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Lo peor de la pandemia llega a la Comunitat después del toque de queda

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Cuando el Gobierno de España decidió instaurar un nuevo Estado de Alarma, desde el Ministerio de Sanidad se advirtió que la efectividad de las nuevas restricciones se comprobaría en 14 días. Tres semanas después, y mientras en el resto del país la curva empieza a suavizarse, la Comunitat Valenciana ha empeorado sus cifras de manera significativa. Ya son los peores 21 días desde el inicio de la pandemia. Es, junto a Asturias y Andalucía, la única comunidad autónoma donde los contagios siguen al alza. Las números hablan por sí solos: desde la imposición del toque de queda se han registrado casi 30.000 contagios, 5.000 más que en los seis primeros meses de la crisis sanitaria.

Todos los indicativos están en rojo. El de casos activos se ha multiplicado por más de dos, pasando en estas tres semanas de 7.907 a 16.623. La presión hospitalaria también ha crecido hasta casi doblarse los ingresos, y mucho peores son las cifras en UCI: de 125 a 277 personas ingresadas desde la adopción de las nuevas restricciones.

En cuanto a las residencias, uno de los grandes frentes de lucha de esta pandemia, ya hay algún caso en 75 centros de la Comunitat. Hace tres semanas eran 36. Los contagios entre los residentes se han disparado, y en la última actualización de la Conselleria de Sanitat ya había más de 500 ancianos infectados. 46 han perdido la vida desde el 24 de octubre.

Es precisamente en el número de fallecidos donde el empeoramiento de los datos en estas tres semanas se hace más evidente. Sólo en los últimos siete días, 130 personas han muerto por COVID-19 en la Comunitat Valenciana. Para ponerlo en perspectiva, en todo el mes de octubre hubo 28 muertes y en septiembre 35.

Con todos estos datos en la mano, la Comunitat se ha adentrado ya en el nivel 4 o riesgo extremo que marca el protocolo aprobado por el Ministerio de Sanidad y las autonomías: supera el 15% en la tasa de incidencia de contagios, en la de positividad de PCR y en la de ocupación hospitalaria, y el 25% en la de ocupación de camas UCI.

Tres semanas después de la entrada en vigor de una restricciones que además se han ido endureciendo (cierre del ocio nocturno, cierre perimetral del territorio o máximo de seis personas en reuniones sociales y familiares), los resultados no sólo no mejoran, sino que empeoran. La evolución de los datos de esta semana será decisiva en la decisión que se adopte desde el Palau de la Generalitat.

 

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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