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Entran en vigor este viernes los aranceles estadounidenses a productos agroalimentarios europeos

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MADRID, 18 Oct.- Los aranceles estadounidenses a productos agroalimentarios europeos, como represalia del conflicto por las ayudas públicas a Airbus en el marco de la OMC, entran en vigor este viernes, 18 de octubre.

Esta decisión se ampara en la resolución por parte del panel de arbitraje de la Organización Mundial del Comercio (OMC) de una disputa por subsidios de la UE a la aviación civil, que ha autorizado a Estados Unidos a imponer contramedidas a la UE por valor de 6.800 millones de euros (afectando a España por un valor en torno a 790 millones de euros).

El Banco de España ha estimado que el incremento de los aranceles a productos agroalimentarios españoles desde el 3,5% actual hasta el 25%, implicará un descenso de las ventas de estos productos a la economía norteamericana de, al menos, el 12%, es decir, unos 95 millones de euros, casi el 0,01€ del PIB.

De su lado, los técnicos de Aduanas, representados en Gestha, han estimado que los aproximadamente 700 millones de euros de determinadas exportaciones españolas soportarán un nuevo coste arancelario de casi 120 millones de euros.

De esta modo, España será el sexto país de la Unión Europea que más sufrirá los nuevos aranceles de Estados Unidos, por detrás de Alemania, Francia, Reino Unido, Italia e Irlanda.

Sin embargo, Gestha asegura que el impacto de la medida en España afectará apenas al 0,7% de todas las exportaciones españolas y para los sectores afectados por las medidas de Estados Unidos será «significativamente menor de lo esperado», pues las ventas a este país son el 4,5% de las exportaciones mundiales, y de ellas solo el 5,5% estarán afectadas por el arancel.

Al mismo tiempo, las medidas arancelarias ponen en peligro las ventas a este país de los ocho sectores más afectados -aceite de oliva, vino, aceitunas, quesos y otros lácteos, productos del porcino, zumos, licores, moluscos y frutas preparadas o conservadas-, y podrían suponer la pérdida de más de 5.000 empleos en España.

EL ACEITE Y EL VINO, ENTRE LOS MÁS AFECTADOS
Los productos españoles más afectados por el aumento arancelario que aplicará el Gobierno de Donald Trump serán el aceite de oliva virgen, las aceitunas y el aceite de oliva, cuya presencia en el mercado estadounidense es casi una quinta parte de las exportaciones de aceite y el 23,7% de las exportaciones de aceitunas.

Al mismo tiempo, El mercado de Estados Unidos de los vinos españoles en 2018 fue el cuarto en cuanto a exportaciones españolas en valor, con un total de 325 millones de euros exportados y un volumen de 90 millones de litros.

Por lo que respecta al vino afectado (vinos tranquilos envasados de menos de 14 grados), el valor de las exportaciones en 2018 rondaría los 240 millones de euros, ya que están excluidas categorías como los espumosos o los vinos generosos.

A raíz de esta política arancelaria, el sector agrolimentario español se ha alíado para ejercer presión negociadora hasta el último momento, tanto en las relaciones directas del Ejecutivo español con Estados Unidos, como por parte de la Unión Europea, para llegar a un acuerdo que evite la aplicación de los aranceles o al menos su «congelación».

España exportó a Estados Unidos el pasado año por valor de 1.843,47 millones de euros y el país norteamericano es el primer mercado de destino de las exportaciones de alimentos y bebidas después de la Unión Europea.

Fuente: EUROPA PRESS

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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