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El Gobierno tiene seis meses para pagar la ‘factura’ de las autopistas ‘rescatadas’

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MADRID/ALICANTE, 13 Jul. (EUROPA PRESS) – El Gobierno ha dado inicio al periodo de seis meses con que cuenta por ley para calcular y pagar la ‘factura’ que supone para el Estado el ‘rescate’ de las nueve autopistas quebradas, entre ellas la Circunvalación de Alicante, una vez que el Consejo de Ministros de este viernes ha rescindido los contratos de concesión de las vías.

El anterior Ejecutivo estimó esta ‘factura’ en unos 1.800 millones de euros, tal como incluyó en el plan de estabilidad remitido a Bruselas el pasado mes de mayo.

No obstante, las concesionarias de las autopistas y los ‘fondos oportunistas’ que se quedaron con su deuda la elevan a entre 4.000 y 5.000 millones de euros.

Por ello, el anterior equipo de Fomento ya había asumido que la fijación de este importe acabaría siendo decidido por un juez tras un largo proceso judicial.

El importe en liza es la denominada responsabilidad patrimonial de la administración (RPA), lo que, en virtud de los contratos de concesión, el Estado debe abonar a las hasta ahora concesionarias de las vías para compensar la inversión que realizaron en su construcción y que aún no habían amortizado.

Según lo establecido por ley, una vez que se rescinde el contrato de concesión, la Administración cuenta con un plazo de seis meses para calcular y abonar este importe.

Así, en este caso, toda vez que el contrato se anuló este viernes, el plazo se extiende hasta el 13 de enero de 2019.

Por el momento, el Gobierno ha rescindido el contrato y, por lo tanto, se empieza afrontar el pago de la RPA, de seis de las nueve vías quebradas.

Se trata de las cuatro radiales de Madrid (dos de ellas en un mismo contrato), de la M-12 Eje Aeropuerto, que une la capital con el aeropuerto, de la AP-36 Ocaña-La Roda, y del tramo de la AP-7 entre Cartagena y Vera, según informó el ministro de Fomento, José Luis Ábalos, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Ábalos remarcó que esta resolución es obligada por Ley ante casos de quiebra de infraestructuras públicas concesionadas y, además, forma parte del plan de ‘rescate’ que el anterior equipo de Fomento diseñó para estas autopistas. «Es una decisión del anterior Gobierno», remarcó Ábalos.

LA RELICITACIÓN, APLAZADA A 2019
En virtud de este plan ideado y ‘heredado’ de Íñigo de la Serna, estaba previsto sacar a concurso el contrato de concesión las vías para devolver su explotación a empresas privadas este mismo año.

Con este proceso se prevé levantar unos 1.000 millones de euros para así amortiguar el coste de la RPA, cuyo pago, no obstante, ya se había reconocido que impactará en el déficit público.

No obstante, en este sentido, el nuevo titular de Fomento se limitó a apuntar que «ahora se abre un escenario de futuro para las vías del que ya informaremos».

En su comparecencia parlamentaria de la víspera, Ábalos confirmó que el contrato para relicitar las autopistas no podrá hacerse hasta 2019, y no este año como inicialmente estaba previsto, dado que los pliegos del concurso aún no están listos y aún queda un «largo y complejo proceso» para contar con ellos.

GESTIONADAS POR FOMENTO
Por el momento, estas vías están bajo el paraguas del Ministerio que, tras su ‘rescate’ escalonado en la primera mitad de este año, las gestiona y explota a través de su sociedad pública Seittsa.

Las nueve autopistas quebradas, que se completan con la AP-41 Madrid-Toledo y la Circunvalación de Alicante, copan casi una quinta parte (570 kilómetros) del total de la red viaria de pago. Su construcción supuso una inversión de 7.000 millones y suman deuda de 3.200 millones.

Las vías comenzaron a presentar dificultades al comienzo de la crisis por los sobrecostes de las expropiaciones y el desplome de los tráficos, y en 2012 empezaron a quebrar en cadena.

Todos los gobiernos que se han sucedido desde entonces han diseñando distintos planes de rescate que no acabaron de prosperar hasta que la recuperación de los tráficos al fin de la crisis permitió al anterior ministro plantear el proyecto de ‘rescate’ y posterior relicitación actualmente en marcha.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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