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Sólo 61 de los 168 positivos del brote del Galileo pertenecen a estudiantes de la Politècnica

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Evacuada Politécnica Valencia incendio

Nuevo giro en el macrobrote registrado este fin de semana en València como consecuencia de una o varias fiestas ilegales en la azotea del colegio mayor «Galileo Galilei». La Universitat Politècnica de València (UPV) ha informado hoy que entre los 168 positivos que se ha registrado después de las PCR a los participantes, sólo 61 corresponden a alumnos de su universidad.

Por tanto, el resto de positivos se distribuyen entre estudiantes de otras universidades del área metropolitana de València, principalmente de la Universitat de València y de Universidad Católica de València, y del CEU Cardenal Herrera de València.

Esta última ya decidió el lunes suspender las clases presenciales en dos de sus aulas, de primer curso de Medicina y de Veterinaria respectivamente, tras la confirmación que dos de sus estudiantes, que residen en el colegio mayor donde se produjo el brote, habían resultado contagiados.

Por su parte, la Universitat de València (UV) también ha decidido suspender las clases presenciales de dos aulas de Farmacia en el campus de Burjassot y otros dos grupos de la facultad de Economía en el campus de Tarongers. Según ha informado la UV, los casos positivos entre el resto de su alumnado «no son significativos y están muy fragmentados por campus, centros, titulaciones, cursos y grupos». Es por ello que no se considera de momento la suspensión de las clases presenciales como sí la Universitat Politècnica, que el lunes cerró las aulas a sus casi 25.000 estudiantes.

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El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión de voto a la ‘ley de nietos’

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Elecciones Europeas Valencia voto correo

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por una amplia mayoría el recurso presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la suspensión cautelar del derecho al voto de los españoles nacionalizados mediante la conocida como ley de nietos que no acrediten ser descendientes de exiliados.

El Pleno ha decidido no admitir a trámite el recurso de amparo, al considerar que la cuestión todavía puede resolverse en el Tribunal Supremo, donde el procedimiento continúa abierto. La decisión mantiene, por el momento, la suspensión del voto para los afectados que residen en el extranjero.

¿Por qué el Constitucional rechaza el recurso?

El Defensor del Pueblo había solicitado que se anularan de forma urgente las resoluciones del Tribunal Supremo y que se permitiera votar en las próximas elecciones generales a los ciudadanos afectados.

Ángel Gabilondo argumentó que la suspensión podía vulnerar derechos fundamentales, entre ellos la igualdad, la participación en los asuntos públicos y la tutela judicial efectiva. También advirtió de que los plazos electorales hacían urgente una respuesta para evitar que los ciudadanos afectados se quedaran sin poder ejercer su derecho al sufragio.

Sin embargo, el Constitucional considera que el recurso es prematuro porque el procedimiento sigue abierto en el Supremo. Los afectados todavía pueden personarse en esa causa y presentar alegaciones para solicitar que se revise la medida cautelar.

¿A quién afecta la suspensión del voto de la ley de nietos?

La medida afecta a ciudadanos españoles residentes en el extranjero que obtuvieron la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como ley de nietos, y cuyo acceso a la nacionalidad se habría apoyado en una instrucción administrativa que presumía la condición de exiliados de determinados emigrantes.

El Tribunal Supremo suspendió cautelarmente el ejercicio del voto de este grupo al considerar que debía garantizarse la legalidad del censo electoral. La controversia gira en torno a la acreditación de los requisitos exigidos para acogerse a la normativa.

La decisión del Constitucional no resuelve definitivamente el fondo del conflicto. El Tribunal Supremo deberá continuar con el procedimiento y podrá revisar la medida cautelar después de estudiar las alegaciones de los afectados.

Las elecciones generales del 29 de noviembre

La resolución llega a poco más de un mes de las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre. El Defensor del Pueblo había alertado de que la proximidad de la cita electoral podía dificultar que los ciudadanos afectados recuperasen a tiempo su derecho al voto.

Por ahora, el rechazo del recurso deja vigente la suspensión cautelar para los españoles residentes en el extranjero incluidos en la medida. La situación definitiva dependerá de los próximos pasos judiciales y de la resolución que adopte el Tribunal Supremo.

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