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Caso Alquería| El juez imputa a nueve altos cargos de Divalterra

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VALÈNCIA, 15 May. – El magistrado del Juzgado de Instrucción número 9 de Valencia, que investiga el caso Alquería, ha citado a declarar como investigadas a nueve personas vinculadas a PSPV y Compromís que fueron contratadas desde 2015 como altos cargos de Divalterra –antigua Imelsa– y cuyas contrataciones cuestionan la UDEF y Fiscalía en escritos aportados a la causa.

Por estas contrataciones están investigados por los delitos de prevaricación y malversación el expresidente de la corporación provincial Jorge Rodríguez y otros seis ex altos cargos: el que fuera su jefe de gabinete, Ricard Gallego; el secretario letrado del Consejo de Administración de Divalterra, Jorge Cuerda; Manuel Reguart, asesor de Rodríguez y los dos directores gerentes: Xabier Albentosa y Agustina Brines.

El instructor ha citado para el 3 de junio a cuatro de los nuevos investigados y que fueron contratados en noviembre de 2015 como responsables de las áreas de Turismo, Pau Pérez Lledó, concejal de Compromís en Oliva; de Promoción Económica, Innovación y Proyectos de Formación, Josep Lluís Melero, edil de la coalición en Silla; de Medio Ambiente, María Soledad Torija y Raúl Ibáñez Fos, de Compromís per Sueca, responsable de Administración General.

Cuatro días más tarde están llamados a declarar los responsables de Regeneración de Zonas Verdes, Manuel Carot, a propuesta del PSPV y que desempeñó tareas de asesor socialista; Estudios y Planificación Estratégica, Miguel Ángel Ferri; de Gestión Forestal y del Medio Rural, Salvador Femenía, alcalde socialista de l’Alqueria de la Comtesa; del Área de Estudios y Planificación Estratégica, Víctor Jiménez, primer edil del PSPV de Rocafort y candidato a la reelección, y de Regeneración de Zonas Verdes, Vicente Lucas Ferrando, secretario general del PSPV de La Hoya de Buñol y que renunció a los 15 días de ser nombrado para el cargo.

Así consta en una providencia del magistrado, de fecha 10 de mayo, en la que consta que todos ellos fueron nombrados como altos cargos de Divalterra desde 2015 y su citación obedece al proceso para su selección, que cuestionan UDEF y Fiscalía.

ADSCRITOS O VINCULADOS A LOS DOS PARTIDOS
En los siete primeros casos, un informe de la UDEF consideró que parece que se hicieron bajo la modalidad de personal de alta dirección como «fraude de ley» para evitar la aplicación de los principios contenidos en el Estatuto Básico del Empleado Público aplicables a las sociedades mercantiles públicas en materia de contratación laboral, «consiguiendo de este modo e independientemente de la capacitación personal de los contratados, la vinculación a la sociedad de personas adscritas o vinculadas» a Compromís y PSPV, al frente de la Diputación.

De acuerdo con este informe, cada una de estas contrataciones supuso un coste aproximado de 70.000 euros anuales para Divalterra con lo que se calcula que el potencial perjuicio ocasionado a la sociedad dependiente de la corporación provincial y durante el tiempo que desarrollarían los cargos sería de unos dos millones.

El informe añadía que de acuerdo a informes jurídicos emitidos a petición de la empresa y que constan en la denuncia que llevó a Fiscalía a trasladar el caso al juzgado, esas contrataciones como personal de alta dirección no se ajustan a los requisitos por lo que «además de producir una vulneración evidente de la ley supone asimismo una utilización instrumental de la misma» para hacer una contratación de personal «directa y partidista» sin concurrencia de principios de igualdad, mérito, capacidad, transparencia e independencia. Además, sin conocimiento como órgano colegiado del Consejo de Administración.

