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À Punt, en busca de nuevo director general

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VALÈNCIA, 20 Nov.- El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) publica este miércoles la resolución con las bases de la convocatoria del concurso para designar a la persona que ocupará la Dirección General de la Societat Anònima de Mitjans de Comunicació, que actualmente ostenta Empar Marco, y un día después, este jueves, se abrirá el plazo de 30 días para presentar las candidaturas.

Serán analizadas en una primera fase por la comisión de valoración, formada por cinco miembros del Consejo Rector de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació incluyendo al presidente de este órgano, y esta seleccionará como máximo tres de las propuestas que pasarán a una segunda fase. En esa fase se les realizará una entrevista personal por el Consejo Rector sobre la base de los proyectos que presentan y sus respectivos currículum vitae.

En la valoración final, el proyecto supondrá un 50% y el currículum junto con la entrevista otro 50%. La convocatoria podría declararse desierta si la comisión de valoración considera que ninguno de los candidatos se adecua a los requisitos del puesto.

El Consejo Rector, por mayoría de tres quintos, seleccionará a la persona elegida, que deberá comparecer ante la comisión de radiotelevisión de Les Corts, donde se valorará su idoneidad para el cargo y se aprobará o no esa propuesta. La concesión de esa idoneidad requiere de mayoría absoluta.

La convocatoria recuerda que las funciones de la dirección general son, entre otras, ejercer la dirección ejecutiva y representación de la CVMV, proponer el nombramiento y el cese del personal directivo de las sociedades dependientes, la dirección del personal, decidir sobre los contenidos y ordenar la programación, ejecutar las decisiones de contrataciones acordadas por el Consejo Rector o autorizar pagos y gastos.

El nuevo o la nueva directora general tendrá un contrato de alta dirección que se regirá por la normativa que regula al personal directivo del sector público instrumental de la Generalitat. El nombramiento será por un periodo de tres años y exigirá dedicación exclusiva.

Entre los requisitos que deben reunir los aspirantes están, entre otros, tener al menos una titulación universitaria con nivel de grado o equivalente; poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas, acreditar experiencia en el ámbito de la comunicación en sus diferentes ámbitos profesionales; acreditar experiencia en la gestión en funciones de administración, alta dirección, control o asesoramiento en entidades públicas o privadas; conocer las dos lenguas oficiales de la Comunitat, y conocer el contexto social, cultural, económico y político.

Los aspirantes deberán remitir tres sobres, uno con la acreditación de los requisitos, otro con su proyecto de actuación, en el que deberán definir los objetivos, líneas de actuación y estrategias de implementación, incluyendo la valoración de la situación de los medios públicos de la Generalitat y propuestas de mejora, todo ello adecuado a la realidad presupuestaria, con un máximo de 10 folios y un tercer sobre con el currículum.

En el caso del proyecto, a las tres personas seleccionadas en la primera fase para pasar a la entrevista se les dará un plazo de 15 días naturales para desarrollar el documento hasta un máximo de 50 folios.

Fuente: (EUROPA PRESS)

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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