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Sucesos

22 años de cárcel para un guardia civil que intentó envenenar a la familia de una compañera

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ALICANTE, 3 May. (EUROPA PRESS) – La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la condena a 22 años de prisión a un brigada de la Guardia Civil por intentar envenenar con un plaguicida en 2016 a una compañera del puesto de la Vila Joiosa (Alicante), con la que se había obsesionado, al marido de ella y al hijo de ambos de tres años.

Según la sentencia, facilitada por el TJSCV, el condenado accedió a la vivienda de su compañera en la casa cuartel el 3 de junio de 2016, con una copia de la llave, y vertió un plaguicida en el arroz cocido que tenía la pareja preparado para comer.

Un día después fue detenido y en el registro de su casa, situada en un anexo al cuartel, los agentes encontraron un ‘pen drive’ con un documento en el que el condenado reflexionaba sobre lo que pensaba hacer. Allí dejó escrito que había llegado el momento «de ver si de verdad» tenía «valor de hacerlo» porque «una cosa es pensarlo y otra atreverse a hacerlo».

El hombre se reconoce «muy cobarde para hacerlo», pero sostiene que «lo necesita» porque está en un «sinvivir» ya que su compañera es «inmensamente feliz» y no lo puede «soportar, no me deja dormir por las noches». Y asegura: «Me corroe la envidia, y me ahoga, si no lo hago creo que reventaré».

Además, en el texto localizado asegura que lo intentó «en otras ocasiones», de «forma diferente y sin medir bien el daño que pueda causar, vamos, que no he tenido en cuenta los daños colaterales, no me ha salido bien, pero un día de estos, o bien me sale bien o por el contrario me pillan. Si esto último pasa, no sé qué haría…».

Así, la sentencia detalla que el condenado entró en «numerosas ocasiones» en la vivienda de la pareja desde diciembre de 2015 sin su consentimiento y «con la intención de acabar con la vida» vertió «sustancias tóxicas a las comidas, que desprendían olores fuertes y sabor desagradable». Además, se llevó objetos personales como el pasaporte de ella, ante un viaje planificado por la pareja, llaves, DNIs caducados, fotos personales y familiares, e incluso «algunas de carácter sexual de ella», como juguetes sexuales y ropa interior de ella.

Al respecto, la sala subraya que el hombre tenía pleno conocimiento de los horarios de la pareja y de sus pormenores por razón de su relación laboral y de «confianza».

Por todo ello, fue condenado a siete años y seis meses por dos intentos de asesinato sobre adultos, diez años de un delito de asesinato sobre un menor de 16 años, un año y tres meses por allanamiento de morada continuado y tres años y tres meses por delito continuado agravado contra la intimidad. Además, se le impuso una multa de 192 euros, una indemnización de 20.000 hacia la pareja y cinco años de libertad vigilada y con prohibición de acercamiento.

Contra la sentencia, la defensa del condenado interpuso un recurso porque consideró que no quedó clara su voluntad de «consumación», dado que al conocer los efectos de los plaguicidas «empleó pequeñísimas dosis sin riesgos para la familia». Y alegaba que la cantidad detectada en el arroz cocido «nunca podría haber acarreado consecuencia nociva» si la hubiesen ingerido, y agrega que «nunca se alcanzó una dosis letal».

Además, sostuvo la defensa que no hay prueba de que accediera a la vivienda desde diciembre de 2015 y pide la rebaja de la pena del delito agravado de intimidad.

Frente a ello, la Sala del TJSCV subraya que el condenado no tenía «dominio» para conocer el resultado que sufrirían las víctimas y que la Organización Mundial de la Salud señala el producto usado como «moderadamente peligroso», dado que con una «exposición suficiente» puede causar inconsciencia, convulsiones y muerte.

Además, sostiene que las víctimas «detectaron» el tóxico antes de comerlo «durante meses» lo que «evidencia la reiteración, planificación y premeditación». Y habla de «plan prolongado en el tiempo» con una finalidad «homicida», tal y como dejó «meridianamente en las desviadas reflexiones» encontradas en el documento encontrado en su ‘pen-drive’.

Mantiene el TSJCV que «tampoco hay rastro de vulneración del principio de presunción de inocencia» a partir de un «amplio, complejo y probatorio de cargo», con «múltiples pruebas directas e indiciarias».

Finalmente, la sala no asume la revocación de la alevosía, como solicitaba la defensa, porque «allanó de forma reiterada y subrepticia la vivienda» para verter los productos tóxicos que se iban a consumir «confiadamente». Así, habla de «indefensión» de las víctimas y «ausencia de riesgo» para el agresor.

Asimismo, sobre el delito continuado contra la intimidad, la sala califica de «no muy comprensibles» las alegaciones de la defensa cuando se dice que «no existe» prueba de cargo de que entrara en la casa y, por otro lado, se asume un «reconocimiento expreso de que había accedido únicamente en dos ocasiones».

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Sucesos

Investigan la muerte de una niña de 4 años tras caer desde un quinto piso en Calpe

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Tres detenidos por asesinato a tiros en Torrevieja

La Guardia Civil ha abierto una investigación para esclarecer las circunstancias que rodearon la trágica muerte de una niña de 4 años que cayó accidentalmente desde un quinto piso en la localidad alicantina de Calp. Los hechos ocurrieron durante la madrugada del pasado domingo 7 de septiembre.

Según ha informado el diario Información y han confirmado fuentes del instituto armado a Europa Press, la menor sufrió una caída desde el balcón de un apartamento situado en una planta alta de un edificio residencial. A raíz del impacto, fue trasladada de urgencia a un centro hospitalario, donde permaneció varios días ingresada en estado crítico. Finalmente, falleció el pasado viernes a causa de las graves lesiones sufridas.

¿Cómo ocurrió la caída en Calpe?

De acuerdo con la información publicada por medios locales, el accidente tuvo lugar alrededor de las cinco de la madrugada. En el momento de la caída, la niña se encontraba acompañada únicamente por otros dos menores: un bebé de un año y una adolescente de 14 años, prima de la víctima, quien presuntamente estaba al cuidado de los más pequeños. No había ningún adulto presente en el domicilio cuando ocurrió el trágico suceso.

La Policía Judicial de la Guardia Civil ha asumido la investigación del caso con el objetivo de determinar si hubo negligencia o responsabilidad por parte de los adultos encargados de la tutela de los menores en ese momento.

Investigación en curso

Aunque las primeras hipótesis apuntan a una caída accidental, los agentes siguen recabando testimonios y revisando posibles pruebas que permitan esclarecer con precisión cómo y por qué se produjo el suceso. Hasta el momento, no se han comunicado detenciones ni cargos relacionados con el caso.

Seguridad infantil y supervisión

Este incidente ha vuelto a poner sobre la mesa la importancia de la supervisión de menores, especialmente en entornos de riesgo como viviendas en altura. Las autoridades insisten en la necesidad de tomar todas las medidas de seguridad posibles, como instalar barreras en ventanas y balcones, y nunca dejar a menores solos sin la vigilancia de un adulto responsable.

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