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PharmaMar logra «resultados positivos» con el Aplidin, el medicamento español contra la Covid-19

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PharmaMar ha anunciado hoy que su ensayo clínico APLICOV-PC1,2 con Aplidin (plitidepsina) para el tratamiento de
pacientes adultos con COVID-19, que requieren ingreso hospitalario, ha alcanzado los objetivos primario de seguridad y secundario de eficacia.

Se han evaluado en el estudio tres cohortes de pacientes con tres niveles de dosis
diferentes de plitidepsina (1,5mg – 2,0mg – 2,5mg), administrados durante tres días
consecutivos.

La carga viral de los pacientes se ha evaluado cuantitativamente y de forma
centralizada al inicio del tratamiento y en los días 4, 7, 15 y 30 posteriores. El estudio
ha demostrado una notable reducción de la carga viral en los pacientes entre los días
4 y 7 posteriores al inicio del tratamiento, de forma que la reducción media de la
carga viral a día 7 fue del 50%, y del 70% a día 15.

Más del 90% de los pacientes incluidos en el ensayo presentaban al inicio cargas virales medias o altas.
El 80,7% de los pacientes han sido dados de alta médica el día 15 de hospitalización
o antes, y un 38,2% antes del día 8 (según el protocolo, deben estar un mínimo de
7 días ingresados). Asimismo, se observa un paralelismo notable entre la disminución de la carga viral, la mejoría clínica y la resolución de neumonía, así como caída de parámetros de inflamación, como la Proteína C-reactiva (PCR).
A día 30, en la visita clínica programada, ninguno de los pacientes tratados con plitidepsina había desarrollado síntomas o signos derivados de la infección por COVID-19.

Estos resultados confirman tanto la seguridad como la actividad. La seguridad ya se
vio en otros estudios, con aproximadamente 1.300 pacientes oncológicos tratados a
dosis mucho más altas, y la actividad ya se vio en estudios in vitro e in vivo en
diferentes laboratorios de prestigio internacional.

Tras los resultados obtenidos en este primer grupo de pacientes, con el fin de
mantener el estudio abierto en los hospitales, permitir el acceso al tratamiento a
aquellos pacientes que lo necesiten, la compañía ha obtenido de la Agencia Española
de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) autorización para una extensión
de la cohorte de pacientes. Esto, además, permitirá obtener más datos sobre el
tratamiento en esta indicación.

Con estos datos, la compañía iniciará, en los próximos días, conversaciones con las
agencias reguladoras para definir el próximo estudio de fase III de registro de
plitidepsina en pacientes con COVID-19 que requieren hospitalización.
Los datos completos del estudio se publicarán en próximos congresos científicos y/o
en un artículo en una revista médica de prestigio.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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