Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Caso Alquería| El juez imputa a nueve altos cargos de Divalterra

Publicado

en

VALÈNCIA, 15 May. – El magistrado del Juzgado de Instrucción número 9 de Valencia, que investiga el caso Alquería, ha citado a declarar como investigadas a nueve personas vinculadas a PSPV y Compromís que fueron contratadas desde 2015 como altos cargos de Divalterra –antigua Imelsa– y cuyas contrataciones cuestionan la UDEF y Fiscalía en escritos aportados a la causa.

Por estas contrataciones están investigados por los delitos de prevaricación y malversación el expresidente de la corporación provincial Jorge Rodríguez y otros seis ex altos cargos: el que fuera su jefe de gabinete, Ricard Gallego; el secretario letrado del Consejo de Administración de Divalterra, Jorge Cuerda; Manuel Reguart, asesor de Rodríguez y los dos directores gerentes: Xabier Albentosa y Agustina Brines.

El instructor ha citado para el 3 de junio a cuatro de los nuevos investigados y que fueron contratados en noviembre de 2015 como responsables de las áreas de Turismo, Pau Pérez Lledó, concejal de Compromís en Oliva; de Promoción Económica, Innovación y Proyectos de Formación, Josep Lluís Melero, edil de la coalición en Silla; de Medio Ambiente, María Soledad Torija y Raúl Ibáñez Fos, de Compromís per Sueca, responsable de Administración General.

Cuatro días más tarde están llamados a declarar los responsables de Regeneración de Zonas Verdes, Manuel Carot, a propuesta del PSPV y que desempeñó tareas de asesor socialista; Estudios y Planificación Estratégica, Miguel Ángel Ferri; de Gestión Forestal y del Medio Rural, Salvador Femenía, alcalde socialista de l’Alqueria de la Comtesa; del Área de Estudios y Planificación Estratégica, Víctor Jiménez, primer edil del PSPV de Rocafort y candidato a la reelección, y de Regeneración de Zonas Verdes, Vicente Lucas Ferrando, secretario general del PSPV de La Hoya de Buñol y que renunció a los 15 días de ser nombrado para el cargo.

Así consta en una providencia del magistrado, de fecha 10 de mayo, en la que consta que todos ellos fueron nombrados como altos cargos de Divalterra desde 2015 y su citación obedece al proceso para su selección, que cuestionan UDEF y Fiscalía.

ADSCRITOS O VINCULADOS A LOS DOS PARTIDOS
En los siete primeros casos, un informe de la UDEF consideró que parece que se hicieron bajo la modalidad de personal de alta dirección como «fraude de ley» para evitar la aplicación de los principios contenidos en el Estatuto Básico del Empleado Público aplicables a las sociedades mercantiles públicas en materia de contratación laboral, «consiguiendo de este modo e independientemente de la capacitación personal de los contratados, la vinculación a la sociedad de personas adscritas o vinculadas» a Compromís y PSPV, al frente de la Diputación.

De acuerdo con este informe, cada una de estas contrataciones supuso un coste aproximado de 70.000 euros anuales para Divalterra con lo que se calcula que el potencial perjuicio ocasionado a la sociedad dependiente de la corporación provincial y durante el tiempo que desarrollarían los cargos sería de unos dos millones.

El informe añadía que de acuerdo a informes jurídicos emitidos a petición de la empresa y que constan en la denuncia que llevó a Fiscalía a trasladar el caso al juzgado, esas contrataciones como personal de alta dirección no se ajustan a los requisitos por lo que «además de producir una vulneración evidente de la ley supone asimismo una utilización instrumental de la misma» para hacer una contratación de personal «directa y partidista» sin concurrencia de principios de igualdad, mérito, capacidad, transparencia e independencia. Además, sin conocimiento como órgano colegiado del Consejo de Administración.

Otro informe pericial que consta en el sumario revela que ninguno de esos siete primeros altos directivos ejercía funciones directivas en materia de contratación ni rectoras, no tenían capacidad de representación ante otras administraciones y no existía un incremento ni en la evolución de la cifra de negocio ni en los presupuestos que avalara esa contratación.

En ese documento pericial se apunta que el coste del personal contratado por asciende a 1.122.095,80 euros, frente a los dos millones que apuntan los investigadores. La remuneración más alta alcanzaría los 153.964 euros por tres años, y la más baja 6.542 euros, únicamente por un mes, entre febrero y marzo de 2018. Todas ellas –excepto esa última– son de noviembre de 2015 y se prolongan tres hasta 2017 y el resto hasta 2018.

Asimismo, consta en el informe de la UDEF que bajo una «clima de presión» sobre el personal técnico y laboral de Divalterra se «impuso» por orden del entonces presidente de la Diputación, Jorge Rodríguez, la contratación de los dos últimos investigados. La última de estas personas, además, no llegó a desempeñar el cargo.

Fuente: (EUROPA PRESS)

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión de voto a la ‘ley de nietos’

Publicado

en

Elecciones Europeas Valencia voto correo

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por una amplia mayoría el recurso presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la suspensión cautelar del derecho al voto de los españoles nacionalizados mediante la conocida como ley de nietos que no acrediten ser descendientes de exiliados.

El Pleno ha decidido no admitir a trámite el recurso de amparo, al considerar que la cuestión todavía puede resolverse en el Tribunal Supremo, donde el procedimiento continúa abierto. La decisión mantiene, por el momento, la suspensión del voto para los afectados que residen en el extranjero.

¿Por qué el Constitucional rechaza el recurso?

El Defensor del Pueblo había solicitado que se anularan de forma urgente las resoluciones del Tribunal Supremo y que se permitiera votar en las próximas elecciones generales a los ciudadanos afectados.

Ángel Gabilondo argumentó que la suspensión podía vulnerar derechos fundamentales, entre ellos la igualdad, la participación en los asuntos públicos y la tutela judicial efectiva. También advirtió de que los plazos electorales hacían urgente una respuesta para evitar que los ciudadanos afectados se quedaran sin poder ejercer su derecho al sufragio.

Sin embargo, el Constitucional considera que el recurso es prematuro porque el procedimiento sigue abierto en el Supremo. Los afectados todavía pueden personarse en esa causa y presentar alegaciones para solicitar que se revise la medida cautelar.

¿A quién afecta la suspensión del voto de la ley de nietos?

La medida afecta a ciudadanos españoles residentes en el extranjero que obtuvieron la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como ley de nietos, y cuyo acceso a la nacionalidad se habría apoyado en una instrucción administrativa que presumía la condición de exiliados de determinados emigrantes.

El Tribunal Supremo suspendió cautelarmente el ejercicio del voto de este grupo al considerar que debía garantizarse la legalidad del censo electoral. La controversia gira en torno a la acreditación de los requisitos exigidos para acogerse a la normativa.

La decisión del Constitucional no resuelve definitivamente el fondo del conflicto. El Tribunal Supremo deberá continuar con el procedimiento y podrá revisar la medida cautelar después de estudiar las alegaciones de los afectados.

Las elecciones generales del 29 de noviembre

La resolución llega a poco más de un mes de las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre. El Defensor del Pueblo había alertado de que la proximidad de la cita electoral podía dificultar que los ciudadanos afectados recuperasen a tiempo su derecho al voto.

Por ahora, el rechazo del recurso deja vigente la suspensión cautelar para los españoles residentes en el extranjero incluidos en la medida. La situación definitiva dependerá de los próximos pasos judiciales y de la resolución que adopte el Tribunal Supremo.

Continuar leyendo
OFFICIAL PRESS
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.