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Sucesos

22 años de cárcel para un guardia civil que intentó envenenar a la familia de una compañera

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ALICANTE, 3 May. (EUROPA PRESS) – La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la condena a 22 años de prisión a un brigada de la Guardia Civil por intentar envenenar con un plaguicida en 2016 a una compañera del puesto de la Vila Joiosa (Alicante), con la que se había obsesionado, al marido de ella y al hijo de ambos de tres años.

Según la sentencia, facilitada por el TJSCV, el condenado accedió a la vivienda de su compañera en la casa cuartel el 3 de junio de 2016, con una copia de la llave, y vertió un plaguicida en el arroz cocido que tenía la pareja preparado para comer.

Un día después fue detenido y en el registro de su casa, situada en un anexo al cuartel, los agentes encontraron un ‘pen drive’ con un documento en el que el condenado reflexionaba sobre lo que pensaba hacer. Allí dejó escrito que había llegado el momento «de ver si de verdad» tenía «valor de hacerlo» porque «una cosa es pensarlo y otra atreverse a hacerlo».

El hombre se reconoce «muy cobarde para hacerlo», pero sostiene que «lo necesita» porque está en un «sinvivir» ya que su compañera es «inmensamente feliz» y no lo puede «soportar, no me deja dormir por las noches». Y asegura: «Me corroe la envidia, y me ahoga, si no lo hago creo que reventaré».

Además, en el texto localizado asegura que lo intentó «en otras ocasiones», de «forma diferente y sin medir bien el daño que pueda causar, vamos, que no he tenido en cuenta los daños colaterales, no me ha salido bien, pero un día de estos, o bien me sale bien o por el contrario me pillan. Si esto último pasa, no sé qué haría…».

Así, la sentencia detalla que el condenado entró en «numerosas ocasiones» en la vivienda de la pareja desde diciembre de 2015 sin su consentimiento y «con la intención de acabar con la vida» vertió «sustancias tóxicas a las comidas, que desprendían olores fuertes y sabor desagradable». Además, se llevó objetos personales como el pasaporte de ella, ante un viaje planificado por la pareja, llaves, DNIs caducados, fotos personales y familiares, e incluso «algunas de carácter sexual de ella», como juguetes sexuales y ropa interior de ella.

Al respecto, la sala subraya que el hombre tenía pleno conocimiento de los horarios de la pareja y de sus pormenores por razón de su relación laboral y de «confianza».

Por todo ello, fue condenado a siete años y seis meses por dos intentos de asesinato sobre adultos, diez años de un delito de asesinato sobre un menor de 16 años, un año y tres meses por allanamiento de morada continuado y tres años y tres meses por delito continuado agravado contra la intimidad. Además, se le impuso una multa de 192 euros, una indemnización de 20.000 hacia la pareja y cinco años de libertad vigilada y con prohibición de acercamiento.

Contra la sentencia, la defensa del condenado interpuso un recurso porque consideró que no quedó clara su voluntad de «consumación», dado que al conocer los efectos de los plaguicidas «empleó pequeñísimas dosis sin riesgos para la familia». Y alegaba que la cantidad detectada en el arroz cocido «nunca podría haber acarreado consecuencia nociva» si la hubiesen ingerido, y agrega que «nunca se alcanzó una dosis letal».

Además, sostuvo la defensa que no hay prueba de que accediera a la vivienda desde diciembre de 2015 y pide la rebaja de la pena del delito agravado de intimidad.

Frente a ello, la Sala del TJSCV subraya que el condenado no tenía «dominio» para conocer el resultado que sufrirían las víctimas y que la Organización Mundial de la Salud señala el producto usado como «moderadamente peligroso», dado que con una «exposición suficiente» puede causar inconsciencia, convulsiones y muerte.

Además, sostiene que las víctimas «detectaron» el tóxico antes de comerlo «durante meses» lo que «evidencia la reiteración, planificación y premeditación». Y habla de «plan prolongado en el tiempo» con una finalidad «homicida», tal y como dejó «meridianamente en las desviadas reflexiones» encontradas en el documento encontrado en su ‘pen-drive’.

Mantiene el TSJCV que «tampoco hay rastro de vulneración del principio de presunción de inocencia» a partir de un «amplio, complejo y probatorio de cargo», con «múltiples pruebas directas e indiciarias».

Finalmente, la sala no asume la revocación de la alevosía, como solicitaba la defensa, porque «allanó de forma reiterada y subrepticia la vivienda» para verter los productos tóxicos que se iban a consumir «confiadamente». Así, habla de «indefensión» de las víctimas y «ausencia de riesgo» para el agresor.

Asimismo, sobre el delito continuado contra la intimidad, la sala califica de «no muy comprensibles» las alegaciones de la defensa cuando se dice que «no existe» prueba de cargo de que entrara en la casa y, por otro lado, se asume un «reconocimiento expreso de que había accedido únicamente en dos ocasiones».

