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¿Tengo derecho al Ingreso Mínimo Vital? La Seguridad Social lanza este simulador que calcula cuánto puedes cobrar

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Requisitos para recibir la ayuda de 100 euros extra del Ingreso Mínimo Vital

Desde que se pusiera en marcha el Ingreso Mínimo Vital (IMV), por parte del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, muchos son los que se preguntan si tienen derecho a recibir esta prestación y cuáles son los requisitos para acceder a ella.

Para resolver todas estas dudas sobre esta ayuda que busca prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que no tienen recursos económicos básicos para vivir, la página web de la Seguridad Social ha puesto en marcha un simulador que calcula si cumples los requisitos para solicitar dicha prestación.

Su uso es sencillo y para utilizarlo simplemente se ha de contestar «sí» o «no» a una serie de preguntas con las que valoran la situación de riesgo de exclusión social de la persona que realiza el «test».

La persona vive sola o en una residencia social o sanitaria, tiene menores a su cargo, es unidad familiar o es monoparental son algunas de las preguntas a las que hay que contestar en este simulador que va cambiando en función de las respuestas que va recibiendo, personalizando al máximo el servicio a la situación de cada persona interesada en el IMV.

Hay que advertir que el simulador no contempla el supuesto excepcional que regula los casos en los que, bajo ciertas condiciones, y hasta el 31 de diciembre de 2021, los ingresos considerados para determinar el derecho a la prestación son los correspondientes al año en curso.

Una vez se ha contestado  las preguntas, la web nos indica si se reúnen o no las condiciones para tener derecho al IMV. De todas maneras hay que recordar que se trata de una simulación y sólo tiene un valor informativo.

Información sobre el Ingreso Mínimo Vital

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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