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Los transportistas suspenden el paro en su segunda jornada de protestas

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Camiones parados durante la anterior huelga del sector. EFE/Archivo

Madrid (OFFICIAL PRESS- EFE). La Plataforma Nacional para la Defensa del Sector del Transporte ha decidido suspender el paro indefinido en la que iba a ser la segunda jornada de protestas, argumentado que se enfrenta a una «campaña sin descanso de acoso y derribo».

En un comunicado, la citada agrupación, compuesta en su mayoría por autónomos y pymes, asegura que esa «campaña» procede de cargadores (sus clientes), patronales del sector, sindicatos, cierto ámbito político e, incluso, algunos medios de comunicación.

En cualquier caso, la Plataforma defiende que seguirá «contra viento y marea defendiendo y luchando» sus reclamos para tratar de mejorar las condiciones de trabajo del sector.

Durante la primera jornada de paro en la Comunitat Valenciana este lunes, se registró «absoluta normalidad» a primera hora y no se detectaron piquetes informativos en ningún punto, según informaron fuentes de la Delegación del Gobierno, que precisaron que en Valencia los puntos más importantes, como el puerto y Mercavalencia, funcionaban como en un día normal, con la entrada y salida habitual de camiones.

Asotraport, que cuenta con más de 500 socios dedicados al transporte de contenedores en el puerto de València, es la organización que ha secundado el paro en la Comunitat, al estar afiliada a la Plataforma Nacional en Defensa del Sector del Transporte.

Asovaltra, con 600 socios -pymes y autónomos-, no secundaba el paro al haber sido rechazado por la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) en una asamblea extraordinaria, ni tampoco FVET, cuya junta directiva había decidido no participar en la protesta.

En la Comunitat operan más de 15.000 empresas de transporte de mercancías, y es la tercera autonomía, por detrás de Andalucía y Cataluña, con mayor volumen de mercancías transportadas en España, con un total de 279 millones, un 20 % más que el año anterior.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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