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Brutal crimen machista en Catarroja: muere una mujer tras tres días en coma por una paliza de su pareja

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crimen machista Catarroja
Imagen del hospital La Fe. Archivo/ EFE/ Kai Forsterling

Crimen machista en Catarroja: fallece una mujer tras una brutal paliza de su pareja

Una mujer de 50 años y nacionalidad española, vecina de Catarroja, ha muerto este martes en el Hospital La Fe de Valencia tras permanecer tres días en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI). La víctima había ingresado en estado de coma a causa de una brutal paliza que presuntamente le habría propinado su pareja sentimental. Este crimen se convierte en la víctima mortal número 50 por violencia machista en lo que va de año en España, una cifra estremecedora que vuelve a poner el foco en la gravedad de esta lacra social.

La agresión ocurrió durante la madrugada entre el viernes y el sábado

La agresión machista se habría producido durante la madrugada del viernes al sábado. Los vecinos de la pareja escucharon una fuerte discusión en el domicilio, señal inequívoca de tensión previa a los hechos. A la mañana siguiente, a las 10.00 horas, el presunto agresor llamó al teléfono de Emergencias 112 alegando haber encontrado a su pareja inconsciente y solicitando una ambulancia urgente.

Hasta el domicilio se trasladó una unidad del SAMU, así como agentes de la Policía Local de Catarroja y de la Guardia Civil de Alfafar. Desde el primer momento, los sanitarios y las fuerzas de seguridad sospecharon que las lesiones no cuadraban con un accidente doméstico. La víctima presentaba numerosos traumatismos, especialmente en la cabeza, y fue trasladada en estado de coma al Hospital La Fe.

Los médicos descartan un accidente y se activa el protocolo por violencia

Los profesionales del hospital descartaron de inmediato que las heridas tuviesen un origen accidental. Los golpes localizados por todo el cuerpo y la gravedad de las lesiones craneales eran compatibles con una agresión continuada. Ante este diagnóstico, se activó el protocolo por delitos violentos y se dio aviso a la Policía Nacional. Tras confirmar que los hechos se habían producido en territorio de competencia de la Guardia Civil, el caso fue derivado al Instituto Armado para que asumiera la investigación.

Detenido el presunto agresor con antecedentes por violencia de género

Ese mismo sábado, agentes de la Guardia Civil procedieron a la detención del presunto agresor, un hombre de 43 años y también de nacionalidad española. Según fuentes próximas a la investigación, el detenido cuenta con un amplio historial delictivo, incluidos antecedentes por violencia machista con otras parejas y periodos previos en prisión. Su perfil delictivo refuerza la gravedad del caso y la necesidad de vigilancia frente a reincidentes en violencia de género, un problema que sigue siendo estructural.

Puesto en libertad con medidas cautelares mientras la víctima estaba en coma

El detenido pasó a disposición judicial en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Sueca, encargado de los casos de violencia machista de varios partidos judiciales de la zona. En ese momento, la víctima seguía con vida, aunque en coma profundo, lo que impidió tomarle declaración sobre los hechos. Al no disponer aún de evolución médica concluyente, el juzgado acordó la libertad provisional del arrestado, con medidas cautelares, entre ellas una orden de alejamiento respecto a su pareja.

La víctima muere tras no superar las lesiones cerebrales

Durante la tarde del martes, el juzgado recibió la peor noticia procedente del centro sanitario: la mujer había fallecido como consecuencia de los traumatismos craneales sufridos. El cuerpo ha sido trasladado al Instituto de Medicina Legal de Valencia, donde este miércoles se realizará la autopsia para determinar con precisión el alcance de las lesiones y el momento exacto de la muerte.

El agresor intentó justificar los golpes como una caída accidental

En un intento de enmascarar lo ocurrido, el detenido aseguró que su pareja se había caído accidentalmente. Sin embargo, los médicos descartaron rotundamente esa versión. Las declaraciones de varios vecinos resultaron clave: muchos aseguraron haber escuchado una fuerte discusión y golpes durante la madrugada. Todo apunta a que la paliza se produjo durante esa noche y que el agresor no avisó a los servicios de emergencia hasta varias horas después, lo que podría haber agravado el pronóstico de la víctima.

Tres días en coma antes de fallecer

Cuando el personal del SAMU llegó al domicilio, encontró a la mujer totalmente inconsciente y en estado crítico. Fue evacuada de inmediato al Hospital La Fe, donde ingresó en coma profundo. Pese a los esfuerzos del equipo médico, tres días después no pudo superar la gravedad de las lesiones cerebrales. Su muerte eleva a cinco las víctimas mortales por violencia machista en la Comunitat Valenciana en lo que va de 2025.

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