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Valencia

La parroquia de San Nicolás instala su belén vertical «único en Europa»

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VALÈNCIA, 18 Dic. (EUROPA PRESS) – La parroquia de San Nicolás de València ha instalado un belén «muy peculiar, único en Europa en sus dimensiones, que dispone sus figuras de modo vertical, quedando así representada la variada orografía del nacimiento y del propio pueblo».

Con más de cien figuras humanas, este nacimiento, obra de Pedro Ródenas, combina «la plasticidad y la iluminación para dotar la escena de los efectos ópticos y la espectacularidad necesaria a sus cinco metros y medio de altura», destaca la parroquia a través de un comunicado.

El belén se puede ver en San Nicolás durante el horario de visita cultural al templo, es decir, todos los días de la semana a excepción del lunes.

El belenista ha contado con el trabajo del artista Daniel Alcántara en la ejecución de las figuras centrales, las del nacimiento y los Reyes Magos, y con el trabajo de José Luis Mayo en el resto de las piezas.

Según ha señalado Ródenas, «es un belén complejo, porque cuenta con unas medidas grandes y muchas piezas, pero tenemos la ventaja de que se ha aprovechado la disposición de la propia capilla donde se ha montado, que posee las características necesarias para estructurarlo todo en su interior». «Cuenta con una hornacina que ha permitido la disposición vertical que se requería y, así, todo el Belén queda integrado en la capilla», añade.

El inicio de la narración del conjunto comienza en la parte alta, donde se representa el Palacio de Herodes y el empadronamiento de José y María; la siguiente escena sucede en las calles de Belén, donde van buscando posada; aparece un mercado y el establo donde se quedarán finalmente; por último, está la escena de la caravana de los Reyes Magos.

Las figuras, hechas con corcho blanco y masilla, cuentan con diferentes dimensiones, las hay de 30, 24, 19 y 16 centímetros, y son estas diferencias las que permiten al espectador tener perspectiva. Se ha dispuesto, además, vegetación tanto natural como artificial.

El belén de este año es de medidas aún más grandes que el que se hizo el año pasado para San Nicolás, según ha explicado Pedro Ródenas, «ya que nace del suelo, con una base de cuatro metros, y ocupa toda la capilla del Beato Gaspar Bono en una altura de 5.50 metros». La iluminación, finalmente, marca el tono de todo el conjunto artístico.

La brillante ‘Fanfare en Re Mayor’ de J. C. Bridge, un compositor inglés del siglo XIX, interpretada por la Capilla Musical de San Nicolás solemnizará la bendición del Belén, que tendrá lugar el domingo 23 tras el Concierto de Navidad.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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