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Sucesos

4 años de prisión por abusar de la amiga de su novia mientras dormía

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Alicante, 11 jul (OFFICIAL PRESS – EFE). Un hombre ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a cuatro años de prisión por abusar sexualmente de la amiga de su novia en Benidorm mientras la víctima se encontraba profundamente dormida.

Condenado a 4 años de prisión por abusar de la amiga de su novia mientras dormía

Según la sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Tercera, los hechos ocurrieron en torno a las 7.30 horas del 13 de agosto de 2017, cuando el procesado, su pareja y su amiga estaban en el domicilio de él.

Durante la noche previa, los tres habían acudido a presenciar un concierto junto a un primo de la novia del condenado y otro amigo. El grupo había permanecido tomando alcohol desde el momento en que comenzó el evento.

Después, el procesado, su novia y su amiga se quedaron a dormir en la casa donde él residía. De modo que las dos jóvenes compartieron dormitorio.

Una historia de terror

Sobre las 7.30 horas, el acusado entró en la habitación con el fin de satisfacer sus deseos sexuales y le quitó el pantalón y la ropa interior a la amiga de su novia para penetrarla, según el fallo.

Ella se despertó al sentir un intenso dolor y trató que el procesado se apartase de ella, empujándole y golpeándole, con lo que consiguió que su amiga y novia del acusado se despertase también.

Tras una discusión con la novia del procesado, que no creyó la versión del abuso y le recriminó el contacto sexual con su pareja, la víctima abandonó la vivienda, llamó a un amigo e interpuso una denuncia por la agresión.

Durante su declaración en el juicio, el pasado 14 de junio, el acusado admitió haber mantenido relaciones sexuales con la joven, pero aseguró que ella había expresado su consentimiento. Así, alegó que la víctima fingió que no había sido accedido al contacto sexual para no enemistarse con su pareja y amiga suya.

No obstante, el tribunal confiere credibilidad al relato de la denunciante, al entender que sostuvo una versión persistente, sin contradicciones, y evaluar que actuó sin inquina. De este modo, el tribunal consideró probado que la joven no pudo haber accedido al contacto sexual como consecuencia de su estado de “adormecimiento” y que tampoco pudo “oponerse o ofrecer resistencia clara”.

Por ello, la Audiencia Provincial impone al procesado la pena de cuatro años de cárcel por un delito de abuso sexual. Además, de la medida de alejamiento de 300 metros respecto a la víctima por un plazo de ocho años. A ello añade otros cinco años de libertad vigilada y establece que debe compensar a la joven en la cantidad de 5.000 euros por los daños morales ocasionados.

La resolución judicial es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) en el plazo de diez días.

 

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Sucesos

Condenado a dos años de prisión un sacristán de Bétera por agresión sexual a una mujer con discapacidad

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El Arzobispado de Valencia, responsable civil subsidiario si no se paga la indemnización de 7.000 euros

València, 11 de septiembre de 2025 (EUROPA PRESS)
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a dos años de prisión por un delito de agresión sexual al sacristán de una iglesia de Bétera (Valencia), tras haber tocado las partes íntimas de una feligresa con un 66 % de discapacidad intelectual.

Hechos probados: tocamiento a una mujer con discapacidad dentro de la iglesia

Según la sentencia, los hechos ocurrieron el 24 de marzo de 2023, cuando el sacristán, aprovechando su posición en la parroquia, invitó a la víctima a un cuarto cercano a la sacristía con la excusa de mostrarle el funcionamiento de una campanilla. Una vez dentro, y siendo consciente de su discapacidad, le realizó tocamientos por encima de la ropa en sus partes íntimas.

La víctima quedó «bloqueada» sin poder reaccionar, hasta que logró reprocharle al agresor que lo que había hecho era «pecado», según recoge la resolución judicial.

Consecuencias penales y civiles: prisión, alejamiento e indemnización

El tribunal ha impuesto al condenado:

  • Dos años de prisión por agresión sexual.

  • Prohibición de acercarse a menos de 300 metros de la víctima o comunicarse con ella durante tres años.

  • Indemnización de 7.000 euros a la víctima por daños morales.

En caso de impago de la indemnización, el Arzobispado de Valencia ha sido declarado responsable civil subsidiario, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).

La sentencia es firme y fruto de un acuerdo de conformidad

La resolución judicial, que ya es firme, es resultado de una conformidad entre las partes. Además, el tribunal ha acordado suspender la ejecución de la pena de prisión siempre que el condenado no vuelva a delinquir en un plazo de tres años.

 

 

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