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La Fiscalía pide 7 años de cárcel y 81.000 euros de multa para el ‘pequeño Nicolás’

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VALÈNCIA, 20 May.- Este lunes comienza el juicio contra Francisco Nicolás Gómez Iglesias, conocido como el ‘peueño Nicolás’, por hacerse pasar por enlace de la Casa Real. La Fiscalía propone una pena de siete años de cárcel y una multa de 81.000 euros.

El conocido como caso Ribadeo sienta en el banquillo al pequeño Nicolás, por presuntos delitos de usurpación de funciones públicas, falsedad de documento oficial y cohecho activo. Esta presunta estafa se remonta a 2014, cuando Francisco Nicolás habría acordado una entrevista con el cabecilla de la empresa Alsa. Para ello se habría hecho pasar por enlace entre el Gobierno y la Casa Real, para lo que habría tenido que falsificar varios documentos oficiales, como falsas acreditaciones del Ministerio de Interior.

En esta trama habrían participado también Jorge González Hormigos, cabo de la Policía Nacional, y a  Carlos Pérez López-Dávila, miembro de la Policía Municipal de Torrijos (Toledo). Para estos dos últimos se establecería una pena de prisión de hasta cinco años y medio. González Hormigos habría solicitado a Pérez López-Dávila que le proporcionara, a cambio de una retribución económica, los medios policiales necesarios para hacerse pasar por un cargo público.

El juicio por el caso Ribadeo podría aplazarse tras la renuncia de la abogada defensora de el ‘pequeño Nicolás’ por presuntas»presiones indirectas». Toda esta polémica ha estallado a menos de una semana de las elecciones europeas, a las que Francisco Nicolás se presenta con su partido Influencia Joven.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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