Síguenos

Otros Temas

Los propietarios podrán reunirse de forma telemática a partir del 9 de mayo

Publicado

en

municipios valencianos más baratos para alquilar
EFE

Madrid, 5 may (EFE).- Las comunidades de propietarios podrán celebrar sus juntas de forma telemática -por videoconferencia o conferencia telefónica múltiple- a partir del 9 de mayo, siempre que todos los asistentes dispongan de los medios necesarios, publica este miércoles el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La decisión del Gobierno, adoptada en el último Consejo de Ministros, ha sido aplaudida hoy por el colectivo de administradores de fincas, que recuerda que la pandemia ha impedido las juntas presenciales cuando en un año normal se habrían celebrado aproximadamente un millón de reuniones en todo el país.

El real decreto-ley de medidas urgentes a aplicar tras la finalización del estado de alarma incluye una serie de acuerdos extraordinarios aplicables a las juntas de propietarios de las comunidades en régimen de propiedad horizontal.

Hasta su aprobación, la Ley de Propiedad Horizontal, que data de 1960, sólo reconocía validez a las reuniones presenciales. Frente a ella, la ley catalana, por ejemplo, introduce la posibilidad de reunirse de manera telemática y la validez de la toma de acuerdos con este sistema, explican desde el Colegio de Administradores de Fincas de Madrid.

Ahora, la crisis sanitaria del coronavirus y las restricciones impuestas por las autoridades han llevado al Ejecutivo a flexibilizar esta disposición, siempre que todos los propietarios dispongan de los medios necesarios, lo que será comprobado por el administrador con antelación a la junta.

El secretario deberá reconocer la identidad de los asistentes y expresarlo en el acta. En este supuesto, será posible asimismo la adopción de acuerdos sin celebración de junta mediante la emisión de un voto por correo o comunicación telemática.

El real decreto-ley prevé también la suspensión, hasta el próximo 31 de diciembre, de la obligación de convocar y celebrar juntas en las comunidades sujetas a este régimen, así como la de aprobar el plan de ingresos y gastos previsibles, las cuentas correspondientes o el presupuesto anual.

Durante el mismo periodo -o hasta la junta- se darán por prorrogados los últimos presupuestos y nombramientos de los órganos de gobierno aprobados.

LOS ADMINISTRADORES, SATISFECHOS

Para la presidenta del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid, Isabel Bajo, aunque sean medidas excepcionales, el real decreto-ley «facilita que las comunidades puedan adoptar acuerdos importantes que estaban atascados como la rehabilitación del edificio, actividad que con la llegada de los fondos europeos tendrá un impulso para la reactivación de la economía sostenible».

La Federación Nacional de Empresarios de Instalaciones de España (Fenie), celebra que se hayan tenido en cuenta las propuestas que planteó en enero al Ministerio de Justicia sobre las posibles alternativas para que las reuniones de propietarios pudieran aprobar acuerdos necesarios para continuar con obras e instalaciones en los edificios.

En su opinión, de no haberse aprobado tales medidas, se habría generado un «gran retraso acumulado de trabajo».

LAS JUNTAS TELEMÁTICAS, UN RECLAMO CONSTANTE

El pasado marzo, la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana del Congreso ya aprobó una proposición no de ley para dar validez a estas reuniones, presentada por el PP, que consideraba que la normativa por la cual sólo se permite el voto de manera física se encontraba «obsoleta».

Según los datos manejados por la formación, las comunidades de propietarios gestionan unos recursos anuales del 4 % del PIB (casi 40.000 millones de euros), y el 80 % de la población española reside en edificios bajo régimen de propiedad intelectual.

Ese mismo mes, la Comunidad de Madrid pidió también al Gobierno modificar de manera «urgente» la ley para que se habilitara la posibilidad de celebrar juntas telemáticas, y que el voto de sus componentes fuera válido para dirimir todo tipo de acuerdos pendientes de resolver debido al estado de alarma.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Otros Temas

Fentanilo: Qué es y por qué es tan peligroso

Publicado

en

fentanilo

El fentanilo, un opioide sintético extremadamente potente, se ha convertido en una de las drogas más mortales y peligrosas en el mercado de sustancias ilícitas. El gran problema de esta droga se ha hecho viral después de ver cómo está afectando a la población de Estados Unidos.

En Philadelphia, el ‘youtuber’ Zazza El Italiano daba buena cuenta de los efectos devastadores de esta droga que domina en cada una de las esquinas del barrio de Kensington. En las imágenes del vídeo se aprecian a personas sufriendo espasmos en las aceras, multitud de jeringuillas y gente consumiendo en las mismas calles.

Su llegada ha causado estragos en comunidades de todo el mundo, desatando una crisis de salud pública con consecuencias devastadoras.

Conocido por su efecto narcótico extremadamente rápido y potente, el fentanilo es una amenaza creciente que pone en riesgo la vida de quienes lo consumen y de aquellos que se enfrentan a su tráfico y distribución. Además, el miedo cada vez crece más, pues ya ha llegado a España.

¿Qué es el fentanilo y cómo actúa?

El fentanilo es un poderoso analgésico sintético utilizado originalmente para el tratamiento del dolor intenso, como en el caso de pacientes con cáncer o sometidos a cirugías mayores. Se conoce que es, incluso, hasta 100 veces más potente que la morfina e incluso que la heroína.

Cuando es ingerido, el fentanilo opera en los receptores opioides presentes en el sistema nervioso central, disminuyendo la sensibilidad hacia el dolor y creando una sensación de euforia que guarda similitudes con otros opioides. No obstante, debido a su excepcional potencia, incluso una ínfima dosis de fentanilo puede ocasionar efectos perjudiciales en el organismo, lo que eleva de manera considerable el peligro de sufrir una sobredosis fatal.

La dificultad para detectar el fentanilo en las drogas se agrava por el hecho de que no tiene sabor ni olor, lo que hace que su presencia sea prácticamente imperceptible para los consumidores. Como resultado, aquellos que buscan drogas recreativas corren el riesgo de consumir inadvertidamente el opioide sintético, lo que puede llevar a una sobredosis mortal.

¿Cómo es la sobredosis?

Uno de los factores que ha hecho que esta droga se propague de una manera tan rápida en el país americano  es su coste, entre 3 y 5 euros por dosis. Así como por los efectos inducidos por la sensación de euforia, como la felicidad y una profunda relajación. Sin embargo, los efectos perjudiciales son más numerosos, incluyendo somnolencia, desorientación, sedación, dificultades respiratorias, pérdida de consciencia y ralentización del ritmo cardíaco.

 

De acuerdo con información detallada por la BBC, según un estudio realizado por investigadores del Hospital General de Massachusetts, el fentanilo ocasiona problemas respiratorios hasta cuatro minutos antes de que se manifiesten otros cambios perceptibles o se experimente pérdida de consciencia. Esta es una de las razones que explican por qué el consumo de esta sustancia puede resultar mortal: «Provoca un cese en la respiración en las personas incluso antes de que lo perciban», señaló Patrick L. Purdon, líder de la investigación, según reportó la mencionada fuente.

Las sobredosis de fentanilo son extremadamente peligrosas y pueden ser fatales en cuestión de minutos. Los síntomas de una sobredosis de fentanilo incluyen depresión respiratoria, piel fría y húmeda, confusión, pupilas pequeñas, pérdida de la conciencia e incluso coma. En muchos casos, la persona que ha sufrido la sobredosis puede requerir dosis múltiples de naloxona, un antídoto para opioides, para poder revertir los efectos de la droga y salvar su vida.

Continuar leyendo