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Comunicado de Carlos Navarro, el ‘Yoyas’, tras el juicio por delito de malos tratos en el ámbito familiar

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MADRID, 4 Nov. (CHANCE) –

COMUNICADO DE D. ESTEBAN GOMEZ ROVIRA, colegiado del ICABARCELONA 23850 Y ABOGADO DE D. CARLOS NAVARRO M, conocido por el programa de GRAN HERMANO de hace años como EL YOYAS.

En relación a la noticia de hoy de apertura de juicio oral contra D. CARLOS NAVARRO M, por delito de malos tratos en ámbito familiar, implicando no solo a la Sra. FAYNA sino a los dos hijos menores, hemos de señalar que:

1º- la resolución se ha notificado a las partes el 23 de octubre, solicitando penas de 7 años de prisión tanto por la fiscalía como la representación de la madre de los dos menores, Sra. FAYNA, QUE NO PERMITE QUE EXISTA COMUNICACIÓN DE AMBOS CON SU PADRE DESDE LOS HECHOS QUE DAN LUGAR A ESTA CAUSA, el 10 de enero de 2018.

En dicha fecha ella denuncia y se dicta orden de protección con prohibición a mi cliente de entrar en la isla Gran Canaria, pero no de incomunicación respecto a los dos menores.

Ya en el pasado mes de febrero se filtró el Auto de procedimiento abreviado en el que se daba por acabada la investigación por el juzgado de instrucción, sin que esta parte pudiera realizar el informe de servicios sociales con la entrevista a su representado, ni en esta causa, ni en la causa de divorcio.

Causa civil de divorcio en la que la Fiscalía por cierto no solicitó la retirada de la patria potestad, habiéndola solicitada en recurso de apelación la representación de la Sra FAYNA.

2º.- Que la marcha de la madre a domicilio de sus padres en Gran Canaria en el verano de 2017 desde Barcelona fue con el consentimiento de mi cliente existiendo incluso billetes de avión de vuelta, manteniendo una comunicación constante y fluida con la madre y los dos menores hasta la Navidad, cuando la madre hurta todo contacto con los menores, mientras el Sr. NAVARRO se recuperaba de una depresión a raíz del fallecimiento de su madre.

3º.- Que los hechos de 10 de enero de 2018 que ocasionan la denuncia de Fayna se refieren al intento de encontrar el Sr. NAVARRO a sus dos hijos menores, en Gran Canaria, de los cuales no tenía noticia desde hace semanas, rechazando de plano todo lo que se relata en la denuncia y en escritos posteriores referidos a un matrimonio al que la Sra- FAYNA decidió poner final a partir de la fecha de la denuncia, con previo traslado de los menores a Gran Canaria desde Barcelona en lo que iba a ser solo una visita temporal a la familia de FAYNA, y sin separación de la pareja.

Esta parte ha admitido, el delito leve de vejaciones, mensajes de móvil realizados por el Sr. CARLOS NAVARRO al percatarse en Canarias que su esposa tenia una nueva relación, una vez localizados a los menores, y es a partir de entonces cuando se cuenta por la denunciante una serie de hechos que según su versión habrían acaecido durante una década de matrimonio.

4º.- Que la barbaridad de solicitar la retirada de la patria potestad al padre acusado durante un periodo de 8 años, responde a un encarnizamiento sin sentido, queremos pensar que además cuando el escrito de acusación del FISCAL solicita además del alejamiento respecto a madre e hijos, la no comunicación «con ellas» durante 8 años, es una errata que no debe incluir a los menores.

5º.- Que a tal efecto es importante destacar que el Sr. CARLOS NAVARRO tiene ya suspendida de facto la patria potestad, y el régimen de comunicación con sus hijos al que tiene derecho todo padre:

A.- no se nos ha aceptado en sede civil de divorcio, ni cautelarmente en sede penal que ya que tiene prohibido desde el 11 de enero 2018 entrar en la isla de GRAN CANARIA (como orden de protección en favor de la Sra FAYNA) pudiera tener una comunicación con los hijos por medio de PUNTO DE ENCUENTRO.

Al final esto lo pagan los menores, cuando se aportarán mensajes del verano de 2017 en los que la madre desde CANARIAS le decía al Sr. NAVARRO que necesitaba que le ayudara desde Barcelona porque los hijos le echaban de menos.

