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València reduce el tamaño de las terrazas en algunas calles del centro de la ciudad

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El juzgado Contencioso-Administrativo 7 de València emitió en fecha 12 de febrero de 2007 sentencia en la que condenaba al Ayuntamiento de València, entonces gobernado por el Partido Popular, a «adoptar medidas precisas materiales para impedir que se siguiera produciendo la vulneración del derecho fundamental de los vecinos de las calles Ribera y Convento Santa Clara» en referencia al ruido derivado de las terrazas de los diversos establecimientos hosteleros de estas calles.

Después de diez años de esta sentencia, de tres informes policiales de los años 2008, 2012 y 2015, y de varias reuniones de la Policía Local de València con los propietarios de los locales, la concejalía de Espacio Público ha comunicado que aplicará la sentencia y las recomendaciones hechas por la policía al Ayuntamiento de València en estos años.

Además de las denuncias hechas en el juzgado Contencioso-Administrativo por parte del vecindario respecto al ruido, que tuvo como resultado la citada sentencia judicial; los informes policiales de los años posteriores detallan problemas de seguridad como la imposibilidad de entrada de los bomberos si se produjera una emergencia o la necesidad de reducir las terrazas en el paseo de Ruzafa por ser una vía de evacuación de los cines Lys (con 4.100 personas de aforo) y en la calle Martínez Cubells.

De esta forma, los diversos informes instan al Ayuntamiento de València a reducir a una sola fila de mesas y sillas las calles Ribera y Convento Santa Clara. Asimismo, se propone reducir de tres a dos filas el paseo de Ruzafa.

REUNIONES INFORMATIVAS CON LOS HOSTELEROS

El concejal de Espacio Público, Carlos Galiana, explicó que ha mantenido varias reuniones con representantes de la FEHV, en las que ha explicado todos los detalles de la actuación «con total transparencia y con antelación». Además, Galiana explicó que ha entregado a los representantes de la FEHV toda la documentación (sentencia, informes municipales, etc…) que le habían solicitado.

Galiana ha incidido en que «el Gobierno de la Nau es un gobierno responsable, que aplica lo que dice la justicia». Recordó que, de momento, el Ayuntamiento actuará en la calle Convento de Santa Clara, para cumplir las sentencias y garantizar el derecho al descanso de los vecinos y la seguridad, combinándolos con la existencia de terrazas, que continuarán existiendo en esta calle».

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El Supremo levanta la orden de detención contra Puigdemont tras el aval del Constitucional a la amnistía por malversación

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Carles Puigemont

El Tribunal Supremo ha dejado sin efecto la orden nacional de busca y captura y detención contra el expresidente de la Generalitat y líder de Junts, Carles Puigdemont, después de que el Tribunal Constitucional haya avalado la aplicación de la Ley de Amnistía al delito de malversación relacionado con el procés.

La decisión ha sido adoptada este martes por el magistrado del Supremo Pablo Llarena, instructor de la causa del procés. En un auto, Llarena acuerda levantar «con carácter inmediato y hasta nueva resolución judicial expresa» las órdenes nacionales de detención que pesaban sobre Puigdemont y los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig.

El levantamiento es inmediato

La resolución del Supremo se produce después de que el Tribunal Constitucional haya estimado el recurso de amparo presentado por la exconsellera Dolors Bassa contra la decisión que había rechazado aplicarle la amnistía por el delito de malversación.

El Constitucional ha establecido así un criterio que puede afectar al resto de dirigentes del procés que mantienen causas pendientes por este delito. La decisión se ha adoptado por siete votos frente a cinco, según fuentes jurídicas citadas por EFE.

Llarena señala que todavía no dispone del texto íntegro de la sentencia del Constitucional, pero considera que existe una «coincidencia sustancial» entre los hechos y la cuestión jurídica analizada en el caso de Bassa y la situación de Puigdemont, Comín y Puig. Por ello, entiende que el nuevo pronunciamiento puede afectar al fundamento de las órdenes de detención.

Puigdemont puede regresar a España sin esa orden de detención

El levantamiento de la orden nacional elimina, por el momento, el riesgo de que Puigdemont sea detenido en España en virtud de esa medida. La decisión también afecta a Toni Comín y Lluís Puig, que permanecían procesados en la causa del procés.

El Supremo ha comunicado la decisión a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para que no ejecuten ninguna privación de libertad basada en las órdenes que han quedado sin efecto.

No obstante, el auto de Llarena deja claro que esta decisión no supone todavía la aplicación automática de la amnistía ni declara extinguida la responsabilidad penal de Puigdemont, Comín y Puig. Se trata de una medida adoptada ante el nuevo escenario jurídico abierto por el Constitucional.

El Supremo deberá resolver sobre la amnistía

El magistrado Pablo Llarena deberá analizar el contenido íntegro de la sentencia del Tribunal Constitucional para determinar sus consecuencias sobre la situación jurídica de Puigdemont y los otros dos exconsellers.

El propio auto señala que la decisión sobre las órdenes de detención podrá ser revisada posteriormente, una vez estudiado el alcance completo del pronunciamiento del Constitucional.

La decisión supone un nuevo paso en la aplicación de la Ley de Amnistía a los delitos de malversación vinculados al procés y abre la puerta al regreso a España de Puigdemont sin la orden nacional de detención que permanecía vigente desde 2017.

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