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¿Tengo derecho al Ingreso Mínimo Vital? La Seguridad Social lanza este simulador que calcula cuánto puedes cobrar

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Requisitos para recibir la ayuda de 100 euros extra del Ingreso Mínimo Vital

Desde que se pusiera en marcha el Ingreso Mínimo Vital (IMV), por parte del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, muchos son los que se preguntan si tienen derecho a recibir esta prestación y cuáles son los requisitos para acceder a ella.

Para resolver todas estas dudas sobre esta ayuda que busca prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que no tienen recursos económicos básicos para vivir, la página web de la Seguridad Social ha puesto en marcha un simulador que calcula si cumples los requisitos para solicitar dicha prestación.

Su uso es sencillo y para utilizarlo simplemente se ha de contestar «sí» o «no» a una serie de preguntas con las que valoran la situación de riesgo de exclusión social de la persona que realiza el «test».

La persona vive sola o en una residencia social o sanitaria, tiene menores a su cargo, es unidad familiar o es monoparental son algunas de las preguntas a las que hay que contestar en este simulador que va cambiando en función de las respuestas que va recibiendo, personalizando al máximo el servicio a la situación de cada persona interesada en el IMV.

Hay que advertir que el simulador no contempla el supuesto excepcional que regula los casos en los que, bajo ciertas condiciones, y hasta el 31 de diciembre de 2021, los ingresos considerados para determinar el derecho a la prestación son los correspondientes al año en curso.

Una vez se ha contestado  las preguntas, la web nos indica si se reúnen o no las condiciones para tener derecho al IMV. De todas maneras hay que recordar que se trata de una simulación y sólo tiene un valor informativo.

Información sobre el Ingreso Mínimo Vital

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Aviso a los autónomos: Hacienda ya envía a la Seguridad Social los datos para fijar la base de cotización

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Cómo convertirse en Agente de Hacienda y sus ventajas

La Agencia Tributaria comunica los rendimientos netos de los trabajadores por cuenta propia, que servirán para determinar su base de cotización definitiva y regularizar las cuotas.

La Seguridad Social ha lanzado un aviso importante a los autónomos de toda España: Hacienda ya está enviando la información fiscal necesaria para calcular sus bases de cotización definitivas. Este proceso afecta a más de tres millones de trabajadores por cuenta propia, que están sujetos a un sistema de cotización distinto al de los asalariados.

Según ha informado el organismo a través de su canal oficial en la red social X (antes Twitter), es la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) la encargada de trasladar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) los datos de rendimientos que servirán para regularizar las cuotas de los autónomos.

Qué datos utiliza la Seguridad Social para calcular la cotización

De acuerdo con la información disponible en Import@ss, el portal oficial de la Seguridad Social, para fijar la base de cotización se tiene en cuenta la totalidad de los rendimientos netos obtenidos durante el año natural, independientemente de:

  • Si el autónomo ejerce su actividad de forma individual

  • Si actúa como socio o integrante de una entidad con o sin personalidad jurídica

La única excepción se da cuando el profesional deba figurar de alta como trabajador por cuenta ajena o asimilado, en cuyo caso no se aplican estas reglas.

Cómo se calculan los rendimientos netos de los autónomos

La Seguridad Social aclara que las cuotas de cotización se calculan conforme a las normas del IRPF, y el método depende del tipo de tributación del autónomo:

Estimación directa

El rendimiento se obtiene sumando:

  • El rendimiento neto de la actividad

  • Las cuotas abonadas a la Seguridad Social por el titular

Estimación objetiva (módulos)

Se tiene en cuenta:

  • El rendimiento neto previo

  • O el rendimiento neto previo minorado, en el caso de actividades agrícolas, ganaderas o forestales

Socios mercantiles

Se computan:

  • Los rendimientos del trabajo derivados de la actividad en la sociedad

  • Los rendimientos del capital mobiliario procedentes de la participación en la empresa

Socios de cooperativas

Incluyen:

  • Rendimientos del trabajo prestado a la cooperativa

  • Rendimientos del capital mobiliario por su condición de socios trabajadores

Socios civiles, colectivos, comuneros y laborales

Se suman:

  • Rendimientos de la actividad económica

  • Rendimientos del trabajo por servicios prestados

  • Rendimientos del capital mobiliario, tanto en dinero como en especie

Regularización de cuotas y efectos para los autónomos

Con esta información, la Seguridad Social podrá determinar la base de cotización definitiva y comprobar si el autónomo ha cotizado por debajo o por encima de lo que le correspondía según sus ingresos reales. En función del resultado, podrá haber:

  • Pagos adicionales si se ha cotizado de menos

  • Devoluciones si se ha cotizado de más

Este proceso forma parte del nuevo sistema de cotización por ingresos reales, ya plenamente implantado.

 


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