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La Generalitat confina a 210.000 personas en Lleida por nuevos contagios

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La Generalitat de Cataluña ha decretado el confinamiento desde este sábado a mediodía del perímetro de la comarca del Segrià, en el suroeste de Lleida limítrofe con Aragón, donde residen 210.000 personas, incluida la capital, debido a un aumento de casos de coronavirus en la provincia, que suma nueve brotes activos.

La medida más contundente frente a la pandemia desde el final del estado de alarma el 20 de junio -hasta ahora solo habían pasado a fase 2 de desescalada algunas zonas de Aragón- se ha producido en el primer fin de semana del periodo vacacional, una jornada en la que se ha incrementado considerablemente en España el tráfico por carretera hacia los lugares de descanso y el aeroportuario.

El Gobierno ha acordado restringir la entrada y salida de personas en la comarca del Segrià, dada la situación de casos de infección por COVID-19. La restricción entrará en vigor a partir de las 12.00 horas del día 4 de julio de 2020.

Además:

A partir de las 16:00 horas del día 4 de julio de 2020, quedará prohibida toda salida o entrada de la comarca del Segrià, salvo de personas trabajadoras en sus desplazamientos por motivos laborales en sus centros de trabajo, incluyendo el transporte, la prestación de servicios, el comercio y las actividades empresariales y otras económicas.

Las restricciones no afectarán a la circulación por autovías y autopistas cuando se trate de movilidad con origen y destino fuera de la comarca del Segrià siempre y cuando no comporte la movilidad fuera de estas vías.

Se recomienda a la población de la comarca del Segrià la permanencia en sus municipios de residencia y limitar la movilidad a los casos imprescindibles.

Dentro de la comarca del Segrià se podrán establecer otras medidas de restricción de actividades y movilidad.
Se emitirá un nuevo comunicado tan pronto como se produzcan novedades en el desarrollo de la situación de emergencia.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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