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El Gobierno tiene seis meses para pagar la ‘factura’ de las autopistas ‘rescatadas’

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MADRID/ALICANTE, 13 Jul. (EUROPA PRESS) – El Gobierno ha dado inicio al periodo de seis meses con que cuenta por ley para calcular y pagar la ‘factura’ que supone para el Estado el ‘rescate’ de las nueve autopistas quebradas, entre ellas la Circunvalación de Alicante, una vez que el Consejo de Ministros de este viernes ha rescindido los contratos de concesión de las vías.

El anterior Ejecutivo estimó esta ‘factura’ en unos 1.800 millones de euros, tal como incluyó en el plan de estabilidad remitido a Bruselas el pasado mes de mayo.

No obstante, las concesionarias de las autopistas y los ‘fondos oportunistas’ que se quedaron con su deuda la elevan a entre 4.000 y 5.000 millones de euros.

Por ello, el anterior equipo de Fomento ya había asumido que la fijación de este importe acabaría siendo decidido por un juez tras un largo proceso judicial.

El importe en liza es la denominada responsabilidad patrimonial de la administración (RPA), lo que, en virtud de los contratos de concesión, el Estado debe abonar a las hasta ahora concesionarias de las vías para compensar la inversión que realizaron en su construcción y que aún no habían amortizado.

Según lo establecido por ley, una vez que se rescinde el contrato de concesión, la Administración cuenta con un plazo de seis meses para calcular y abonar este importe.

Así, en este caso, toda vez que el contrato se anuló este viernes, el plazo se extiende hasta el 13 de enero de 2019.

Por el momento, el Gobierno ha rescindido el contrato y, por lo tanto, se empieza afrontar el pago de la RPA, de seis de las nueve vías quebradas.

Se trata de las cuatro radiales de Madrid (dos de ellas en un mismo contrato), de la M-12 Eje Aeropuerto, que une la capital con el aeropuerto, de la AP-36 Ocaña-La Roda, y del tramo de la AP-7 entre Cartagena y Vera, según informó el ministro de Fomento, José Luis Ábalos, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Ábalos remarcó que esta resolución es obligada por Ley ante casos de quiebra de infraestructuras públicas concesionadas y, además, forma parte del plan de ‘rescate’ que el anterior equipo de Fomento diseñó para estas autopistas. «Es una decisión del anterior Gobierno», remarcó Ábalos.

LA RELICITACIÓN, APLAZADA A 2019
En virtud de este plan ideado y ‘heredado’ de Íñigo de la Serna, estaba previsto sacar a concurso el contrato de concesión las vías para devolver su explotación a empresas privadas este mismo año.

Con este proceso se prevé levantar unos 1.000 millones de euros para así amortiguar el coste de la RPA, cuyo pago, no obstante, ya se había reconocido que impactará en el déficit público.

No obstante, en este sentido, el nuevo titular de Fomento se limitó a apuntar que «ahora se abre un escenario de futuro para las vías del que ya informaremos».

En su comparecencia parlamentaria de la víspera, Ábalos confirmó que el contrato para relicitar las autopistas no podrá hacerse hasta 2019, y no este año como inicialmente estaba previsto, dado que los pliegos del concurso aún no están listos y aún queda un «largo y complejo proceso» para contar con ellos.

GESTIONADAS POR FOMENTO
Por el momento, estas vías están bajo el paraguas del Ministerio que, tras su ‘rescate’ escalonado en la primera mitad de este año, las gestiona y explota a través de su sociedad pública Seittsa.

Las nueve autopistas quebradas, que se completan con la AP-41 Madrid-Toledo y la Circunvalación de Alicante, copan casi una quinta parte (570 kilómetros) del total de la red viaria de pago. Su construcción supuso una inversión de 7.000 millones y suman deuda de 3.200 millones.

Las vías comenzaron a presentar dificultades al comienzo de la crisis por los sobrecostes de las expropiaciones y el desplome de los tráficos, y en 2012 empezaron a quebrar en cadena.

Todos los gobiernos que se han sucedido desde entonces han diseñando distintos planes de rescate que no acabaron de prosperar hasta que la recuperación de los tráficos al fin de la crisis permitió al anterior ministro plantear el proyecto de ‘rescate’ y posterior relicitación actualmente en marcha.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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