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Así nos afectará la nueva ola de covid en China según los expertos

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Condenada la Generalitat por relegar la vacunación a médicos de la privada
Proceso de vacunación masiva la Ciudad de la Luz de Alicante. EFE/ Morell/Archivo

Madrid, 4 ene (Begoña Fernández/EFE).- Expertos en inmunología e epidemiología, como el profesor titular de Medicina Preventiva y Salud Pública de la Universitat de València Óscar Zurriaga, no ven motivos de alarma en el brote de covid registrado en China, pero sí «preocupación y vigilancia» y consideran que el momento más complicado no es el actual, ni siquiera el 8 de enero cuando el país reabra sus fronteras, sino a finales de mes, con el año nuevo chino.

En declaraciones a la agencia EFE tanto el presidente de la Sociedad Española de Inmunología (SEI), Marcos López Hoyos, como el presidente de la Sociedad Española de Epidemiología (SEE), Óscar Zurriaga, coinciden en que, a día de hoy, los controles en el acceso de viajeros procedentes de China tienen una «efectividad relativa» y el surgimiento de una nueva variante que escape a las vacunas adaptadas «no se puede predecir, es absolutamente aleatorio».

Zurriaga recuerda que la efectividad «relativa» de estas medidas ya se vio en ocasiones anteriores con la variante ómicron y el cierre de vuelos procedentes de Sudáfrica, «que no impidió que se transmitiera a todo el mundo».

Opina este experto que «la mejor medida» es asegurarse de que la población está correctamente vacunada con las dosis que le corresponden, además de ayudar a las autoridades chinas a controlar la transmisión y exigirles más información para saber qué virus en concreto circula en el país.

Para López Hoyos, las medidas de control de acceso de pasajeros procedentes de China son buenas, pero estima que deberían hacerse de manera «global y coordinada a nivel de la Unión Europea», porque se puede dar la circunstancia de que una persona haya viajado de China a otro continente y luego llegue a España. «Para entonces ya hemos perdido su rastro», admite.

MEDIDAS COORDINADAS CON LA UE ANTES DEL AÑO NUEVO CHINO

El presidente de la SEI y jefe del servicio de Inmunología del hospital universitario Marqués de Valdecilla, en Santander, Marcos López Hoyos, afirma que el pasaporte de vacunación no evita que la gente pueda infectarse, «hay que hacer la PCR o el test de antígenos».

Para este experto, el problema que hay en China es que al tener tanto nivel de incidencia el virus puede mutar y en una población tan grande «hay miedo a que surja una nueva variante que escape a las vacunas adaptadas».

En opinión de López Hoyos, este no es un escenario muy probable y para eso están los controles epidemiológicos y la secuenciación, pero no se puede obviar que «ese riesgo existe».

Subraya que una cosa que España ha aprendido con la pandemia es que todas las medidas, control de vuelos y viajes marítimos, se han de adoptar de manera global y teniendo en cuenta a ciudadanos que hayan estado en China «al menos en las últimas dos semanas».

EL PROBLEMA ES QUE MUCHA GENTE NO SE PUSO LA DOSIS DE REFUERZO

El presidente de la SEE y profesor titular de Medicina Preventiva y Salud Pública en la Universitat de València, Óscar Zurriaga, cree que no se deben adoptar medidas de manera indiscriminada y asegura que en este momento en España no hay un problema de salud pública derivado de la situación en China.

Señala este experto que el problema que tiene España es que mucha población no se ha puesto la dosis de refuerzo y aunque la situación vacunal es buena, la dosis de recuerdo no está llegando a todo el mundo «y la población vulnerable sigue siéndolo».

No cree Zurriaga que haya que insistir con las mascarillas salvo si se trata de un espacio multitudinario o hay poca ventilación, pero subraya que para frenar la infección una sola medida no es suficiente. «Se trata de un conjunto de ellas que se deben de aplicar en función de la situación que se da en cada momento», destaca.

Zurriaga insiste en que «lo de China es un recordatorio» por lo que no se puede bajar la guardia. «Nadie ha declarado que la pandemia ha terminado» concluye.

 

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Este es el límite para pagar en efectivo en España

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limite pagar efectivo españa

El límite para pagar efectivo en España viene acompañado de una advertencia de la Agencia Tributaria. Además es el medio de pago más utilizado en España, seguido por la tarjeta y los dispositivos móviles.

¿En qué consiste?

Hace un año que fue aprobada la Ley 11/2021, de 9 de julio como medida de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Esta norma determinó la limitación al uso de efectivo para determinadas operaciones económicas, disminuyendo el límite general de pagos en efectivo de 2.500 a 1.000 euros.

Pero en esta ley hay algunas excepciones que debemos conocer.

Límite para pagar en efectivo en España

Así, el límite varía si el domicilio fiscal está fijado fuera de España, multiplicándose por 10 el límite máximo.

La Ley recoge que no podrán pagarse en efectivo «las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera».

Importe que se eleva hasta los 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.»

¿Cuáles son los medios de pago?

Según explica la Agencia Tributaria, para calcular los importes, se suman todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios, considerando medios de pago:

  • El papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros.
  •  Los cheques bancarios al portador denominados en cualquier moneda.
  • Cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago a la persona portadora.

Quienes intervengan en las operaciones que no puedan pagarse en efectivo deben conservar los justificantes del pago durante cinco años desde la fecha del pago, para poder acreditar que el pago se realizó a través de alguno de los medios de pago distintos al efectivo.

Esta limitación no se aplica a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito ni a las operaciones de cambio de moneda en efectivo realizadas por los establecimientos de cambio de moneda.

Sanciones por superar el límite de pagar en efectivo

El incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo constituye una infracción administrativa grave. Puede ser cometida tanto por las personas o entidades que paguen como por las que reciban total o parcialmente cantidades en efectivo incumpliendo la limitación establecida.

La base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros o 10.000 euros (o su contravalor en moneda extranjera).

La sanción consistirá en una multa proporcional del 25 por ciento de la base de la sanción, contemplando una reducción del 50 por ciento del importe de la sanción si se cumplen determinadas condiciones.

 

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