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Los afectados por cláusulas suelo pueden reclamar desde hoy la devolución del dinero

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Las personas afectadas por cláusulas suelo abusivas en sus hipotecas pueden reclamar desde este lunes a los bancos que se les devuelva las cantidades de dinero cobradas de más gracias al Real Decreto Ley aprobado el viernes en Consejo de Ministros que se publicó este sábado en el BOE.

Dicha norma establece una vía extrajudicial para reclamar las cantidades cobradas de más en concepto de cláusulas suelo y da un margen de tres meses a los bancos para llegar a un acuerdo con el consumidor una vez aceptada la solicitud. Si éste no queda satisfecho con la oferta del banco, siempre tendrá abierta la vía judicial.

Según el Real Decreto Ley, las entidades tienen un plazo máximo de un mes desde este lunes 23 para poner en marcha las medidas necesarias para dar cumplimiento a esta vía extrajudicial. Los bancos no están obligados a dirigirse personalmente a cada usuario que pueda tener cláusula suelo, sino que debe garantizar que estas medidas son conocidas por todos sus consumidores dándolo a conocer a través de sus páginas webs y sucursales bancarias.

¿Quién y cómo se puede reclamar?

Por tanto, que los usuarios afectados no esperen una carta del banco indicándoles los pasos a seguir, sino que deben ser ellos mismos quienes inicien el procedimiento dirigiéndose a su banco. La reclamación la puede realizar cualquier persona física que haya firmado una hipoteca con cláusula suelo, con independencia de si dicha hipoteca está en vigor o cancelada, siempre y cuando cumpla con los requisitos jurídicos establecidos.

Procedimiento

Realizada la reclamación, el banco dispone de un plazo máximo de 3 meses para decidir si las cláusulas suelo son abusivas o no. En el caso de considerarlas, la entidad bancaria debe remitir al cliente un cálculo de la cantidad a devolver incluyendo los intereses dinero que podrá reembolsar en efectivo o bien mediante una solución alternativa, como la amortización proporcional de la hipoteca.

En ese caso, la aceptación por parte del cliente será manuscrita, tras haber sido informado debidamente del valor económico de la medida alternativa.

Opción de la vía judicial

En el caso de no admitir la reclamación el banco también debe responder al cliente las razones por las que rechaza su solicitud, no obstante, si el consumidor no está conforme con las argumentaciones, siempre puede acudir a la vía judicial.

De hacerlo, el cliente que acuda a los tribunales y obtenga una sentencia económicamente mejor que lo que le propone el banco, la entidad será condenada a pagar las costas, pero si el cliente no ha pasado por el procedimiento extrajudicial y en los juzgados el banco se allana, no tendrá que pagar costas.

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El rey Juan Carlos I demandará a Revilla en Madrid tras fracasar la conciliación en Santander

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Juan Carlos I y Miguel Ángel Revilla

La demanda del rey emérito sigue adelante tras no llegar a un acuerdo con Miguel Ángel Revilla, quien se negó a rectificar sus declaraciones en televisión

Tras una conciliación sin acuerdo celebrada el pasado viernes 16 de mayo en los juzgados de Santander, el rey emérito Juan Carlos I presentará una demanda formal contra el expresidente de Cantabria y líder del PRC, Miguel Ángel Revilla, en los tribunales de Madrid.

El acto de conciliación fue el paso previo legal antes de una querella civil por injurias y vulneración del derecho al honor, después de que Revilla realizara declaraciones críticas sobre el monarca en diferentes programas televisivos. La abogada del rey emérito, Guadalupe Sánchez, solicitaba una rectificación pública y una indemnización de 50.000 euros.


📝 Sin avenencia en la conciliación: Revilla se negó a rectificar

Durante la vista, celebrada en el Juzgado de Primera Instancia número 13 de Santander, Revilla se mantuvo firme:

«Yo no rectifico en nada. Creo que estoy en lo cierto», aseguró el líder regionalista a su salida del juzgado.

El rey emérito no acudió personalmente al acto, aunque estuvo representado legalmente por su procurador y su abogada. Revilla, por su parte, asistió de forma presencial junto a su defensa. Ante la falta de acuerdo, la letrada de la Administración de Justicia dio por finalizado el acto sin avenencia, permitiendo así al emérito continuar por la vía judicial ordinaria.


💬 ¿Qué motivó la demanda de Juan Carlos I?

El origen del conflicto se remonta a manifestaciones públicas de Miguel Ángel Revilla en las que criticó al rey Juan Carlos en espacios televisivos de gran audiencia. Según la representación legal del emérito, esas declaraciones:

  • «Carecen de base fáctica»

  • Se fundamentan en informaciones periodísticas «que no equivalen a sentencias»

  • Constituyen un ataque a su honor y reputación

Revilla, por su parte, sostiene que sus palabras fueron simples opiniones personales y que se basaron en hechos públicos divulgados por medios de comunicación.


🚨 ¿Qué implica la demanda del rey emérito?

Concluida la fase de conciliación sin resultados, Juan Carlos I formalizará una demanda en los juzgados de Madrid, como permite la legislación civil española. El proceso judicial se iniciará con una reclamación por:

  • 50.000 euros de indemnización

  • Una rectificación pública de las declaraciones consideradas injuriosas

La defensa de Revilla prevé una batalla legal que podría alargarse en el tiempo. “Me veo en el banquillo a punto de cumplir 83 años”, comentó el expresidente cántabro tras conocer la decisión del emérito.

 

 

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