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Valencia

Vuelve el toque de queda a 32 municipios de la Comunitat

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València, 12 jul (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia valenciano ha autorizado la limitación a un máximo de 10 personas de las reuniones sociales y familiares en toda la Comunitat y las restricciones a la movilidad nocturna entre la 1 y las 6 horas en 32 localidades de más de 5.000 habitantes que presentan mayor riesgo epidemiológico por covid-19.

Estas medidas, avaladas por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV, se hallan contenidas en una resolución de la Conselleria de Sanidad, fechada el pasado viernes, y tendrán una vigencia de 14 días desde su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

Según ha informado el tribunal, la Sala considera que son medidas «equilibradas», pues se derivan de ellas «más beneficios para el interés general -contención de la pandemia- que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto», al tiempo que cumplen el «juicio constitucional de proporcionalidad».

El toque de queda afectará a estos municipios:

Almàssera, Buñol, El Puig, Tavernes Blanques, Vilamarxant, Benicàssim, Alboraia, Benaguasil, Benetússer, Benifaió, l’Eliana, Meliana, Moncada, Picanya, Picassent, Puçol, Requena, Riba-roja de Túria, Sedaví, Silla, Utiel, Sant Vicent del Raspeig, Alaquàs, Aldaia, Burjassot, Catarroja, Quart de Poblet, Xirivella, Gandia, Mislata, Paterna y València.

El auto, que puede ser recurrido en casación, alude a la expansión de la variante Delta del coronavirus, al crecimiento exponencial de los contagios, al aumento de las hospitalizaciones y a la «situación cercana al colapso que se está ya produciendo en los centros de Atención Primaria».

Todo ello se pone de manifiesto en el informe sobre la situación epidemiológica actual en la Comunitat que acompaña a la solicitud de autorización presentada por la Administración autonómica.

Como ya expuso en anteriores autos, la Sala entiende que estas restricciones encuentran suficiente cobertura normativa en la Ley Orgánica 3/1986, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, aunque reitera que lo «deseable» sería una legislación específica para evitar «problemas interpretativos» y «contradicción de criterios».

El auto recuerda que el Tribunal Supremo se ha pronunciado recientemente en dos sentencias sobre la suficiencia de la Ley 3/1986 para amparar limitaciones de derechos fundamentales, siempre que su justificación esté a la altura de la intensidad y extensión de la restricción de derechos fundamentales de que se trate.

En el caso ahora analizado, los magistrados aseguran que las medidas propuestas por la Conselleria de Sanidad Universal cumplen los requisitos para su adopción que establece la doctrina del Tribunal Supremo.

Según el TSJCV, se trata de medidas necesarias e idóneas para interrumpir la propagación del SARS-Cov-2, pues «atañen al marco de las relaciones sociales y el ocio nocturno no reglado», que son las principales causas de contagios.

Así, señala que la limitación a la circulación nocturna presenta una eficacia mucho mayor que otras medidas existentes para «intentar impedir la actividad de ocio nocturno conocida como botellón», y así se refleja en un informe elaborado por la comisaria jefa de la Unidad de la Policía Nacional Adscrita a la Comunitat, que se adjunta a la solicitud de autorización.

Afirma que «medidas más laxas que las que aquí se trata no han funcionado correctamente en relación al objetivo evidente que se persigue», por lo que considera que son «indispensables si se quiere obtener el objetivo de reducir o -al menos- minimizar el incremento de la transmisión del virus».

Además, indica que esta restricción de la movilidad «no sólo ofrece las ventajas para el interés general», sino que, «por la franja horaria que involucra -apenas 5 horas, entre las 01.00 horas a las 6,00 horas- y las muy importantes excepciones que incluye, minimiza su afectación a la actividad económica».

Asimismo, añade que la limitación de la circulación queda circunscrita a los municipios de más alto riesgo de transmisión; «esto es, ni siquiera se trata de una limitación generalizada a toda la comunidad autónoma».

