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El puerto de València repite como el mejor de España en conectividad marítima

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VALÈNCIA, 29 Oct.- El índice de Conectividad de los Puertos Españoles (ICP), correspondiente al primer semestre de 2019- ha situado a Valenciaport como el mejor puerto conectado del sistema portuario español. El ICP es un indicador semestral elaborado por la Autoridad Portuaria de Valencia (APV) y la Fundación Valenciaport que tiene como objetivo medir y realizar un seguimiento de la conectividad marítima.

Como novedad, en este primer semestre el ICP ha estrenado un nuevo logotipo que pasará a ser la imagen identificativa de este índice. Los resultados obtenidos en el cálculo del Índice de Conectividad Portuaria (ICP) para el primer semestre de 2019 muestran cambios de tendencia respecto al descenso iniciado el semestre anterior en algunos puertos españoles, ha informado la Autoridad Portuaria en un comunicado.

Valenciaport sigue liderando el ranking de conectividad, pese a reducir su margen respecto Algeciras, que ocupa la segunda posición. Además, en el semestre analizado, dicho puerto ha experimentado una mejora en su conectividad respecto al periodo anterior, pasando de 97,31 a 100,76 puntos.

Este incremento «se debe al aumento en el número de servicios disponibles y sus variables asociadas (capacidad ofertada y número de buques), así como por el aumento del número de puertos de destino».

Por su parte, Algeciras ha experimentado la mayor subida en sus niveles de conectividad al pasar de los 83,85 a los 92,14 puntos. Los factores detrás de este aumento son principalmente el número de servicios marítimos, navieras y el número de puertos de destino. En cuanto a Barcelona, este ha conseguido una ligera mejora en su conectividad respecto al semestre anterior, provocado por el mayor número de puertos de destino y mayor número de buques.

De entre los principales puertos, destaca también el incremento en los niveles de conectividad de Tarragona y Castellón, ambos ubicados en la fachada Mediterránea española. En la misma fachada, el puerto de Málaga ve reducida su conectividad tras la pérdida de dos servicios marítimos de Transporte Marítimo de Corta Distancia (TMCD). En cambio, los puertos pertenecientes a la fachada Atlántica, prácticamente se mantienen en los niveles de conectividad del semestre anterior, con mínimas diferencias por encima (Bilbao) y por debajo (Vigo).

Por último, los dos grandes puertos canarios también han aparecido en posiciones destacadas en el ICP, pese a que tanto Tenerife como Las Palmas obtienen menores niveles de conectividad que en el periodo anterior, derivado en ambos casos a la pérdida de servicios marítimos.

El ICP analiza siete variables: los servicios de TCMD, los tráficos de contenedores que operan en los puertos españoles, las empresas que ofrecen esos servicios, los buques adscritos, las toneladas que se están manejando, el tamaño máximo de los buques, la frecuencia y el número de puertos conectados de manera directa. El índice de conectividad está basado en datos objetivos ya que la fuente primaria para su confección son las navieras y la oferta existente.

FUENTE: (EUROPA PRESS)

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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