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Mesa del Castillo organiza una jornada sobre gestión de indemnizaciones y atención médica en accidentes tráfico

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ANA CÁNOVAS
MURCIA, 7 Feb – El Hospital Mesa del Castillo organiza durante este jueves, a partir de las 16.30 horas, una jornada sobre ‘La reclamación de indemnizaciones de accidentes de tráfico’, a la que asistirá como ponente el abogado José Pérez Tirado, experto a nivel nacional. Además, la inscripción es gratuita en ‘comunicacion@mesadelcastillo.com’.

Esta jornada está dirigida a profesionales del derecho, la gestión de seguros de circulación y la atención médica. El encuentro será en el Aula de Cultura de Cajamar, en Murcia, y pretende ser un foro para actualizar conocimientos acerca de la gestión de indemnizaciones y atención médica en caso de accidente de circulación.

No obstante, la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguros en la Circulación de Vehículos a motor, junto a la reciente modificación del Código Penal, supone un cambio en el manejo de los lesionados a nivel de forma y procedimiento. Sin embargo, dichos cambios no se están aplicando correctamente en la práctica.

Además, para aclarar la situación asistirá a la jornada, como primer ponente, el abogado José Pérez Tirado, especialista en Responsabilidad Civil y Seguro, para impartir la conferencia “Los errores que no deben cometer los abogados en la reclamación de indemnizaciones por accidentes de tráfico. La correcta aplicación de la ley con su próxima reforma y el nuevo convenio de asistencia sanitaria”.

Por su parte, el doctor José Manuel Moreno, traumatólogo y coordinador médico de la Unidad de Lesionados de Tráfico del Hospital Mesa del Castillo, se dirigirá al público con la ponencia “Evolución del informe médico asistencial al informe médico de alta concluyente”.

Asimismo, el Hospital Mesa del Castillo entregará el ‘Premio Doctores Mesa del Castillo’ a la mejor nota MIR 2018 que haya optado por la especialidad de Medicina Física y Rehabilitación en honor al doctor Antonio Mesa del Castillo López (1938-2016), que dedicó su trayectoria profesional a dicha especialidad tan ligada a la atención de lesionados por accidente de circulación.

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Este es el límite para pagar en efectivo en España

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limite pagar efectivo españa

El límite para pagar efectivo en España viene acompañado de una advertencia de la Agencia Tributaria. Además es el medio de pago más utilizado en España, seguido por la tarjeta y los dispositivos móviles.

¿En qué consiste?

Hace un año que fue aprobada la Ley 11/2021, de 9 de julio como medida de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Esta norma determinó la limitación al uso de efectivo para determinadas operaciones económicas, disminuyendo el límite general de pagos en efectivo de 2.500 a 1.000 euros.

Pero en esta ley hay algunas excepciones que debemos conocer.

Límite para pagar en efectivo en España

Así, el límite varía si el domicilio fiscal está fijado fuera de España, multiplicándose por 10 el límite máximo.

La Ley recoge que no podrán pagarse en efectivo «las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera».

Importe que se eleva hasta los 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.»

¿Cuáles son los medios de pago?

Según explica la Agencia Tributaria, para calcular los importes, se suman todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios, considerando medios de pago:

  • El papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros.
  •  Los cheques bancarios al portador denominados en cualquier moneda.
  • Cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago a la persona portadora.

Quienes intervengan en las operaciones que no puedan pagarse en efectivo deben conservar los justificantes del pago durante cinco años desde la fecha del pago, para poder acreditar que el pago se realizó a través de alguno de los medios de pago distintos al efectivo.

Esta limitación no se aplica a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito ni a las operaciones de cambio de moneda en efectivo realizadas por los establecimientos de cambio de moneda.

Sanciones por superar el límite de pagar en efectivo

El incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo constituye una infracción administrativa grave. Puede ser cometida tanto por las personas o entidades que paguen como por las que reciban total o parcialmente cantidades en efectivo incumpliendo la limitación establecida.

La base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros o 10.000 euros (o su contravalor en moneda extranjera).

La sanción consistirá en una multa proporcional del 25 por ciento de la base de la sanción, contemplando una reducción del 50 por ciento del importe de la sanción si se cumplen determinadas condiciones.

 

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