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Correos convoca una oferta de empleo para incorporar a 3.421 trabajadores

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Correos ha publicado la convocatoria de 3.421 puestos para ingresar como personal laboral fijo, en categorías del grupo profesional IV (Personal Operativo). Es una convocatoria conjunta que incluye los puestos correspondientes a las tasas de reposición aprobadas para el año 2019 (1.421 plazas), así como 2.000 puestos de los contemplados en el plan de estabilización 2018-2020 firmado con las organizaciones sindicales CCOO, UGT, CSIF y Sindicato Libre.

Con esta convocatoria «se refuerza la marca Correos como empleadora de calidad y la apuesta de la compañía por el empleo estable y el desarrollo profesional de sus empleados y empleadas. Asimismo, se garantiza un marco estable de relaciones laborales y se potencia el talento como acelerador del cambio que se está produciendo en la empresa ante los nuevos retos y las demandas de nuestros clientes», según ha apuntado la compañía en un comunicado.

«Por razones de eficiencia, de interés general y de racionalidad de los procesos», Correos ha hecho públicas las bases generales conjuntas que regirán el proceso de contratación para la cobertura definitiva de esos 3.421 puestos de trabajo, que serán desarrolladas posteriormente garantizando los principios de publicidad, mérito, capacidad e igualdad de trato a mujeres y hombres.

De los nuevos efectivos, 2.000 serán fruto de consolidación de temporales y los 1.421 restantes, nuevas incorporaciones. Se destinarán a labores de reparto y clasificación de envíos, y a atención al cliente.

El nuevo proceso de selección de personal arrancará con su publicación este viernes en la web del operador postal, en la que podrán inscribirse los interesados, según informó la empresa a los sindicatos.

Las bases generales de este proceso de ingreso para la convocatoria provincializada, se desarrollarán de manera sucesiva en dos fases. En una primera, se publicarán los requisitos de los participantes, el sistema de selección,
(fases, pruebas y valoración), el programa que ha de regir para la confección de las pruebas, la composición del órgano de selección, el reconocimiento médico y los aspectos referidos a la formalización de los contratos.

Y en una segunda fase, se publicarán las bases relativas a la distribución provincial de la oferta de puestos de trabajo y sus características, el plazo y la forma de presentación previstos en el proceso.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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