, así como comerciar con ellos, excepto en los casos previstos en esta ley; el envío de animales vivos excepto en los casos previstos en esta ley; la retirada, reubicación o desplazamiento de gatos comunitarios en situaciones distintas a las permitidas en normativa.

También, el abandono de uno o más animales; no recoger el animal de las residencias u otros establecimientos similares en los que haya sido recogido por pérdida y el abandono del animal en condiciones de riesgo; el robo, hurto o apropiación indebida de un animal; no denunciar la pérdida o sustracción del animal o no recogerlo de los centros veterinarios, las residencias u otros establecimientos en los que hubieran sido depositado previamente.

Además, alimentar a los animales con vísceras, cadáveres y otros despojos procedentes de animales que no hayan superado los oportunos controles sanitarios; mantener de forma permanente perros o gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos y la comisión de más de una infracción leve en el plazo de tres años cuando así haya sido declarado en resolución administrativa firme.

¿Cuáles serán muy graves?

La eutanasia de animales con medios inadecuados o por personal no cualificado; el adiestramiento y uso de animales para peleas y riñas con otros animales o personas; el uso de animales de compañía para consumo humano; matar gatos comunitarios fuera de los casos autorizados en esta ley; la cría, el comercio o la exposición de animales con fines comerciales por personas no autorizadas o la venta de perros, gatos y hurones en tiendas de animales.

El uso de animales en actividades prohibidas, en particular culturales y festivas, en atracciones mecánicas, carruseles de feria, así como el uso de especies de fauna silvestre en espectáculos circenses; el uso de la selección genética de animales de compañía que dañe su salud; la comisión de más de una infracción grave en el plazo de tres años, cuando así haya sido declarado por resolución administrativa firme.

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Antonio Pelayo, histórico corresponsal de Antena 3 en Roma, será juzgado por presunta agresión sexual

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Antonio Pelayo-ATRESMEDIA

La Fiscalía de Roma pide juzgar a Antonio Pelayo por presunta violencia sexual

La Fiscalía de Roma ha solicitado la apertura de juicio contra el sacerdote y periodista español Antonio Pelayo, corresponsal en la capital italiana desde hace décadas, por un presunto delito de violencia sexual denunciado por un joven productor de televisión. La información ha sido adelantada por El Mundo, medio que ha tenido acceso tanto a la denuncia, como al escrito de acusación del Ministerio Público y a mensajes intercambiados entre denunciante y acusado.

Según el reportaje, el Tribunal Penal de Roma ha fijado la primera audiencia para el 14 de mayo de 2026, fecha en la que Pelayo deberá comparecer como acusado. El periodista declinó hacer declaraciones al medio por recomendación de su abogado.

Qué investiga la justicia italiana

De acuerdo con el escrito de la Fiscalía incorporado a la causa, los hechos investigados se habrían producido en mayo de 2025, durante un encuentro de carácter profesional en el domicilio de Antonio Pelayo en Roma. El Ministerio Público sostiene que el acusado habría realizado actos sexuales sin consentimiento, que encuadra jurídicamente en el artículo 609-bis del Código Penal italiano, relativo al delito de violencia sexual.

La acusación describe dos episodios. En el primero, Pelayo se habría acercado de forma repentina al denunciante mientras ambos estaban sentados en un sofá, sujetándolo por el hombro, besándolo entre el cuello y el hombro e introduciendo la mano bajo su camiseta, tocándole diversas partes del torso e impidiendo su reacción.

El segundo episodio, siempre según la Fiscalía, habría tenido lugar en la cocina, donde el acusado habría abrazado al denunciante por delante e introducido ambas manos bajo su pantalón, tocándole repetidamente el trasero.

Cronología de los hechos y de la denuncia

El reportaje de El Mundo reconstruye una cronología detallada del caso:

  • Finales de febrero de 2025: el productor contacta con Pelayo en el contexto de trabajos informativos previos a un posible cónclave.

  • 7 y 8 de mayo de 2025: se celebra el cónclave al que alude el reportaje.

  • Viernes 23 de mayo de 2025: fecha en la que el denunciante sitúa el episodio en el domicilio del periodista.

  • 24, 25 y 26 de mayo de 2025: intercambio de mensajes en los que Pelayo pide disculpas de forma reiterada.

  • 28 de mayo de 2025: el denunciante presenta la denuncia ante una comisaría del centro de Roma.

Tras la denuncia, los Carabinieri abrieron una investigación y Pelayo prestó declaración en sede judicial. Su defensa solicitó el archivo de la causa, petición que fue rechazada.

Situación procesal actual

Según el reportaje, la Fiscalía de Roma solicitó formalmente el enjuiciamiento el 6 de noviembre, tras analizar las pruebas recabadas durante la investigación. El Tribunal Penal de Roma notificó posteriormente a las partes la fecha de la primera vista, prevista para mayo de 2026.

La investigación ha sido coordinada por Ilaria Corda y Giuseppe Cascini, fiscales especializados en delitos sexuales, junto con los Carabinieri. La acusación particular está representada por los abogados Massimiliano Lecce y Federico Olivo.

Reacciones recogidas

El denunciante realiza una única declaración pública en el reportaje, sin entrar en detalles: “Para mí, todas las personas que conocen los hechos son cómplices”, y denuncia un supuesto clima de silencio en torno al caso. Tras los hechos, acudió a una psicóloga el mismo día en que presentó la denuncia y recibió el respaldo de su empresa. A finales de 2025, la cadena internacional para la que trabaja lo destinó fuera de Italia.

En cuanto a Antonio Pelayo, el reportaje señala que rechazó hacer declaraciones públicas, siguiendo el consejo de su abogado. También se reproducen mensajes atribuidos al periodista en los que expresa arrepentimiento y vergüenza por lo ocurrido, siempre según el texto publicado.

Perfil de Antonio Pelayo

Antonio Pelayo Bombín nació en Valladolid en enero de 1944. Ingresó en el seminario a los 11 años, se formó con los jesuitas en Comillas y se ordenó sacerdote tras cursar Filosofía y Teología.

En el ámbito periodístico, inició su carrera en el diario Ya y en publicaciones culturales antes de trasladarse a París en 1976 como corresponsal. Desde 1986 reside en Roma, donde ha cubierto la información del Vaticano y la vida italiana durante más de cuatro décadas. Ha informado sobre cinco cónclaves y es corresponsal de Antena 3, siendo considerado uno de los vaticanistas más veteranos.

El reportaje añade que desde 2005 ha sido asesor voluntario —no remunerado— de la Embajada de España ante la Santa Sede, aunque fuentes del Ministerio de Exteriores señalan que actualmente no ejerce dicha función mientras se sigue la evolución del caso judicial.

 

 

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