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Simón confirma que ya hay 9 casos de la cepa británica del virus en España

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Madrid, 28 dic (EFE).- El director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (CAES), Fernando Simón, ha informado este lunes de que son nueve los casos confirmados hasta ahora de la cepa británica del coronavirus en España, aunque hay más casos que se están investigando.

Simón ha dado cuenta de esos casos durante su comparecencia en la rueda de prensa que ha ofrecido junto a los ministros de Sanidad y Política Territorial tras la reunión del Consejo Interterritorial de Salud.

El máximo responsable del CAES ha calificado de «esperable» la existencia de estos casos, ya que su origen se sitúa en una zona del Reino Unido que incluye Londres y con la que España tiene mucho intercambio de personas.

Aunque alguno de los casos era ya infectivo (que infecta) durante el vuelo, la mayor parte ha dicho que iniciaron los síntomas a los cuatro o cinco días de haber llegado procedentes del Reino Unido.

Por tanto ha explicado que no eran ni infectivos ni detectables durante los vuelos, porque la PCR se suele hacer positiva, y no siempre, en los dos días previos al inicio de síntomas.

Por tanto, ha recalcado que la posibilidad de detectarlos en origen o en el aeropuerto era baja.

A juicio de Simón, el problema de la cepa inglesa radica en toda la información que ha habido sobre una mayor capacidad de transmisión, y al respecto ha dicho que tiene una serie de mutaciones que podría favorecer que eso ocurra, pero que aún no está tan claro que eso sea así.

«No es que no pueda tener una mayor transmisibilidad. Es que todavía no están despejadas todas las dudas sobre ello», ha añadido.

En España ha asegurado que hay capacidad diagnóstica suficiente y existe además un protocolo para incluir la información relacionada con el genotipo de la secuenciación de las cepas en los datos de vigilancia.

Un protocolo que ha dicho que se está cerrando en la actualidad y cuyo borrador se ha enviado a la ponencia de alertas.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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