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OMS: «Las vacunas ayudarán a controlar pero no a erradicar el coronavirus»

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Ginebra, 25 ene (EFE).- Las vacunas contra el coronavirus no servirán para erradicar la covid-19, sino para reducir la mortalidad y las infecciones graves que terminan en hospitalizaciones, dijo hoy un alto responsable de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

“La ventaja de la vacuna es que podemos disminuir de manera muy importante el número de muertes, los casos graves y el impacto en la sociedad en general, y en ese sentido podríamos regresar a una vida normal”, dijo el director de Emergencias Sanitarias de la OMS, Mike Ryan, sin predecir un plazo para ello.

La esperanza de que la nueva enfermedad podría desaparecer con la vacuna ha quedado atrás por varios factores, entre ellos la presencia del coronavirus en tantos países, la imposibilidad de aplicar medidas integrales y de largo plazo para contener los contagios y el suministro todavía muy limitado de las vacunas.

El reto es enorme si se considera que la humanidad solo ha conseguido erradicar una enfermedad del planeta: la viruela.

“La cobertura de las vacunas no alcanzarán el punto en el que detendrán la transmisión por completo. Lo más probable es que la enfermedad siga presente por mucho tiempo, a menos que se cumplan las medidas (de prevención) y la cobertura de vacunación que se requeriría”, recalcó el experto en una rueda de prensa.

Advirtió que si algunos grupos quedan fuera de la vacunación, en particular los adultos jóvenes, “entonces tendremos problemas para erradicar esta enfermedad”.

“No creo que tengamos que considerar la eliminación o la erradicación de este virus como la medida de nuestro éxito. Tendremos éxito si reducimos la capacidad de este virus de matar, llevar a la gente al hospital y destruir nuestras vidas desde el punto de vista económico”, explicó.

Ryan dijo que el objetivo realista debe ser controlar el virus “y no que el virus nos controle a nosotros”.

Para ello la OMS defiende la necesidad de que haya una distribución equitativa de las vacunas disponibles para que éstas sean utilizadas en los grupos más expuestos al coronavirus, los sanitarios, las personas mayores y aquellos que sufren de dolencias crónicas, en todos los países y no solo en los que han alcanzado acuerdos directos con las farmacéutica que están produciendo las vacunas.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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