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La líder del PSPV en València, Sandra Gómez, optará a ser candidata al Parlamento Europeo

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Sandra Gómez parlamento europeo

València, 17 abr (EFE).- La actual portavoz municipal socialista en el Ayuntamiento de València, Sandra Gómez, optará a formar parte de la candidatura del PSOE al Parlamento Europeo en las elecciones del próximo 9 de junio, según han confirmado a EFE fuentes del partido.

Gómez, que fue vicealcaldesa durante los dos mandatos en que Joan Ribó (Compromís) estuvo al frente del Ayuntamiento de València, presentará formalmente esta tarde su candidatura ante la ejecutiva local del PSPV-PSOE, que se reúne a partir de las 19 horas.

El pasado 11 de marzo, la eurodiputada socialista valenciana Inmaculada Rodríguez-Piñero anunció que no optaría a la reelección en las elecciones al Parlamento Europeo, en el que ha estado diez años, y quedaba así vacante la representación valenciana en los puestos de salida de la lista del PSOE.

 

Sandra Gómez López (Valencia, 23 de julio de 1985) es una abogada y política española. Fue la vicealcaldesa de la ciudad de Valencia; además, y se ocupó de las Concejalías de Desarrollo Urbano y Envejecimiento Activo. Anteriormente, ejerció de Primera Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Valencia desde el 5 de agosto de 2016 hasta el 21 de julio de 2019. Se convirtió en la mujer más joven en hacerse cargo de la Concejalía de Protección Ciudadana, desde donde impulsó el Grupo Gamma, una unidad de la Policía Local de Valencia que atiende y protege a las víctimas de malos tratos y violencia machista. Bajo su liderazgo también se crea València Activa, con el objetivo de coordinar las estructuras existentes en el Ayuntamiento de València en materia de desarrollo económico y empleo. Además, es secretaria general del Partido Socialista del País Valenciano (PSPV-PSOE) en la ciudad de Valencia.

 

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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