B.- la madre no permite que se comunique el padre con los hijo, desde el 11 de enero de 2018 el padre no se ha podido comunicar con sus hijos: no tiene orden de alejamiento respecto de ellos pero al no poder entrar en GRAN CANARIA por una medida cautelar que representa un encarnizamiento, y al no poder llamar por teléfono porque la madre no lo permite (última solicitud realizada por este letrado a la acusación particular ayer mismo…), SENCILLAMENTE SE CONSIGUE QUE EL PADRE YA HAYA DESAPARECIDO DE LA VIDA DE LOS MENORES, que es lo que al fin y al cabo se pretendía con esta denuncia, lo que para esta parte es también un acto de violencia.

En Barcelona a 1 de noviembre de 2019.

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La Audiencia Nacional absuelve a Ana Duato y condena a Imanol Arias a dos años y dos meses de prisión por fraude fiscal

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Juicio Imanol Arias y Ana Duato
Juicio a Imanol Arias y Ana Duato por fraude a Hacienda- Foto: RTVE

Ana Duato, absuelta en el caso Nummaria: «No es justo sufrir durante años la presunción de culpabilidad»

Madrid, 7 de julio de 2025 (Europa Press) – La actriz Ana Duato ha expresado su satisfacción tras ser absuelta de todos los delitos fiscales que se le atribuían en el conocido como caso Nummaria, aunque ha lamentado los años de sufrimiento vividos bajo la «presunción de culpabilidad».

“Tras diez años, tengo sentimientos encontrados. Por un lado, estoy satisfecha porque la justicia reconoce la verdad. Por otro, siento que no es justo que alguien tenga que sufrir durante tantos años la presunción de culpabilidad”, declaró Duato a Europa Press.

La Audiencia Nacional absuelve a Ana Duato por falta de pruebas

La Audiencia Nacional considera que no existen pruebas suficientes que demuestren que Duato era consciente de estar incumpliendo sus obligaciones fiscales. En la sentencia de 275 páginas, se subraya que no hubo intención de evadir impuestos por parte de la actriz, protagonista de la serie Cuéntame cómo pasó.

La resolución también absuelve a su marido, el productor Miguel Ángel Bernardeau, y a otros 18 acusados, entre ellos trabajadores del despacho Nummaria, al no acreditarse una actuación dolosa ni la existencia de una organización criminal.

Imanol Arias, condenado por delitos fiscales

En contraste, su compañero de reparto, el actor Imanol Arias, ha sido condenado a 2 años y 2 meses de prisión tras alcanzar un acuerdo con la Fiscalía Anticorrupción. Arias admitió cinco delitos fiscales cometidos entre 2010 y 2013.

El principal acusado, Fernando Peña, contable y cerebro del entramado fiscal, ha sido condenado a 80 años de cárcel, aunque solo podrá cumplir un máximo de 12 años debido a la acumulación de penas.

El caso Nummaria: asesoría fiscal y sociedades en paraísos fiscales

El fallo judicial detalla cómo, entre 2010 y 2016, Fernando Peña utilizó el despacho Nummaria para diseñar estructuras que permitieran a sus clientes evitar la tributación en España. Para ello, recurrió a un complejo entramado de sociedades en Uruguay, Costa Rica, Luxemburgo, Canadá y Reino Unido.

Peña dirigía un equipo de abogados, contables y asesores fiscales a través de estas sociedades con el objetivo de prestar servicios que, según la sentencia, en algunos casos encubrían prácticas ilícitas.

Conclusión

La absolución de Ana Duato marca un punto de inflexión en el caso Nummaria, un proceso judicial que se ha prolongado durante más de una década y que ha implicado a figuras destacadas del mundo artístico y empresarial. La actriz ha subrayado la importancia de respetar el principio de presunción de inocencia y ha pedido una reflexión sobre los efectos devastadores que pueden tener las acusaciones públicas sin respaldo judicial.

 


¿Qué es el caso Nummaria?

El caso Nummaria investigó durante más de una década una supuesta red de evasión fiscal montada desde el despacho de Fernando Peña, que ofrecía a sus clientes estructuras societarias en el extranjero para evadir impuestos de forma encubierta.

Entre los investigados figuraban personalidades del cine y la televisión, como Ana Duato, Imanol Arias o Miguel Ángel Bernardeau.


📰 Conclusión: condenas mínimas para los famosos, pena máxima para el asesor

  • Ana Duato: absuelta de todos los cargos.

  • Imanol Arias: condenado a 2 años y 2 meses por fraude fiscal tras acuerdo con la Fiscalía.

  • Fernando Peña: condenado a 80 años de prisión, con un cumplimiento máximo de 12.

  • Otros 19 acusados: absueltos por falta de pruebas.

 

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