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Denuncian al Pirata Rock de Gandia por no permitir el acceso de comida y bebida

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Facua-Consumidores en Acción ha denunciado a la promotora del Pirata Rock de Gandia, Black Lotus SL, ante la Dirección General de Comercio y Consumo de la Generalitat Valenciana por prohibir el acceso a las instalaciones del evento con alimentos o bebida adquiridos en el exterior. El festival tendrá lugar en la capital de la Safor los próximos 18, 19 y 20 de julio.

Con el Pirata Rock, Facua ha denunciado este año a 26 festivales de música por toda España, entre ellos el Festival de les Arts de València y el BBK de Bilbao. Las denuncias han sido presentadas ante las respectivas autoridades de consumo autonómicas, ha detallado la asociación en un comunicado.

En el apartado de Preguntas Frecuentes de la página web del Pirata Rock Gandia se incluye la siguiente condición: «¿Se dejará entrar con comida y bebida?» y la respuesta: «Pregunta típica, pero que nos sirve para aclarar que no se dejará entrar comida y bebida al festival».

Facua entiende que, dado que la actividad principal del evento es la celebración de conciertos y no la hostelería, «se puede considerar abusivo prohibir el acceso al recinto con comida y bebida procedente del exterior, ya que según indica el propio festival se pueden adquirir alimentos en su interior».

Facua ha recordado una vez más que el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios considera que no permitir la entrada con comida y bebida de fuera es una cláusula abusiva según el artículo 82.1, que establece como tales todas aquellas prácticas que causen «un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato».

De igual forma, la Comisión de Cooperación de Consumo estableció en su consulta número 5 del año 2000 que «las cláusulas en las que se impone al consumidor limitaciones en orden a la adquisición de los productos sin fundarse en circunstancias objetivas, deben ser consideradas abusivas».

La asociación también señala que una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, sobre la prohibición de entrar a los cines con comida y bebida, recoge que «resulta irrazonable entender la limitación de la capacidad de elección del consumidor» y que «si se limita la posibilidad acceder a la sala en función de la procedencia de los productos y sólo se pueden consumir los adquiridos en su interior, resulta que de manera indirecta se está imponiendo que utilice servicios que en principio no ha solicitado pero que se ve forzado a pedir a la propia empresa».

Además, la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan) publicó en 2016 un informe, también relacionado con la prohibición en cines, en el que concluía que existía una «cláusula abusiva» ya que el consumidor «se ve privado de la prestación principal, de forma injustificada, habiendo abonado la entrada, en base a una limitación impuesta unilateralmente respecto a un servicio accesorio que no ha solicitado, y teniendo en cuenta que la actividad básica de la empresa no es la venta y distribución de comida y bebida».

Facua solicita a los usuarios que acudan a éste o a cualquier otro evento de este tipo, como determinados cines o parques de atracciones, en los que se establezca dicha prohibición que se lo comuniquen a la asociación para formular las oportunas denuncias contra las empresas responsables de las mismas.

 

Fuente: Europa Press

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El sistema de las pulseras antimaltrato sufre una caída durante varias horas

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El sistema de control telemático de las pulseras antimaltrato ha sufrido este martes una caída temporal que ha afectado al funcionamiento de los dispositivos durante varias horas, según ha confirmado el Ministerio de Igualdad.

El fallo ha provocado que las pulseras electrónicas utilizadas para vigilar a maltratadores dejaran de enviar y recibir señales correctamente, lo que ha generado preocupación entre los cuerpos de seguridad y las víctimas con medidas de protección activas.

Desde el Ministerio aseguran que el problema técnico ya está siendo analizado y que el servicio se ha ido restableciendo progresivamente a lo largo de la tarde. Por el momento, no se tiene constancia de que se haya producido ningún incidente grave durante el periodo de interrupción.

“Ha sido un fallo puntual del sistema central de gestión. La prioridad ha sido garantizar la seguridad de las víctimas y restablecer el servicio lo antes posible”, han indicado fuentes de Igualdad.

📌 Sistema de protección clave para las víctimas de violencia de género

Las pulseras antimaltrato forman parte del programa de seguimiento por medios telemáticos del Ministerio del Interior y el Ministerio de Igualdad, que permite controlar las órdenes de alejamiento en tiempo real.
El sistema envía alertas automáticas a las fuerzas de seguridad si el agresor se aproxima al radio de seguridad de la víctima.

En la actualidad, más de 4.000 dispositivos están activos en toda España, según los últimos datos oficiales.

🔄 Actualización en curso

Fuentes de Igualdad han señalado que se investigan las causas del fallo y que se ofrecerá más información en las próximas horas.

Posibles consecuencias de la caída del sistema de las pulseras antimaltrato

La caída temporal del sistema de control de las pulseras antimaltrato puede tener repercusiones importantes en distintos niveles: seguridad de las víctimas, responsabilidad institucional, confianza pública y revisión tecnológica.

1. 🔒 Riesgo temporal para las víctimas con medidas de protección

Durante las horas en que los dispositivos dejaron de funcionar:

  • No se activaron alertas automáticas si un agresor se acercaba al perímetro de seguridad.

  • Las víctimas pudieron quedar desprotegidas ante un posible incumplimiento de la orden de alejamiento.

  • Las fuerzas de seguridad tuvieron que reforzar la vigilancia manualmente, con llamadas directas o patrullas preventivas.

Aunque Igualdad afirma que no hubo incidentes graves, este tipo de interrupciones pone en evidencia la vulnerabilidad del sistema ante fallos técnicos.

2. 🧑‍⚖️ Posibles implicaciones legales y de responsabilidad

  • Si alguna víctima hubiera sufrido un incidente durante la caída, podrían derivarse responsabilidades patrimoniales o penales para la Administración.

  • Se revisará si existía un protocolo de contingencia adecuado, y si se activó correctamente.

  • En caso de deficiencias estructurales, el proveedor tecnológico del sistema también podría ser investigado.

3. 🏛️ Repercusiones políticas e institucionales

  • La oposición podría exigir explicaciones inmediatas al Ministerio de Igualdad y al Ministerio del Interior.

  • Podrían pedirse comparecencias en el Congreso para aclarar las causas del fallo y garantizar que no vuelva a suceder.

  • Si se detecta una falta de supervisión técnica, se cuestionará la gestión y la seguridad del sistema VioGén, que coordina toda la red de protección.

4. 🧠 Pérdida de confianza en el sistema de protección

  • Las víctimas y sus familias podrían perder confianza en la fiabilidad de las pulseras, generando miedo o inseguridad.

  • También se puede afectar la imagen pública del sistema, que desde su implantación en 2009 ha sido una herramienta clave en la lucha contra la violencia de género.

5. ⚙️ Revisión técnica y auditoría del sistema

  • El fallo obligará a realizar una auditoría informática completa para determinar el origen del problema (servidores, red, software o mantenimiento).

  • Podrían implementarse nuevas medidas de redundancia, con servidores espejo o sistemas de respaldo para evitar futuras caídas.

  • También se revisará la colaboración entre Igualdad, Interior y las empresas tecnológicas que gestionan los dispositivos.

 

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