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Valencia

VÍDEO| Más de 200 litros en dos horas provocan inundaciones y cierre de playas en el Camp de Morvedre

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València, 30 ago (EFE).- Las lluvias torrenciales que han caído esta madrugada en la comarca valenciana del Camp de Morvedre, y que han dejado hasta 200 litros por metro cuadrado en algún punto, han ocasionado inundaciones, cierres de playas y rescates de varias personas atrapadas a causa de la lluvia, si bien no ha habido daños personales.

La tromba de agua, que ha comenzado sobre las cinco de la madrugada y ha estado muy focalizada entre Sagunto, Puerto de Sagunto y Canet d’En Berenguer, ha obligado a los bomberos a intervenir para rescatar a personas atrapadas en vehículos y a achicar agua de bajos inundados o retirar techos derrumbados.

Las lluvias torrenciales han dejado hasta 180 litros por metro cuadrado en puntos de Sagunto, según sus estaciones meteorológicas, pero en el Puerto de Sagunto se han alcanzado los 200 litros por metro cuadrado «en poco tiempo», según ha indicado a EFE el concejal de Mantenimiento y de Aguas, Pep Gil.

«Ha sido un desastre, especialmente porque algunas de las infraestructuras que alivian esto, como pueden ser las salidas a la depuradora de la Epsar de aguas residuales, no daba abasto ya que le llegaban las aguas residuales y las pluviales y se ha colapsado el sistema», ha explicado.

Según el responsable de mantenimiento de la localidad, «la zona de la playa es donde más problema ha habido, aunque también en otras calles, porque los sistemas se han colapsado; entraba demasiada agua y eso hace que las alcantarillas salten para poder aliviar la presión de dentro».

Vecinos de la localidad han manifestado a EFE Televisión que han vivido angustiados este episodio de luvias torrenciales, ya que la tromba ha durado más de dos horas sin parar, y han asegurado que no recuerdan una lluvia tan intensa y larga.

«En todas las casas, por abajo o por arriba, ha entrado agua. Había coches tirados y no podías pedir ayuda a ningún vecino porque la calle estaba complicada», ha asegurado una vecina, que ha explicado que la bombona de butano estaba sobrepasada de agua.

«Daba miedo porque no veías que parase, y había mucho aparato eléctrico. Te dices que es una tormenta, pero es que han pasado dos horas y no paraba, y ese era el problema», ha relatado.

Otra afectada ha explicado que no podía cruzar la calle porque había mucha agua, ni levantar la persiana del bar y ha tenido que ayudarle un amigo, y ha resumido la situación como «un desastre», porque «se ha inundado todo» y se ha estropeado mucha comida porque ha saltado la luz.

Otro vecino ha relatado que «había mucho trueno, mucho relámpago» y «hasta piedra», y ha relatado que «casi todos los bajos y locales comerciales de la playa están inundados».

La localidad de Sagunto ha acumulado más de 100 litros por metro cuadrado, y en algún punto del municipio han caído 180 l/m2 en poco más de una hora, según ha explicado a EFE el alcalde, Darío Moreno, quien ha calificado de «barbaridad» la cantidad de agua caída.

Ha señalado que ha empezado a chispear sobre las 4 de la madrugada pero la tromba ha llegado una hora después y ha dejado muchos bajos inundados, especialmente en la zona del Puerto de Sagunto, y han tenido que hacerse al menos cuatro rescates de personas en vehículos atrapados en zonas inundables.

Según el alcalde, la tromba ha dejado un «problema de seguridad vial importante», ya que la subida del agua ha levantado «decenas» trapas del alcantarillado y hay que volver a ponerlas urgentemente para evitar accidentes.

Canet d’En Berenguer ha cerrado sus playas después de haber sufrido esta madrugada una tromba de agua que ha dejado 132 litros por metro cuadrado en apenas una hora y que se ha llevado las pasarelas y ha traído el agua del mar hacia la arena.

El concejal de Policía de Canet, Eduardo Almor, ha explicado a EFE que sobre las cuatro de la madrugada ha empezado a llover pero que la precipitación ha descargado con fuerza media hora más tarde, lo que ha hecho necesario cortar un par de calles en la zona de la playa, cerca del paseo marítimo.

Ha incidido en que ante las previsiones meteorológicas habían realizado limpieza de imbornales y se habían preparado el equipo de mantenimiento y el de guardia, pero «cuando te caen 132 litros por metro cuadrado en menos de una hora, eso es imposible de absorber».

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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