Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Rafael Blasco comparece este lunes en la comisión de Les Corts sobre Taula días después de salir de prisión

Publicado

en

VALENCIA, 3 Feb. (EUROPA PRESS) –

El exconseller ‘popular’ Rafael Blasco comparecerá este lunes, 4 de febrero, en la comisión de Les Corts sobre la contratación de la Generalitat con empresas investigadas en el marco de la Operación Taula, derivada del caso Imelsa, precisamente tres días después de salir de la prisión de Picassent (Valencia), donde cumplía una condena de seis años y medio por el fraude en las ayudas a la cooperación, después de haber conseguido el tercer grado.

En concreto, Blasco está citado a las 10.00 horas de este lunes y, según ha podido saber Europa Press, sí está prevista su asistencia. Posteriormente, será el turno del ex secretario autonómico de Educación y ex consejero delegado de la empresa pública Ciegsa, Máximo Caturla, que lo hará sobre las 11.30 horas.

Se da la circunstancia de que fue este pasado viernes 1 de febrero cuando el exconseller del PP salió del centro penitenciario, en el que ha estado durante tres años y siete meses cumpliendo condena, tras haber accedido al régimen de semilibertad al tener los requisitos para ello.

Así lo propuso la Junta de Tratamiento de la prisión de Picassent donde cumple condena y lo ha concedido la secretaria general de Instituciones Penitenciarias (IIPP). En este caso, Blasco cumplió la mitad de su condena en septiembre de 2018.

El resto del tiempo que le queda hasta liquidarla –termina en diciembre de 2021– lo cumplirá en el Centro de Inserción Social (CIS) que determine IIPP.

CAUSAS PENDIENTES
El exconseller tiene otro juicio pendiente, el resto de piezas de Cooperación, junto a otras 23 personas más, acusadas de irregularidades en subvenciones a ONG y en la construcción de un Hospital en Haití que no llegó a llevarse a cabo. La vista está señalada a partir del 15 de abril.

En total, Blasco lleva en prisión tres años y siete meses, después el que el Supremo le condenara en junio de 2015 a seis años y medio de cárcel por el fraude de ayudas al Tercer Mundo, dentro de la pieza 1 del conocido como caso Cooperación, relativa a irregularidades en la concesión de ayudas por parte de Solidaridad a la Fundación Cyes para proyectos en Nicaragua. Esta condena suponía un año y medio menos que la impuesta por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

El alto tribunal valenciano le había denegado el pasado mes de junio el tercer grado que había solicitado Blasco al tener en cuenta el informe de IIPP que apreciaba un riesgo «medio-alto» de reincidencia y por la naturaleza de los bienes a los que afectó, ayudas al Tercer Mundo, que hacía que los hechos fueran «especialmente reprobables».

Además, la sala alegaba la «alarma social» que produjo el caso, pendiente de enjuiciar otras piezas, y que no había hecho el «más mínimo intento» de paliar las «graves consecuencias económicas» a la administración pública. Precisamente, a mediados de este mes se supo que el Tribunal de Cuentas había embargado 59.000 euros de tres condenados en el Caso Cooperación, entre ellos Blasco, y transfirió esa cantidad a la Generalitat dentro del procedimiento de reintegro por alcance para recuperar el dinero sustraído a las arcas públicas.

En el mes de marzo de 2018, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria ya había rechazado una queja del exconseller por negarle permisos, por parte de la Junta de Tratamiento de la prisión, ya en diciembre de 2017.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

Publicado

en

Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo