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La Comunitat Valenciana no abrirá los colegios en julio para clases de repaso

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escuelas infantiles valencia admisión

La Conselleria de Educación asegura que los meses de verano mantendrán su carácter no lectivo y, por lo tanto, no contempla que los centros impartan en julio clases de repaso.

Si lo permiten las autoridades sanitarias, se harán las actividades lúdicas que organizan todos los veranos los ayuntamientos, asociaciones y ONG y que cuentan «con todo el apoyo de la Conselleria».

Así lo han manifestado fuentes del departamento de Campanar sobre la posibilidad de que ha decidido dar el Ministerio de Educación a las comunidades autónomas para que los colegios puedan abrir en verano para ofrecer clases de refuerzo voluntarias a los estudiantes con problemas para seguir la educación a distancia durante el confinamiento por la pandemia del coronavirus.

GVA

Además, desde Educación de la Generalitat han avanzado que el próximo curso arrancará con planes de apoyo a todo el alumnado que lo necesite.

La propuesta de abrir los colegios en verano para ofrecer clases de apoyo es una petición de organizaciones como Save The Children y la Confederación Española de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos CEAPA para que los estudiantes «en situación desfavorecida o con desfase educativo» puedan recuperar materia, pero también para ayudar a la conciliación de las familias «en momentos económicos que se prevén muy duros» cuando finalice el Estado de Alarma.

La mayoría de los sindicatos docentes se habían opuesto en las últimas semanas a la posibilidad de que el curso se prolongase durante verano para dar descanso tanto a profesores como estudiantes y familias. Los sindicatos defienden que la suspensión de las clases presenciales no ha supuesto la interrupción del curso, y los docentes han seguido tele trabajando desde que cerraron los centros escolares.

CURSO ESCOLAR: El aprobado será la norma general, la excepción será repetir y clases voluntarias en julio

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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