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El Gobierno prohíbe los despidos por la crisis del coronavirus

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El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes prohibir por ley el despido por fuerza mayor y por causas económicas, organizativas, técnicas y de producción derivados de la crisis sanitaria provocadas por el Covid-19, según ha anunciado la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, que ha precisado que esta medida, de carácter temporal, se articulará a través de una cláusula que impedirá despedir en un «elenco muy importante de supuestos».

En concreto, Trabajo explica que no se considerará justificado el despido por causas relacionadas con la crisis del coronavirus. Tampoco se contabilizará en la duración del contrato temporal el tiempo en el que la actividad de la empresa se interrumpa debido al Covid-19.

Se ha aprobado un Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19. Se trata de una norma de carácter complementario, que clarifica algunos efectos y consecuencias del Real Decreto-ley 8/2020 y que establece nuevos contenidos dirigidos a asegurar una mejor cobertura y una más eficaz aplicación de lo allí establecido. También establece medidas específicas para algunos sectores de actividad y configura un sistema más ágil para la contratación pública durante la crisis sanitaria.

Entre sus principales aspectos cabría destacar:

Mantenimiento de la actividad de los centros sanitarios y de cuidado de mayores y dependientes; se establece que son servicios esenciales, que deben mantener su actividad durante la situación de crisis sanitaria, tanto si son públicos como si son privados, los centros sanitarios y de atención de mayores y dependientes.

Medidas extraordinarias para la protección del empleo. Uno de los principales objetivos del Real Decreto-ley 8/2020 fue establecer mecanismos para asegurar que los contratos se mantuvieran durante la situación de crisis sanitaria. Para reforzarlo la presente norma establece que no estará justificado el despido que se realice por causas relacionadas con el Covid-19.

Se agiliza el acceso a la prestación de desempleo y clarificándose su alcance; el presente Real Decreto-ley concreta el mecanismo para que la prestación de desempleo se solicite directamente por parte del empresario que ha tramitado el ERTE. Se especifica cual debe ser la documentación y como debe ser la comunicación por parte del empresario al servicio público de empleo estatal para que la prestación pueda ser reconocida lo antes posible. Asimismo, se establece que la fecha de inicio de la prestación de desempleo será la del momento en que se haya producido la suspensión por fuerza mayor o la fecha en que la empresa comunique su decisión a la autoridad, con lo que se garantiza la percepción desde el momento en que se produce la falta de actividad.

Reforzamiento de los mecanismos de control. Se establece que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social incluirá entre sus planes de actuación la comprobación de las causas alegadas para los ERTE. Asimismo se establece que en caso de solicitudes con falsedades e incorrecciones, incluyendo la falta de causa o la falta de necesidad del ERTE, el empresario podrá ser sancionado y deberá devolver a la entidad gestora las cuantías percibidas en concepto de desempleo por los trabajadores.

Medidas relacionadas con las sociedades cooperativas. Cuando la Asamblea General de las sociedades cooperativas no pueda ser convocada para su celebración a través de medios virtuales, el Consejo Rector asumirá la competencia para aprobar la suspensión total y/o parcial de la prestación de trabajo de sus socias y socios y emitirá la correspondiente certificación para su tramitación.

Interrupción del cómputo de la duración máxima de los contratos temporales. La suspensión de los contratos temporales, incluidos los formativos, de relevo e interinidad, supondrá la interrupción del cómputo, tanto de la duración de estos contratos como de los periodos de referencia equivalentes al periodo suspendido en cada una de estas modalidades contractuales.

Medidas para facilitar la contratación pública:

Se establece que la contratación pública para hacer frente al COVID-19 se tramitará por el procedimiento de emergencia, así mismo se establecen medidas específicas para agilizar la contratación durante la crisis sanitaria, particularmente con el exterior.