Otro informe pericial que consta en el sumario revela que ninguno de esos siete primeros altos directivos ejercía funciones directivas en materia de contratación ni rectoras, no tenían capacidad de representación ante otras administraciones y no existía un incremento ni en la evolución de la cifra de negocio ni en los presupuestos que avalara esa contratación.

En ese documento pericial se apunta que el coste del personal contratado por asciende a 1.122.095,80 euros, frente a los dos millones que apuntan los investigadores. La remuneración más alta alcanzaría los 153.964 euros por tres años, y la más baja 6.542 euros, únicamente por un mes, entre febrero y marzo de 2018. Todas ellas –excepto esa última– son de noviembre de 2015 y se prolongan tres hasta 2017 y el resto hasta 2018.

Asimismo, consta en el informe de la UDEF que bajo una «clima de presión» sobre el personal técnico y laboral de Divalterra se «impuso» por orden del entonces presidente de la Diputación, Jorge Rodríguez, la contratación de los dos últimos investigados. La última de estas personas, además, no llegó a desempeñar el cargo.

Fuente: (EUROPA PRESS)

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El Supremo levanta la orden de detención contra Puigdemont tras el aval del Constitucional a la amnistía por malversación

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Carles Puigemont

El Tribunal Supremo ha dejado sin efecto la orden nacional de busca y captura y detención contra el expresidente de la Generalitat y líder de Junts, Carles Puigdemont, después de que el Tribunal Constitucional haya avalado la aplicación de la Ley de Amnistía al delito de malversación relacionado con el procés.

La decisión ha sido adoptada este martes por el magistrado del Supremo Pablo Llarena, instructor de la causa del procés. En un auto, Llarena acuerda levantar «con carácter inmediato y hasta nueva resolución judicial expresa» las órdenes nacionales de detención que pesaban sobre Puigdemont y los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig.

El levantamiento es inmediato

La resolución del Supremo se produce después de que el Tribunal Constitucional haya estimado el recurso de amparo presentado por la exconsellera Dolors Bassa contra la decisión que había rechazado aplicarle la amnistía por el delito de malversación.

El Constitucional ha establecido así un criterio que puede afectar al resto de dirigentes del procés que mantienen causas pendientes por este delito. La decisión se ha adoptado por siete votos frente a cinco, según fuentes jurídicas citadas por EFE.

Llarena señala que todavía no dispone del texto íntegro de la sentencia del Constitucional, pero considera que existe una «coincidencia sustancial» entre los hechos y la cuestión jurídica analizada en el caso de Bassa y la situación de Puigdemont, Comín y Puig. Por ello, entiende que el nuevo pronunciamiento puede afectar al fundamento de las órdenes de detención.

Puigdemont puede regresar a España sin esa orden de detención

El levantamiento de la orden nacional elimina, por el momento, el riesgo de que Puigdemont sea detenido en España en virtud de esa medida. La decisión también afecta a Toni Comín y Lluís Puig, que permanecían procesados en la causa del procés.

El Supremo ha comunicado la decisión a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para que no ejecuten ninguna privación de libertad basada en las órdenes que han quedado sin efecto.

No obstante, el auto de Llarena deja claro que esta decisión no supone todavía la aplicación automática de la amnistía ni declara extinguida la responsabilidad penal de Puigdemont, Comín y Puig. Se trata de una medida adoptada ante el nuevo escenario jurídico abierto por el Constitucional.

El Supremo deberá resolver sobre la amnistía

El magistrado Pablo Llarena deberá analizar el contenido íntegro de la sentencia del Tribunal Constitucional para determinar sus consecuencias sobre la situación jurídica de Puigdemont y los otros dos exconsellers.

El propio auto señala que la decisión sobre las órdenes de detención podrá ser revisada posteriormente, una vez estudiado el alcance completo del pronunciamiento del Constitucional.

La decisión supone un nuevo paso en la aplicación de la Ley de Amnistía a los delitos de malversación vinculados al procés y abre la puerta al regreso a España de Puigdemont sin la orden nacional de detención que permanecía vigente desde 2017.

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