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NIE, PCR y tarjeta de residente: los requisitos a los británicos que entran en España

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València, 2 ene (EFE).- Aportar el Número de Identidad de Extranjero (NIE), la tarjeta de residencia en España y una prueba PCR para descartar el contagio de coronavirus son los requisitos que están solicitando las autoridades a los británicos que entran en España.

Así lo han explicado a EFE varios ciudadanos británicos que hoy han llegado al aeropuerto de Manises, en Valencia, procedentes de Londres, y que han tenido que presentar «más documentación que en ocasiones anteriores», después de que la Unión Europea (UE) y Reino Unido materializaran este viernes, con la entrada del 2021, su completa separación.

El Reino Unido ha quedado ya fuera del mercado único y la unión aduanera al terminar el periodo de transición iniciado el 31 de enero de 2020, cuando el país abandonó oficialmente la UE.

Así, cuatro años y medio después de que los británicos votasen en un referéndum a favor del Brexit, el Reino Unido ha iniciado una nueva era al estar sujeto a sus propias leyes, bajo jurisdicción de sus tribunales, con control de sus aguas y la libertad de negociar acuerdos comerciales con países fuera del bloque comunitario.

Un británico residente en la Comunitat Valenciana ha indicado a EFE a su llegada en avión a Valencia que, tras visitar a sus familiares por Navidad, ha regresado a España y que, para entrar, le han pedido su NIE y la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) de residencia para nacionales de Reino Unido.

«Además, me tocó hacerme una prueba PCR por la covid antes de entrar, pero ha sido todo fácil», ha declarado aún con las maletas en la mano.

Otra mujer británica residente en España ha manifestado que entrar en España es para los del Reino Unido «un poco más complicado», pues ahora «se ha de demostrar que se reside» aquí.

«Normalmente paso sin problemas -el control de entrada-, y ahora tengo que presentar una prueba covid y que vivo aquí», ha apuntado esta persona sobre los nuevos requisitos al viajar.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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