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Baliza V16 obligatoria en 2026: todo lo que debes saber para evitar sanciones

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Desde el 1 de enero de 2026, la baliza luminosa V16 conectada es obligatoria en todos los vehículos que circulan por España y sustituye definitivamente a los tradicionales triángulos de emergencia. Sin embargo, el Ministerio del Interior ha confirmado que habrá un periodo “razonable” de gracia en el que no se multará a quienes todavía no la lleven.

Así lo ha anunciado el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, quien ha pedido tranquilidad a los conductores y ha defendido el nuevo sistema como una medida clave para reducir atropellos y mejorar la seguridad vial.

¿Habrá multas por no llevar la baliza V16?

Sí, pero no de forma inmediata. Aunque la normativa ya está en vigor, Interior ha dado instrucciones para que durante un periodo inicial de adaptación los agentes de la Guardia Civil de Tráfico prioricen la información y la concienciación frente a la sanción.

  • Multa prevista: 80 euros

  • Periodo de gracia: sí, sin plazo cerrado

  • Quién decide el fin del periodo: DGT y Guardia Civil

El ministro ha subrayado que este margen de tiempo no será automático ni fijo (no necesariamente un mes o dos), sino que dependerá del grado de implantación real del dispositivo.

¿Por qué se elimina el triángulo de emergencia?

El cambio responde a un dato alarmante:
👉 unas 25 personas mueren cada año en España atropelladas mientras bajan del coche para colocar los triángulos.

La baliza V16 permite señalizar una avería o accidente sin salir del vehículo, lo que reduce de forma drástica el riesgo, especialmente en autopistas, carreteras rápidas o con mala visibilidad.

España se convierte así en el primer país de Europa en imponer este sistema, una decisión que otros Estados observan de cerca para replicarla.

¿Qué es exactamente la baliza V16 conectada?

La V16 es un dispositivo luminoso que se coloca sobre el techo del vehículo y que:

  • Es visible hasta 1 kilómetro de distancia

  • Emite una luz intermitente de alta intensidad

  • Envía la geolocalización del vehículo averiado

  • Conecta automáticamente con la plataforma de Tráfico

  • Informa a navegadores, paneles de carretera y patrullas cercanas

Todo ello sin necesidad de abandonar el coche.

¿La V16 invade la privacidad del conductor?

No. Según Interior y la Agencia Española de Protección de Datos:

  • Solo se transmite la ubicación del vehículo

  • No se envían datos personales

  • No identifica al conductor ni al propietario

Además, la información llega también a las unidades de Tráfico, lo que reduce el riesgo de delitos en zonas aisladas.

¿Quién debe llevar la baliza V16?

La obligación afecta a todos los vehículos:

  • Turismos

  • Furgonetas

  • Camiones

  • Autobuses

  • Vehículos de empresas y autónomos

El dispositivo debe estar homologado y conectado, no vale cualquier baliza antigua sin conectividad.

¿Cuánto cuesta y dónde se puede comprar?

  • Precio medio: entre 35 y 45 euros

  • Se comercializa bajo distintas marcas

  • Debe indicar claramente que es V16 conectada homologada por la DGT

Desde el 1 de enero, unos 3.000 vehículos al día ya la están utilizando para señalizar incidencias, según datos de Interior.

Especialmente importante para personas con movilidad reducida

Uno de los argumentos más destacados por el Gobierno es que la V16 protege especialmente a personas mayores, con discapacidad o movilidad reducida, que antes estaban obligadas a caminar por el arcén para colocar los triángulos.

¿Cuándo empezarán a multar de verdad?

No hay fecha exacta. Interior insiste en que:

  • Se actuará con sentido común

  • El objetivo no es recaudar

  • La prioridad es salvar vidas

Cuando la implantación sea generalizada, las sanciones se aplicarán con normalidad.

En resumen: lo que debes saber para evitar multas

✔️ La baliza V16 es obligatoria desde el 1 de enero de 2026
✔️ Habrá un periodo de gracia sin multas
✔️ La sanción será de 80 euros cuando termine
✔️ Debe ser conectada y homologada
✔️ Sustituye definitivamente a los triángulos
✔️ Mejora la seguridad y reduce atropellos

 

 

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