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PSOE y Sumar cierran el acuerdo para formar un Gobierno de coalición que incluye reducir la jornada laboral

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jornada laboral Sumar investidura de Sánchez
La líder de Sumar Yolanda Díaz (d), y el presidente del Gobierno en funciones y líder del PSOE, Pedro Sánchez (i). EFE/ Emilio Naranjo

Tras una negociación que se ha alargado hasta esta madrugada, PSOE y Sumar han alcanzado un acuerdo programático para la formación de un nuevo gobierno de coalición, que incluye, entre otras medidas relevantes, la reducción de la jornada laboral sin reducción salarial y el refuerzo del sistema público de salud para reducir listas de espera.

Fue tras la reunión de Sánchez y su actual vicepresidenta segunda y líder de Sumar, Yolanda Díaz, cuando se cerró un pacto que encalló en el principal escollo de la reducción de la jornada laboral a 37 horas y media, que Sumar veía como condición prioritaria para sellar un gobierno de coalición con los socialistas.

PSOE y Sumar han informado en un comunicado de este acuerdo, que se ha logrado después de que quedara prácticamente ultimado en una reunión que celebraron el lunes Sánchez y la líder de Sumar y vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz.

Serán ellos quienes ratifiquen este acuerdo en un acto público a las 12:30 horas y en el que ambos tomarán la palabra después de que hayan protagonizado el cierre de los detalles de este pacto.

Un pacto que ambas formaciones subrayan que servirá para una legislatura de cuatro años y permitirá a España “seguir creciendo de manera sostenible y con empleo de calidad, desarrollando políticas basadas en la justicia social y climática, y ampliando derechos, conquistas feministas y libertades”.

El pleno empleo, objetivo para la próxima legislatura

Añaden que el objetivo del pleno empleo para la próxima legislatura será una prioridad y entre otras medidas relevantes, incluye “ambiciosos avances” en materia laboral como la reducción de jornada sin reducción salarial, la implementación de forma inmediata de un plan de choque contra el desempleo juvenil y el refuerzo del sistema público de salud.

También el aumento del parque público de vivienda con el objetivo de que alcance el 20 % del parque total, la revisión al alza de los objetivos de la Ley de Cambio Climático, la ampliación de los permisos retribuidos por nacimiento y la universalización de la educación de 0 a 3 años, con la garantía de que el acceso a la educación pública para niños y niñas de dos años será para todos al final de la legislatura.

Asimismo, recoge una reforma fiscal justa que haga que la banca y las grandes energéticas contribuyan al gasto público.

 

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Convivir con mayores de 65 años: Hacienda podrá darte hasta 1.150 euros

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Hacienda mayores 65 años
Hacienda-ARCHIVO

Esta ayuda fiscal puede aplicarse en la declaración de la Renta si convives con un padre, madre, abuelo o cualquier ascendiente mayor

¿Sabías que si convives con una persona mayor de 65 años puedes ahorrarte hasta 2.250 euros en la declaración de la Renta? Se trata de un beneficio fiscal contemplado por la Agencia Tributaria que puede suponer un importante alivio económico para miles de familias en España.

¿En qué consiste esta deducción?

La deducción fiscal por ascendientes mayores de 65 años se aplica en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) y está diseñada para contribuir a los gastos de las familias que cuidan a personas mayores en el hogar. Este incentivo puede alcanzar los 1.150 euros anuales por cada persona que reúna los requisitos, e incluso llegar hasta los 2.250 euros si el ascendiente tiene más de 75 años.

¿Quién puede beneficiarse de esta ayuda?

Para poder acceder a esta deducción, deben cumplirse una serie de requisitos específicos:

✔ Edad y parentesco del ascendiente

  • Debe tratarse de un ascendiente en línea recta: padre, madre, abuelo o bisabuelo del contribuyente.

  • El ascendiente debe tener 65 años o más.

  • En caso de discapacidad reconocida del 33% o superior, no se exige límite de edad.

✔ Convivencia

  • Es obligatorio que el ascendiente resida con el contribuyente durante al menos la mitad del año fiscal.

  • En el caso de personas con discapacidad, también se acepta la estancia en centros especializados como forma válida de convivencia.

✔ Límite de ingresos

  • El ascendiente no debe haber obtenido ingresos superiores a 8.000 euros anuales (sin contar las rentas exentas).

  • Además, no puede haber declarado más de 1.800 euros en su propia declaración de la Renta.

✔ Fallecimiento del ascendiente

  • Si el ascendiente fallece durante el año fiscal pero cumple los requisitos anteriores, se mantiene el derecho a deducción (1.150 euros).


¿Cuánto puedes deducirte?

Situación del ascendiente Cuantía deducible
Mayor de 65 años 1.150 €
Mayor de 75 años 2.250 €
Fallecido durante el año 1.150 €

La deducción se aplicará automáticamente si se cumplen las condiciones y se reflejan correctamente en el borrador de la Renta. Por eso, es importante revisar bien los datos personales y familiares antes de confirmar la declaración.


¿Cómo aplicar esta deducción?

  1. Verifica que todos los datos fiscales estén actualizados, especialmente la residencia habitual del ascendiente.

  2. Comprueba los ingresos anuales del ascendiente, que deben estar dentro de los límites exigidos.

  3. Asegúrate de que la convivencia se mantuvo durante más de 183 días al año.

  4. Si procede, incluye la deducción correspondiente en el apartado de «mínimos personales y familiares» del borrador.


Un alivio fiscal para quienes cuidan a sus mayores

Esta deducción es una forma de reconocer el esfuerzo de miles de familias que asumen el cuidado de personas mayoresen sus propios hogares, favoreciendo además el mantenimiento del entorno familiar y reduciendo la presión sobre el sistema asistencial público.

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