Sucesos
22 años de cárcel para un guardia civil que intentó envenenar a la familia de una compañera
Publicado
hace 8 añosen
ALICANTE, 3 May. (EUROPA PRESS) – La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la condena a 22 años de prisión a un brigada de la Guardia Civil por intentar envenenar con un plaguicida en 2016 a una compañera del puesto de la Vila Joiosa (Alicante), con la que se había obsesionado, al marido de ella y al hijo de ambos de tres años.
Según la sentencia, facilitada por el TJSCV, el condenado accedió a la vivienda de su compañera en la casa cuartel el 3 de junio de 2016, con una copia de la llave, y vertió un plaguicida en el arroz cocido que tenía la pareja preparado para comer.
Un día después fue detenido y en el registro de su casa, situada en un anexo al cuartel, los agentes encontraron un ‘pen drive’ con un documento en el que el condenado reflexionaba sobre lo que pensaba hacer. Allí dejó escrito que había llegado el momento «de ver si de verdad» tenía «valor de hacerlo» porque «una cosa es pensarlo y otra atreverse a hacerlo».
El hombre se reconoce «muy cobarde para hacerlo», pero sostiene que «lo necesita» porque está en un «sinvivir» ya que su compañera es «inmensamente feliz» y no lo puede «soportar, no me deja dormir por las noches». Y asegura: «Me corroe la envidia, y me ahoga, si no lo hago creo que reventaré».
Además, en el texto localizado asegura que lo intentó «en otras ocasiones», de «forma diferente y sin medir bien el daño que pueda causar, vamos, que no he tenido en cuenta los daños colaterales, no me ha salido bien, pero un día de estos, o bien me sale bien o por el contrario me pillan. Si esto último pasa, no sé qué haría…».
Así, la sentencia detalla que el condenado entró en «numerosas ocasiones» en la vivienda de la pareja desde diciembre de 2015 sin su consentimiento y «con la intención de acabar con la vida» vertió «sustancias tóxicas a las comidas, que desprendían olores fuertes y sabor desagradable». Además, se llevó objetos personales como el pasaporte de ella, ante un viaje planificado por la pareja, llaves, DNIs caducados, fotos personales y familiares, e incluso «algunas de carácter sexual de ella», como juguetes sexuales y ropa interior de ella.
Al respecto, la sala subraya que el hombre tenía pleno conocimiento de los horarios de la pareja y de sus pormenores por razón de su relación laboral y de «confianza».
Por todo ello, fue condenado a siete años y seis meses por dos intentos de asesinato sobre adultos, diez años de un delito de asesinato sobre un menor de 16 años, un año y tres meses por allanamiento de morada continuado y tres años y tres meses por delito continuado agravado contra la intimidad. Además, se le impuso una multa de 192 euros, una indemnización de 20.000 hacia la pareja y cinco años de libertad vigilada y con prohibición de acercamiento.
Contra la sentencia, la defensa del condenado interpuso un recurso porque consideró que no quedó clara su voluntad de «consumación», dado que al conocer los efectos de los plaguicidas «empleó pequeñísimas dosis sin riesgos para la familia». Y alegaba que la cantidad detectada en el arroz cocido «nunca podría haber acarreado consecuencia nociva» si la hubiesen ingerido, y agrega que «nunca se alcanzó una dosis letal».
Además, sostuvo la defensa que no hay prueba de que accediera a la vivienda desde diciembre de 2015 y pide la rebaja de la pena del delito agravado de intimidad.
Frente a ello, la Sala del TJSCV subraya que el condenado no tenía «dominio» para conocer el resultado que sufrirían las víctimas y que la Organización Mundial de la Salud señala el producto usado como «moderadamente peligroso», dado que con una «exposición suficiente» puede causar inconsciencia, convulsiones y muerte.
Además, sostiene que las víctimas «detectaron» el tóxico antes de comerlo «durante meses» lo que «evidencia la reiteración, planificación y premeditación». Y habla de «plan prolongado en el tiempo» con una finalidad «homicida», tal y como dejó «meridianamente en las desviadas reflexiones» encontradas en el documento encontrado en su ‘pen-drive’.
Mantiene el TSJCV que «tampoco hay rastro de vulneración del principio de presunción de inocencia» a partir de un «amplio, complejo y probatorio de cargo», con «múltiples pruebas directas e indiciarias».
