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Crimen de la viuda de la CAM: El jurado falla que Miguel López no asesinó a su suegra

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Crimen de la viuda de la CAM

El jurado popular ha declarado no culpable a Miguel López de ser el autor material del asesinato de su suegra, María del Carmen Martínez, viuda del expresidente de la CAM, Vicente Sala. Asimismo, se le declara no culpable del delito de tenencia ilícita de armas. En ambos casos, la votación del jurado ha sido seis votos a favor de la no culpabilidad por tres que sí le consideraban culpable.

El veredicto se ha leído a las 17.27 horas de este domingo en las dependencias de los juzgados de Pardo Gimeno, en Alicante, donde desde el pasado 14 de octubre se ha juzgado a López por la muerte de su suegra ocurrida el 9 de diciembre de 2016 de dos disparos en Novocar, en el concesionario que dirigía el propio yerno.

Ahora, la magistrada presidenta del tribunal del jurado popular dictará sentencia de absolución. La defensa de Miguel López solicitó la libre absolución.

Por contra, la Fiscalía y la acusación particular –que ejercía el hijo de la víctima, Vicente Sala–, coincidían en solicitar 24 años y medio de prisión: 23 años por asesinato con alevosía y agravante de parentesco y 18 meses por tenencia ilícita de armas.

Miguel López
EUROPA PRESS

A la salida del juzgado, el abogado de la defensa, Javier Sánchez-Vera, ha mostrado su satisfacción por el veredicto, aunque se ha limitado a decir que estaba «contento».

Por su parte, Francisco Ruiz, abogado de la acusación particular que ejercía el hijo de la víctima, Vicente Sala, ha rechazado a preguntas de Europa Press, realizar comentarios sobre el resultado.

El tribunal popular ha finalizado su deliberación esta tarde de domingo, después de que a última hora del viernes la magistrada de la Audiencia de Alicante convocara a las partes para informarles de la devolución al jurado del acta del veredicto, tal y como prevén los artículos 63 y 64 de la Ley del Jurado, por no estar suficientemente fundamentado y no haber tenido en cuenta algunas de las pruebas que se han practicado en el juicio oral, han explicado a Europa Press fuentes cercanas al caso.

Crimen de la viuda de la CAM:

Así, el jurado popular ha aceptado las tesis de la de defensa que, en el juicio, expuso que «no había pruebas directas» de que Miguel López estuviera en el lugar del crimen, el concesionario Novocar, en el momento del asesinato. Asimismo, los 23 indicios presentados por el ministerio fiscal no han sido suficientes para dictar un veredicto de culpabilidad, ya que no se han encontrado prueba de ADN, huellas, restos de pólvora, herramientas para modificar las vainas, ni el arma.

Miguel López sentado en la sala mientras se lee el veredicto del jurado este domingo.

AMIGOS

Por su parte, el portavoz de los amigos de Miguel López, Ricardo Saiz, ha asegurado a los medios que están «muy contentos» y ha elogiado la labor de la magistrada y del jurado en un proceso «muy complicado». Asimismo, ha hablado de un «gran paso para la justicia». López ha salido visiblemente emocionado de la sala, en la que se ha llegado a oír algún aplauso y alguna exclamación de satisfacción, y se ha fundido en abrazos con su entorno.

Por último, el letrado de la administración de justicia ha dado lectura a la diligencia y al informe por el que este mismo domingo ha sido sustituida una de los miembros del jurado por una crisis de ansiedad. El médico forense ha visitado a la jurado y ha emitido un informe por el que ha sido excluida.

A lo largo de las 18 sesiones del juicio, que se ha trasladado de la Audiencia Provincial de Alicante a los juzgados de Pardo Gimeno por falta de espacio, han declarado tres decenas de testigos, más de una treintena de peritos, un médico forense, 15 policías nacionales y dos locales. En la vista, López se acogió a su derecho a no declarar a las partes, incluida su defensa, debido al «estado anímico débil» en el que aseguraba encontrarse.