En cuanto a la limitación a un máximo de diez personas de las reuniones sociales y familiares, tanto en espacios públicos como privados, el Tribunal apunta que está «cohonestada y resulta acompasada con el resto de medidas sanitarias adoptadas por la Administración».

El auto cuenta con un voto particular del magistrado Manuel J. Domingo Zaballos, quien no cree que la limitación de personas en las reuniones sociales cumpla con «el juicio constitucional de proporcionalidad», y cree que ésta debería ceñirse «a los municipios donde despliegan efectos las medidas relativas a la circulación de personas».

 

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Valencia

El paro baja en 25.560 personas en 2025 en la Comunitat Valenciana y se sitúa en 289.943 desempleados

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Datos del paro en España
Dos operarios trabajan en reparto. EFE/Manuel Bruque/Archivo

El paro registrado en la Comunitat Valenciana cerró 2025 con 289.943 desempleados, tras reducirse en 25.560 personas respecto al año anterior, lo que supone un descenso del 8,1%, según los datos publicados por el Ministerio de Trabajo y Economía Social. Esta cifra representa el nivel de desempleo más bajo en la región desde 2007 y consolida la tendencia de cinco años consecutivos de disminución del paro.


Descenso del desempleo por género y edad

El análisis por sexo refleja que 177.081 mujeres se encontraban desempleadas al cierre del año, 13.570 menos que en 2024, mientras que los hombres desempleados sumaban 112.862, con una reducción de 11.990 personas.

En cuanto a la edad, el paro entre los jóvenes menores de 25 años disminuyó en 4.907 personas, mientras que entre los mayores de 25 años se redujo en 20.653 desempleados.


Evolución del paro por sectores

En diciembre de 2025, se registraron variaciones sectoriales:

  • Servicios: -1.569 parados (-0,76%)

  • Sin empleo anterior: -1.052 (-4,52%)

  • Construcción: +320 (+1,52%)

  • Industria: +91 (+0,27%)

  • Agricultura: +37 (+0,52%)

Los sectores con mayor número de parados siguen siendo Servicios (204.794) e Industria (34.415), mientras que los sectores con menos desempleados son Agricultura (7.104), Construcción (21.389) y Sin empleo anterior (22.241).


Contratación en 2025

La Comunitat Valenciana cerró el año con un incremento del 7,3% en la firma de contratos, alcanzando 108.162 en diciembre.

  • Contratos indefinidos: 48.029 (+14,2%)

  • Contratos temporales: 60.133 (+2,3%)

El 55,6% de los contratos fueron temporales y el 44,4% indefinidos, mostrando un ligero cambio frente a la proporción registrada en noviembre.


Comparativa con otras comunidades autónomas

En 2025, el paro bajó en todas las comunidades, excepto en el País Vasco, donde se incrementó en 54 personas. Las mayores reducciones se dieron en:

  • Andalucía: -51.782

  • Comunitat Valenciana: -25.560

  • Cataluña: -11.959

Por el contrario, La Rioja (-202) y Ceuta (-722) registraron descensos más limitados.


Paro en diciembre: cierre del año

En el último mes de 2025, el paro bajó en 2.173 personas (-0,7%), manteniéndose la tendencia histórica en diciembre, donde generalmente el desempleo desciende en la región.

Por provincias:

  • Valencia: -1.118

  • Alicante: -626

  • Castellón: -429

El descenso mensual afectó principalmente a los jóvenes (-12,1%), mientras que el paro de mayores de 25 años registró un ligero aumento del 0,04%.


El año 2025 cierra en la Comunitat Valenciana con cifras de desempleo históricamente bajas y un mercado laboral en recuperación, acompañado de crecimiento en la contratación, especialmente de contratos indefinidos. Estas cifras refuerzan la tendencia de reducción del paro en la región y muestran un mejor comportamiento frente a otras comunidades autónomas.

 

 


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