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Paxlovid: Así es la revolucionaria pastilla de Pfizer contra la COVID

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Muere niño paracetamol caducado

Paxlivis, la pastilla de Pfizer contra la COVID llega este lunes a España. Pedro Sánchez anunciaba el pasado mes de enero que España había comprado cerca de 350.000 dosis del medicamento antiviral de Pfizer contra el coronavirus.

Se trata de la pastilla ‘Paxlovid‘, que ya fue avalado antes de Navidades para su uso por la Agencia Europea del Medicamento para tratar a los adultos con COVID-19 que no requieren oxígeno suplementario y que tienen un mayor riesgo de evolucionar hacia una enfermedad grave.

‘Paxlovid’ debe administrarse lo antes posible tras el diagnóstico de COVID-19 y en los 5 días siguientes al inicio de los síntomas. Los dos principios activos del medicamento, PF-07321332 y ritonavir, que están disponibles en comprimidos separados, deben tomarse juntos dos veces al día durante 5 días. Y es fundamental tomarla al inicio de la enfermedad.

Paxlovid, la revolucionaria pastilla de Pfizer contra la COVID

Los datos del estudio de este antiviviral en pacientes contagiados mostraron que ‘Paxlovid’ redujo el riesgo de hospitalización y muerte cuando el tratamiento se inició en los 5 días siguientes al comienzo de los síntomas.

Y es que aproximadamente el 1% de los pacientes (6 de 607) que tomaron este antiviral en los cinco días siguientes al inicio de los síntomas fueron hospitalizados en los 28 días siguientes al inicio del tratamiento, en comparación con el 6,7% de los pacientes (41 de 612) a los que se administró placebo (un tratamiento ficticio); ninguno de los pacientes del grupo de ‘Paxlovid’ falleció, en comparación con 10 pacientes del grupo de placebo.

En cuanto a los efectos secundarios más comunes notificados durante el tratamiento y hasta 34 días después de la última dosis fueron disgeusia (alteración del gusto), diarrea y vómitos.

La EMA precisó que ‘Paxlovid’ no debe utilizarse con algunos otros medicamentos, ya sea porque debido a su acción puede provocar un aumento perjudicial de sus niveles en sangre, o porque, a la inversa, algunos medicamentos pueden reducir la actividad del propio antiviral. ‘Paxlovid’ tampoco debe utilizarse en pacientes con una función renal o hepática gravemente reducida.

Tampoco está recomendado durante el embarazo y en personas que puedan quedarse embarazadas y que no utilicen métodos anticonceptivos. La lactancia debe interrumpirse durante el tratamiento. Estas recomendaciones se deben a que los estudios de laboratorio realizados en animales sugieren que altas dosis de ‘Paxlovid’ pueden afectar al crecimiento del feto.

‘Paxlovid’ es un medicamento antivírico oral que reduce la capacidad de multiplicación del SARS-CoV-2 (el virus que causa el COVID-19) en el organismo. El principio activo PF-07321332 bloquea la actividad de una enzima necesaria para que el virus se multiplique.

También suministra una dosis baja de ritonavir (un inhibidor de la proteasa), que ralentiza la descomposición del PF-07321332, lo que permite que permanezca más tiempo en el organismo a niveles que afectan al virus. Se espera que ‘Paxlovid’ reduzca la necesidad de hospitalización de los pacientes con COVID-19.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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