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Simón confirma que ya hay 9 casos de la cepa británica del virus en España

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Madrid, 28 dic (EFE).- El director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (CAES), Fernando Simón, ha informado este lunes de que son nueve los casos confirmados hasta ahora de la cepa británica del coronavirus en España, aunque hay más casos que se están investigando.

Simón ha dado cuenta de esos casos durante su comparecencia en la rueda de prensa que ha ofrecido junto a los ministros de Sanidad y Política Territorial tras la reunión del Consejo Interterritorial de Salud.

El máximo responsable del CAES ha calificado de «esperable» la existencia de estos casos, ya que su origen se sitúa en una zona del Reino Unido que incluye Londres y con la que España tiene mucho intercambio de personas.

Aunque alguno de los casos era ya infectivo (que infecta) durante el vuelo, la mayor parte ha dicho que iniciaron los síntomas a los cuatro o cinco días de haber llegado procedentes del Reino Unido.

Por tanto ha explicado que no eran ni infectivos ni detectables durante los vuelos, porque la PCR se suele hacer positiva, y no siempre, en los dos días previos al inicio de síntomas.

Por tanto, ha recalcado que la posibilidad de detectarlos en origen o en el aeropuerto era baja.

A juicio de Simón, el problema de la cepa inglesa radica en toda la información que ha habido sobre una mayor capacidad de transmisión, y al respecto ha dicho que tiene una serie de mutaciones que podría favorecer que eso ocurra, pero que aún no está tan claro que eso sea así.

«No es que no pueda tener una mayor transmisibilidad. Es que todavía no están despejadas todas las dudas sobre ello», ha añadido.

En España ha asegurado que hay capacidad diagnóstica suficiente y existe además un protocolo para incluir la información relacionada con el genotipo de la secuenciación de las cepas en los datos de vigilancia.

Un protocolo que ha dicho que se está cerrando en la actualidad y cuyo borrador se ha enviado a la ponencia de alertas.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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