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Sucesos

22 años de cárcel para un guardia civil que intentó envenenar a la familia de una compañera

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ALICANTE, 3 May. (EUROPA PRESS) – La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la condena a 22 años de prisión a un brigada de la Guardia Civil por intentar envenenar con un plaguicida en 2016 a una compañera del puesto de la Vila Joiosa (Alicante), con la que se había obsesionado, al marido de ella y al hijo de ambos de tres años.

Según la sentencia, facilitada por el TJSCV, el condenado accedió a la vivienda de su compañera en la casa cuartel el 3 de junio de 2016, con una copia de la llave, y vertió un plaguicida en el arroz cocido que tenía la pareja preparado para comer.

Un día después fue detenido y en el registro de su casa, situada en un anexo al cuartel, los agentes encontraron un ‘pen drive’ con un documento en el que el condenado reflexionaba sobre lo que pensaba hacer. Allí dejó escrito que había llegado el momento «de ver si de verdad» tenía «valor de hacerlo» porque «una cosa es pensarlo y otra atreverse a hacerlo».

El hombre se reconoce «muy cobarde para hacerlo», pero sostiene que «lo necesita» porque está en un «sinvivir» ya que su compañera es «inmensamente feliz» y no lo puede «soportar, no me deja dormir por las noches». Y asegura: «Me corroe la envidia, y me ahoga, si no lo hago creo que reventaré».

Además, en el texto localizado asegura que lo intentó «en otras ocasiones», de «forma diferente y sin medir bien el daño que pueda causar, vamos, que no he tenido en cuenta los daños colaterales, no me ha salido bien, pero un día de estos, o bien me sale bien o por el contrario me pillan. Si esto último pasa, no sé qué haría…».

Así, la sentencia detalla que el condenado entró en «numerosas ocasiones» en la vivienda de la pareja desde diciembre de 2015 sin su consentimiento y «con la intención de acabar con la vida» vertió «sustancias tóxicas a las comidas, que desprendían olores fuertes y sabor desagradable». Además, se llevó objetos personales como el pasaporte de ella, ante un viaje planificado por la pareja, llaves, DNIs caducados, fotos personales y familiares, e incluso «algunas de carácter sexual de ella», como juguetes sexuales y ropa interior de ella.

Al respecto, la sala subraya que el hombre tenía pleno conocimiento de los horarios de la pareja y de sus pormenores por razón de su relación laboral y de «confianza».

Por todo ello, fue condenado a siete años y seis meses por dos intentos de asesinato sobre adultos, diez años de un delito de asesinato sobre un menor de 16 años, un año y tres meses por allanamiento de morada continuado y tres años y tres meses por delito continuado agravado contra la intimidad. Además, se le impuso una multa de 192 euros, una indemnización de 20.000 hacia la pareja y cinco años de libertad vigilada y con prohibición de acercamiento.

Contra la sentencia, la defensa del condenado interpuso un recurso porque consideró que no quedó clara su voluntad de «consumación», dado que al conocer los efectos de los plaguicidas «empleó pequeñísimas dosis sin riesgos para la familia». Y alegaba que la cantidad detectada en el arroz cocido «nunca podría haber acarreado consecuencia nociva» si la hubiesen ingerido, y agrega que «nunca se alcanzó una dosis letal».

Además, sostuvo la defensa que no hay prueba de que accediera a la vivienda desde diciembre de 2015 y pide la rebaja de la pena del delito agravado de intimidad.

Frente a ello, la Sala del TJSCV subraya que el condenado no tenía «dominio» para conocer el resultado que sufrirían las víctimas y que la Organización Mundial de la Salud señala el producto usado como «moderadamente peligroso», dado que con una «exposición suficiente» puede causar inconsciencia, convulsiones y muerte.

Además, sostiene que las víctimas «detectaron» el tóxico antes de comerlo «durante meses» lo que «evidencia la reiteración, planificación y premeditación». Y habla de «plan prolongado en el tiempo» con una finalidad «homicida», tal y como dejó «meridianamente en las desviadas reflexiones» encontradas en el documento encontrado en su ‘pen-drive’.

Mantiene el TSJCV que «tampoco hay rastro de vulneración del principio de presunción de inocencia» a partir de un «amplio, complejo y probatorio de cargo», con «múltiples pruebas directas e indiciarias».

Finalmente, la sala no asume la revocación de la alevosía, como solicitaba la defensa, porque «allanó de forma reiterada y subrepticia la vivienda» para verter los productos tóxicos que se iban a consumir «confiadamente». Así, habla de «indefensión» de las víctimas y «ausencia de riesgo» para el agresor.

Asimismo, sobre el delito continuado contra la intimidad, la sala califica de «no muy comprensibles» las alegaciones de la defensa cuando se dice que «no existe» prueba de cargo de que entrara en la casa y, por otro lado, se asume un «reconocimiento expreso de que había accedido únicamente en dos ocasiones».

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Sucesos

El Tuvi admite que estranguló a Wafaa pero dice que fue «sin querer» y tras una discusión

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Juicio por el asesinato de Wafaa Sebbah: David S.O. admite el crimen

 

Declaraciones iniciales del acusado

David S.O., alias ‘El Tuvi’, ha admitido en la primera sesión del juicio que estranguló «por accidente» a Wafaa Sebbah tras una discusión, mientras consumía alcohol, cannabis y cocaína.

El acusado, quien ya cumple una condena por lesiones a otra pareja, aseguró que no tenía intención de matar a Wafaa y pidió perdón a su familia. Según su declaración, trató de ocultar el cadáver en un pozo tras el incidente.

Detalles del crimen

El hallazgo del cuerpo de Wafaa Sebbah

El cuerpo de Wafaa, de 19 años, fue hallado dos años después de su desaparición en un pozo de 16 metros en una parcela de la familia del acusado en Carcaixent (Valencia). La víctima estaba desnuda de cintura para abajo, maniatada, golpeada y con disparos de balines, según la Fiscalía.

Las pruebas presentadas por la Fiscalía

La Fiscalía indicó que Wafaa presentaba lesiones perimortales y acusó al procesado de abusar sexualmente de la víctima antes de su muerte. El acusado justificó haber encintado su rostro «por si despertaba» y haber arrojado tejas y piedras al pozo para hundir el cuerpo.

Acusaciones y defensa

La postura de la acusación

La acusación particular y la Fiscalía solicitan prisión permanente revisable para el acusado, además de compensaciones económicas para la familia de la víctima. Señalan agravantes de género, racismo y alevosía en el crimen.

El abogado de la familia destacó la brutalidad del crimen y calificó al acusado como un «feminicida» con antecedentes por violencia.

Argumentos de la defensa

La defensa sostiene que David S.O. sufría un proceso psicótico agravado por el consumo de sustancias. Argumentan que no hubo intención de matar y solicitan su libre absolución, negando cualquier responsabilidad civil.

Conexiones mediáticas y contexto

El caso de Wafaa Sebbah ganó gran atención mediática, compartiendo protagonismo con el de Marta Calvo, ya que ambas desaparecieron en localidades cercanas y con pocos días de diferencia en la comarca de la Ribera Alta.

 

 

 

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