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Valencia

Muere por covid el expiloto valenciano Jorge Lis, que rechazó vacunarse

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València, 8 SEP (EFE).- El expiloto valenciano de motociclismo Jorge Lis ha fallecido en el hospital La Fe de València, donde permanecía ingresado en la UCI en estado crítico desde mediados del mes de julio al contraer la enfermedad de la covid-19 tras haberse negado a recibir la vacuna.

Según han informado a Efe fuentes del entorno de la familia del expiloto, el fallecimiento se produjo ayer martes, 45 días después de su ingreso en la UCI.

La hermana de Jorge, Elena Lis, hizo pública la historia de su hermano, quien defendía las teorías negacionistas de la pandemia y rechazó ponerse la vacuna, una decisión de la que en el último momento, antes de ingresar en el hospital, se arrepintió, según comunicó a sus familiares.

El expiloto ingresó a mediados del mes de julio en el hospital La Fe de València, donde en los últimos 45 días ha permanecido en la UCI, en estado de extrema gravedad y conectado una máquina ECMO, muy agresiva, que oxigenaba la sangre fuera del cuerpo para intentar dar tiempo a los pulmones a que se recuperaran.

Elena manifestó, en una entrevista con la Agencia Efe, que al hacer pública la historia de su hermano -que ha fallecido a los 46 años de edad- quiso también «dar voz» a las personas que están sufriendo la enfermedad de la covid-19 tras negarse a recibir la vacuna.

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Valencia

El Supremo impide que Ábalos comparezca en la comisión del ‘caso Koldo’ en el Senado

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José Luis Ábalos
El exministro de transporte José Luis Ábalos llega al Tribunal Supremo para declarar como investigado. - Eduardo Parra - Europa Press

El Tribunal Supremo rechaza la solicitud del PP para que el exministro José Luis Ábalos declare este jueves en la investigación sobre la compra de mascarillas durante la pandemia.

El Tribunal Supremo (TS) ha denegado la comparecencia del exministro de Transportes José Luis Ábalos, actualmente en prisión provisional desde el 27 de noviembre de 2025, ante la comisión de investigación del Senado sobre el denominado ‘caso Koldo’, donde estaba citado por el Partido Popular (PP).

Según el auto del magistrado instructor, Leopoldo Puente, la solicitud de la Cámara Alta no podía ser atendida debido a la “singular premura” con la que se presentó, lo que imposibilita realizar la audiencia previa de las partes, un requisito legal imprescindible. No obstante, el TS indica que el Senado podría volver a solicitar la comparecencia siempre que lo haga con suficiente antelación.

Contexto de la comisión del ‘caso Koldo’

El PP había fijado la comparecencia de Ábalos para el 8 de enero, con el objetivo de esclarecer presuntas irregularidades en la compra de mascarillas durante la pandemia de COVID-19, junto a su exasesor Koldo García. La comisión busca investigar la gestión de contratos públicos durante la crisis sanitaria, en un caso que ha generado gran expectación política y mediática.

Ábalos y Koldo no serán juzgados por jurado popular

Además, el TS ha rechazado la petición de Ábalos y García de que su juicio se realice mediante jurado popular, formado por ciudadanos. El magistrado instructor, Leopoldo Puente, explica que la ley del jurado excluye este mecanismo cuando los delitos corresponden a la Audiencia Nacional. Aunque el aforamiento de Ábalos hace que la causa sea instruida por el Supremo, el procedimiento legal no se modifica, por lo que el juicio seguirá en la vía ordinaria.

Ábalos había solicitado también la nulidad de los autos de procedimiento abreviado y la apertura de juicio oral, de cara a enfrentarse a peticiones de hasta 30 años de cárcel por los delitos que se le imputan. El TS mantiene su criterio y confirma que el procedimiento se ajusta a la ley vigente, reforzando así la competencia del Supremo para instruir y enjuiciar el caso.

Qué implica la decisión del Supremo

La decisión del TS supone que Ábalos no podrá declarar ante el Senado de manera inmediata, retrasando las investigaciones políticas que pretendía impulsar el PP. Al mismo tiempo, reafirma que el juicio seguirá su curso en la vía judicial ordinaria, sin intervención de jurado popular, lo que marca un paso clave en la tramitación del ‘caso Koldo’.

 

 


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