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Abogados de la Comunitat asesoran gratuitamente a los afectados por las cláusulas suelo

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La Generalitat y los colegios de abogados de la Comunitat Valenciana han creado un Servicio de Orientación Jurídica (SOJ) para orientar de manera gratuita a todos aquellos consumidores titulares de contratos hipotecarios que incluyan cláusulas suelo, anuladas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Cualquier ciudadano que sepa o sospeche que es titular de un contrato hipotecario que incluya clausulas suelo puede acudir al nuevo servicio de orientación jurídica de los colegios de abogados, cuyas señas de identidad son la profesionalidad y la gratuidad. El objetivo, según palabras del Presidente del Consejo Valenciano de Colegios de Abogados (CVCA), Juan José Tortajada, “es que este acuerdo garantice el derecho de todos los ciudadanos a solucionar su problema en el caso de verificar que efectivamente son afectados por la cláusula suelo”.

El Colegio de Abogados de Valencia (ICAV) es el primero en poner en marcha este servicio hoy mismo en sus dependencias de la Ciudad de la Justicia. A él le seguirán todos los demás colegios de la Comunidad Valenciana en las fechas descritas a continuación:

Alcoy: 10/2

Alzira: 17/2

Alicante: 6/2

Castellón: 15/2

Elche: 6/2

Orihuela: 22/2

Sueca: 1/2

Valencia: 30/1

¿Qué son las cláusulas suelo?

Estas cláusulas aparecen en muchos contratos hipotecarios con tipo de interés variable, sobre todo el Euribor, que es el principal índice de referencia de las hipotecas firmadas en España en los últimos quince años. La clausula suelo establecía que la entidad financiera nunca cobraría al cliente un tipo de interés inferior a un porcentaje predeterminado aunque el resultado de sumar el Euribor y el diferencial pactado en el contrato fuera inferior a ese tipo de interés.

¿Qué asesoramiento presta el nuevo servicio?

  • Detección de cláusulas suelo:

El SOJ ayudará a la detección de cláusulas suelo. Para ello bastará con que cualquier consumidor acuda al servicio con su contrato hipotecario y la relación de pagos hipotecarios realizados.

  • Presentación de reclamaciones extrajudiciales:

El SOJ facilitará al usuario el formulario de la reclamación extrajudicial previa y toda la orientación jurídica necesaria para su presentación según lo establecido en el Real Decreto 1/2017, publicado en el BOE de 21 de enero de 2017.

  • Abogado de oficio:

Si la reclamación extrajudicial no concluye de manera satisfactoria y el consumidor decide iniciar un procedimiento judicial, el SOJ le informará si puede acceder al beneficio de justicia gratuita y, en caso afirmativo, le designará un abogado de oficio. Si no tiene derecho al beneficio de justicia gratuita, le indicará que puede acudir a un abogado de su libre designación.

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El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión de voto a la ‘ley de nietos’

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Elecciones Europeas Valencia voto correo

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por una amplia mayoría el recurso presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la suspensión cautelar del derecho al voto de los españoles nacionalizados mediante la conocida como ley de nietos que no acrediten ser descendientes de exiliados.

El Pleno ha decidido no admitir a trámite el recurso de amparo, al considerar que la cuestión todavía puede resolverse en el Tribunal Supremo, donde el procedimiento continúa abierto. La decisión mantiene, por el momento, la suspensión del voto para los afectados que residen en el extranjero.

¿Por qué el Constitucional rechaza el recurso?

El Defensor del Pueblo había solicitado que se anularan de forma urgente las resoluciones del Tribunal Supremo y que se permitiera votar en las próximas elecciones generales a los ciudadanos afectados.

Ángel Gabilondo argumentó que la suspensión podía vulnerar derechos fundamentales, entre ellos la igualdad, la participación en los asuntos públicos y la tutela judicial efectiva. También advirtió de que los plazos electorales hacían urgente una respuesta para evitar que los ciudadanos afectados se quedaran sin poder ejercer su derecho al sufragio.

Sin embargo, el Constitucional considera que el recurso es prematuro porque el procedimiento sigue abierto en el Supremo. Los afectados todavía pueden personarse en esa causa y presentar alegaciones para solicitar que se revise la medida cautelar.

¿A quién afecta la suspensión del voto de la ley de nietos?

La medida afecta a ciudadanos españoles residentes en el extranjero que obtuvieron la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como ley de nietos, y cuyo acceso a la nacionalidad se habría apoyado en una instrucción administrativa que presumía la condición de exiliados de determinados emigrantes.

El Tribunal Supremo suspendió cautelarmente el ejercicio del voto de este grupo al considerar que debía garantizarse la legalidad del censo electoral. La controversia gira en torno a la acreditación de los requisitos exigidos para acogerse a la normativa.

La decisión del Constitucional no resuelve definitivamente el fondo del conflicto. El Tribunal Supremo deberá continuar con el procedimiento y podrá revisar la medida cautelar después de estudiar las alegaciones de los afectados.

Las elecciones generales del 29 de noviembre

La resolución llega a poco más de un mes de las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre. El Defensor del Pueblo había alertado de que la proximidad de la cita electoral podía dificultar que los ciudadanos afectados recuperasen a tiempo su derecho al voto.

Por ahora, el rechazo del recurso deja vigente la suspensión cautelar para los españoles residentes en el extranjero incluidos en la medida. La situación definitiva dependerá de los próximos pasos judiciales y de la resolución que adopte el Tribunal Supremo.

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