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Sánchez veta a Iglesias en su gobierno: «Necesito a un vicepresidente que defienda la democracia española»

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Falta cuatro días para el inicio de la investidura y socialista Pedro Sánchez sigue sin conseguir los apoyos suficientes. Pese a los intentos de acercar posturas con el líder de Unidas Podemos, el todavía Presidente del Gobierno en funciones ha descartado que Pablo Iglesias forme parte de su gabinete de gobierno, ya sea en forma de ministro o vicepresidente.

Así lo ha señalado en una entrevista en La Sexta. «No se dan las condiciones para que el señor Iglesias sea miembro del Gobierno», explicaba Sánchez como el principal ‘escollo’ para un acuerdo de cara a la investidura. Y es que las diferencias entre la situación de Cataluña o los presos políticos son abismales.

«No me puedo permitir el lujo de tener un vicepresidente del Gobierno que por lealtad lo único que haga es mirar a otro lado», ha dicho en referencia al líder de Unidas Podemos y su opinión respecto a la situación catalana. «Yo necesito de un vicepresidente que defienda la democracia española», ha insistido

No obstante, Pedro Sánchez se ha reafirmado en su apuesta por un gobierno de coalición con otros miembros de Unidas Podemos. «Mantengo la oferta hasta el día de la votación, después no habrá ninguna oferta y apelaré a la responsabilidad de todos y a la abstención», ha afirmado consciente de que no llegar a un acuerdo con la formación morada su reelección quedará en el aire.

De fracasar en su intento en esta investidura de julio, Sánchez no ha querido asegurar que lo volviera a intentar en septiembre. «Yo no soy candidato ni en septiembre ni en agosto», algo que podría abocar a unas nuevas elecciones.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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