Finalmente, la sala no asume la revocación de la alevosía, como solicitaba la defensa, porque «allanó de forma reiterada y subrepticia la vivienda» para verter los productos tóxicos que se iban a consumir «confiadamente». Así, habla de «indefensión» de las víctimas y «ausencia de riesgo» para el agresor.
Asimismo, sobre el delito continuado contra la intimidad, la sala califica de «no muy comprensibles» las alegaciones de la defensa cuando se dice que «no existe» prueba de cargo de que entrara en la casa y, por otro lado, se asume un «reconocimiento expreso de que había accedido únicamente en dos ocasiones».
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Sucesos
La Policía Nacional registra la clínica dental de Alzira tras la muerte de una niña de 6 años
Publicado
hace 1 díaen
26 noviembre, 2025
La Policía Nacional ha iniciado este miércoles un registro en la Clínica dental de Alzira, centro donde fueron atendidas una niña de 6 años fallecida y otra de 4 años hospitalizada en la UCI tras recibir tratamientos odontológicos. La inspección está siendo realizada por los grupos de Homicidios y Policía Científica, junto a la letrada judicial, con el objetivo de recopilar toda la documentación, recursos del centro y la medicación almacenada.
Autopsia y análisis forenses
La autopsia inicial practicada a la niña de 6 años no detectó ninguna enfermedad previa ni anomalías en los órganos que expliquen el fallecimiento. Los investigadores esperan los resultados de los análisis de sangre, orina y tejidos, así como de las ampollas y viales utilizados durante el tratamiento, para determinar qué desencadenó la muerte de la menor y la intoxicación de la niña de 4 años.
Los estudios preliminares también descartaron problemas congénitos o malformaciones que pudieran haber dificultado la respiración durante la sedación y la anestesia local, administradas siguiendo los protocolos habituales de odontopediatría.
Sedación consciente y anestesia local
Ambas menores recibieron sedación consciente por el anestesista y anestesia local por la odontopediatra. Según las declaraciones de los profesionales ante la Policía Nacional y la Inspección de Servicios Sanitarios, se emplearon dosis estándar ajustadas al peso y tiempo de relajación recomendado por los laboratorios. Los viales utilizados fueron requisados por la Policía Científica para su análisis.
Investigación en curso
El registro de la clínica se realiza tras la toma de declaración de todo el personal implicado en los tratamientos, incluidos la dueña del centro, la higienista, el anestesista, la odontopediatra y los padres de las menores. La investigación está siendo coordinada por el Juzgado de Instrucción 5 de Alzira, y busca esclarecer las causas que provocaron la reacción adversa que derivó en la muerte de la niña de 6 años.
Qué ocurrió dentro de la clínica: sedaciones, complicaciones y ausencia de infraestructura adecuada
La odontopediatra confirma que no había sala de recuperación
En su comparecencia, la profesional reconoció que la clínica carecía de un espacio acondicionado para la recuperación tras la sedación. Ambas niñas permanecieron en gabinetes dentales, uno de ellos contiguo a la sala donde se realizaron las intervenciones. Allí permanecieron acompañadas por sus familiares y bajo observación.
La odontopediatra insistió en que no se empleó anestesia general, sino sedación, un procedimiento que exige supervisión constante, equipos de reanimación y salas preparadas para la estabilización del paciente.
La menor que falleció estuvo horas en observación
Los padres de la niña fallecida detallaron que su hija permaneció varias horas en observación antes de ser trasladada al Hospital de la Ribera, donde ingresó ya en parada cardiorrespiratoria. Los esfuerzos de los equipos médicos resultaron infructuosos.
La otra menor presentó somnolencia, fiebre, vómitos y dificultad respiratoria, síntomas compatibles con reacciones adversas por sedación, según fuentes sanitarias.
¿Tenía la clínica permiso para realizar sedaciones? Sanidad confirma que no
El lunes, fuentes de la Conselleria de Sanidad confirmaron que la clínica dental no disponía de autorización sanitaria para realizar técnicas de actividad de anestesia, incluidas las sedaciones intravenosas en menores.
La autorización del centro se limitaba a la práctica de odontología y estomatología, lo que permite administrar anestesia local, pero no sedaciones con fármacos intravenosos, que requieren licencia específica, formación acreditada y equipamiento avanzado.
Sanidad ha ordenado el cierre cautelar de la clínica y continúa investigando.
¿Quién realizó las sedaciones? El Colegio de Odontólogos aporta más datos
El Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de Valencia (ICOEV) ha emitido un comunicado en el que:
-
Confirma que los tratamientos fueron realizados por profesionales colegiados.
