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La venta online de los productos “Made in Región de Murcia” se pone en marcha en China

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Hoy, más de 40 empresarios de la Región de Murcia recibieron algunas sugerencias especializadas para entrar en el mercado chino de venta online y proponer directamente sus productos “Made in Región de Murcia” en un mercado que cuenta con 1.300 millones de personas y 600 millones de compradores por Internet.

El Instituto de Fomento acogió una jornada en la que los empresarios pudieron conocer las estrategias necesarias para posicionar sus productos en el canal Casa España del portal JD.com, uno de los portales líder y preferido de los chinos para hacer sus compras online, evitándose los difíciles procesos de registro aduanero de China, gracias a las magníficas ventajas de la política de libre comercio de este país en comercio electrónico.

«Dentro del Plan Asia de Comercio Exterior del Gobierno regional hemos dado pasos fundamentales para seguir avanzando en comercializar nuestros productos en el gigante asiático, siendo China un mercado tradicionalmente proteccionista y el que mayores posibilidades de crecimiento ofrece», afirmó el director del Info, Joaquín Gómez.

Este canal español, ofrece ventajas que evitan las dificultades burocráticas. Así, para la venta ‘online’ basta completar un registro y cumplir la normativa española. De igual forma, este canal permite vender y enviar directamente al consumidor final el producto ‘Made in Región de Murcia’ desde un almacén de venta directa al consumidor.

Esta iniciativa hispano-china, facilita la entrada de productos murcianos en el mercado asiático con el minúsculo coste para la pyme. Además, proporciona la inminente entrega al consumidor chino.

«Seguimos avanzando en hacer más fácil a las empresas de la Región su entrada y consolidación en los mercados internacionales, especialmente en aquellos con mayores posibilidades de crecimiento como pueda ser el chino y el resto de destinos asiáticos», concluyó Gómez.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
PIXABAY

La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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