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Ábalos y Koldo a prisión provisional por riesgo de fuga ante el juicio por la trama de mascarillas

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Koldo García, que fuera asesor del exministro José Luis Ábalos, comparece ante la comisión del Senado. EFE/ J.J. Guillén

El Supremo ordena prisión sin fianza para el exministro José Luis Ábalos y su exasesor Koldo García al elevarse el riesgo de fuga antes del juicio por la presunta trama de mascarillas.
La Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones populares del PP habían solicitado su ingreso inmediato en prisión.

El Supremo ordena prisión provisional para Ábalos y Koldo García

El magistrado del Tribunal Supremo (TS), Leopoldo Puente, ha acordado este jueves el ingreso en prisión provisional sin fianza del exministro José Luis Ábalos y de su antiguo asesor Koldo García, investigados por las supuestas irregularidades en contratos de material sanitario adjudicados durante la pandemia.

Se trata de un hecho histórico: es la primera vez que un diputado en ejercicio deberá entrar en prisión provisional antes de ser juzgado.

La decisión llega tras revisar las medidas cautelares que mantenían hasta hoy (retirada de pasaporte, prohibición de salir de España y comparecencias quincenales). El riesgo de fuga se considera ahora “muy elevado” ante la gravedad de las penas solicitadas.


La Fiscalía Anticorrupción alertó de un riesgo de fuga “disparado”

La medida adoptada responde a la petición expresa del jefe de Fiscalía Anticorrupción, Alejandro Luzón, así como de las acusaciones populares encabezadas por el Partido Popular.
Anticorrupción sostiene que, ante la posibilidad de que ambos se enfrenten a hasta 30 años de cárcel, existe un riesgo de fuga “inequívoco”.


La llegada de Ábalos al Supremo: “No tengo dinero ni a dónde ir”

Ábalos fue el primero en llegar al Supremo, a las 9:12 horas, solo y con una mochila de cuero. En su intervención durante la vistilla, aseguró al magistrado:

“No me voy a fugar. No tengo dinero ni a dónde ir.”

Fuentes jurídicas aseguran que el exministro estaba “visiblemente destrozado”, fumando nervioso en los patios del Palacio de Justicia mientras esperaba la resolución.

Su abogado defendió que su ingreso en prisión, siendo diputado, supondría vulnerar su derecho a representación política y acusó a Anticorrupción de querer “forzar” una declaración colaborativa similar a la del empresario Víctor de Aldama.


Koldo García: “No me voy a ir a ningún sitio”

Koldo García llegó justo a la hora señalada, acompañado de su abogada, y también negó cualquier intención de fugarse:

“No me voy a ir a ningún sitio. Todos tenemos derecho a aprender poco a poco.”

Esta última frase ha sido interpretada por presentes como un reconocimiento implícito de haber cometido errores.

Su defensa alegó arraigo familiar: una madre mayor y una hija pequeña.


El fiscal, contundente: “Ningún poder del Estado puede eludir la acción penal”

El fiscal Luzón fue especialmente duro respecto a Ábalos:

“Fue su pertenencia al Gobierno lo que permitió cometer estos delitos.
Ningún poder del Estado tiene derecho a sustraerse de la acción penal. La Justicia es ciega por eso.”


Camino al juicio por la presunta trama de mascarillas

El pasado 3 de noviembre, el magistrado Puente propuso juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por su presunta participación en una trama para adjudicar contratos millonarios de mascarillas a la empresa Soluciones de Gestión, vinculada al empresario.

Penas solicitadas por Fiscalía

  • Ábalos: 24 años de prisión

  • Koldo García: 19 años y medio

  • Víctor de Aldama: 7 años (pena reducida por su confesión)

Los delitos atribuidos incluyen:

  • organización criminal

  • cohecho

  • tráfico de influencias

  • malversación

  • uso de información privilegiada

Penas solicitadas por las acusaciones populares

Las acusaciones que lidera el PP elevan las penas a 30 años al añadir:

  • prevaricación

  • falsedad documental


Un caso que sacude al Gobierno y tensa el clima político

El ingreso inmediato en prisión del exministro socialista supone un terremoto político en vísperas del juicio. La resolución marca un paso decisivo en una de las causas de corrupción más mediáticas derivadas de la pandemia.

 

 

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