-
Indica que las sedaciones fueron administradas por un médico especialista en anestesia.
-
Traslada sus condolencias a la familia de la niña fallecida.
-
Muestra su deseo de recuperación para la menor de cuatro años, ya fuera de la UCI.
Pese a ello, los expertos subrayan que la presencia de un anestesista no sustituye las obligaciones estructurales del centro: permisos, sala de recuperación, monitorización y equipamiento de emergencia.
Qué investiga ahora Sanidad: puntos clave del caso
1. La legalidad de la sedación administrada
Se analiza si el tipo de sedación empleada estaba autorizado y si se ajustó a los protocolos vigentes en pediatría.
2. El estado y origen de los fármacos
Sanidad investiga si la anestesia estaba alterada, contaminada o mal fabricada, una línea abierta tras las primeras diligencias.
3. La infraestructura del centro
El hecho de que no existiera una sala de recuperación podría constituir un incumplimiento grave de la normativa sanitaria.
4. El tiempo que pasó entre la sedación y el traslado
Se intenta determinar si el retraso en trasladar a la menor a un hospital contribuyó al fatal desenlace.
La segunda niña evoluciona favorablemente
La menor de cuatro años recibió atención urgente en el Hospital de la Ribera y posteriormente fue derivada en SAMU al Clínico de València, donde permaneció varios días en la UCI pediátrica. Su evolución ha sido positiva y ya se encuentra en planta.
Cronología sanitaria: dos niñas atendidas en una hora y un desenlace trágico
La menor fallecida, de seis años
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16:52 h, jueves 20 de noviembre: llega en parada cardiorrespiratoria al Hospital de la Ribera.
-
Los equipos sanitarios intentan reanimarla sin éxito y se declara su fallecimiento.
La niña de cuatro años
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12:00 h: acude a la misma clínica dental para un tratamiento con sedación intravenosa.
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15:11 h: ingresa en Urgencias del Hospital de la Ribera con fiebre, vómitos y somnolencia.
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Tras estabilizarla, es trasladada en SAMU al Clínico de València y permanece en la UCI hasta este lunes, donde su estado ya es estable y en planta.
Ambos tratamientos fueron realizados en la misma mañana y por el mismo anestesista.
Líneas clave de la investigación: fármacos, trazabilidad y procedimientos
Sanidad investiga:
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El lote del anestésico utilizado.
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La trazabilidad del fármaco y la cadena de suministro.
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Las condiciones de conservación del medicamento.
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La legalidad de los procedimientos aplicados.
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El cumplimiento de protocolos de sedación en menores.
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La documentación clínica de ambas pacientes.
Además, la Policía Nacional ha trasladado el caso al grupo de Homicidios para determinar posibles responsabilidades penales. La autopsia de la niña fallecida será determinante.
La versión de la clínica: “La niña salió aparentemente bien”
La dirección del centro ha declarado que no se empleó anestesia general, sino una sedación intravenosa leve para extraer dientes de leche y colocar empastes. Afirman que la niña “salió del centro dental aparentemente bien” y que desconocen qué pudo ocurrir después. Añaden que “se está investigando el lote de la anestesia”.
Estas afirmaciones deberán contrastarse con los informes toxicológicos y la pericia médica.
Los padres denuncian que la niña estuvo cuatro horas con síntomas antes del alta
La familia de la menor fallecida sostiene que la niña presentó síntomas graves —somnolencia, vómitos, dificultad respiratoria y falta de respuesta a estímulos— durante cuatro horas dentro de la clínica antes de que le dieran el alta.
Al no mejorar en casa, decidieron trasladarla por su cuenta al Hospital de la Ribera, donde llegó en parada cardiorrespiratoria.
Investigación judicial en marcha
El juzgado de Alzira ha abierto diligencias previas para esclarecer el fallecimiento, mientras Sanidad desarrolla un expediente informativo completo. La jueza de guardia estudia ahora toda la documentación para determinar si existieron irregularidades o mala praxis en la sedación.
Un caso que sacude a la ciudadanía y refuerza el debate sobre la sedación en odontología infantil
La gravedad de los hechos y la implicación de menores han generado enorme preocupación social. El caso reabre el debate sobre los protocolos de seguridad en la sedación odontológica, la necesidad de centros acreditados y el control exhaustivo de medicamentos anestésicos.
Sanidad insiste en que la suspensión cautelar de la clínica busca garantizar la seguridad de otros pacientes mientras avanzan las investigaciones.
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