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Absuelven de nuevo al acosador de Paula Bonet por trastorno «erótico-maníaco»

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La escritora Paula Bonet. Archivo/EFE/Enric Fontcuberta

Barcelona, 26 abr (OFFICIAL PRESS – EFE).- La jueza ha absuelto de nuevo al hombre acusado de acosar a la artista y escritora castellonense Paula Bonet.  Ha considerado  probado que no es responsable penalmente debido a que padece un trastorno «erótico-maníaco». De este modo, ordena que siga tratamiento psiquiátrico durante un máximo de cuatro años.

Absuelven de nuevo al acosador de Paula Bonet por trastorno «erótico-maníaco»

En una sentencia la titular del juzgado de lo penal número 10 de Barcelona absuelve al procesado de los delitos de acoso, amenazas y quebrantamiento de condena. Se le ha aplicado  la eximente de alteración psíquica, pero le prohíbe acercarse a menos de 500 metros de la víctima durante 10 años.

 

La jueza ha dictado esta nueva sentencia después de que la Audiencia de Barcelona anulara su primer fallo. Ha entendido que no estaban bien argumentabas las pruebas que le eximían de la alteración psíquica que le había aplicado inicialmente por el trastorno «erótico-maníaco».

En su primera sentencia, de julio de 2020, la jueza ordenaba el internamiento psiquiátrico del procesado, Víctor G.T., durante un máximo de tres años y tres meses, tras dar por probado el acoso al que sometió a Paula Bonet. Presentándose repetidamente a las puertas del taller de Barcelona en que trabajaba y persiguiéndola en presentaciones y actos públicos.

No obstante, también consideró que el acusado sufre un trastorno «erótico-maníaco» -lo que su defensa, trató de acreditar mediante una pericial psicológica. Argumentando que ello «condicionaba por completo su voluntad», por lo que debe ser controlado mediante tratamiento y medicación.

 

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Indemnizan con 225.000 € a la familia de una paciente fallecida tras 36 horas en Urgencias del Hospital General de València

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indemnización hospital general pancreatitis
Hospital General de València en imagen de archivo - GVA - Archivo

La compañía aseguradora de la Conselleria de Sanidad y el Consorcio Hospital General Universitario de València indemnizarán con 225.000 euros a la familia de una paciente de 69 años que falleció por una pancreatitis aguda tras permanecer 36 horas en Urgencias sin recibir atención médica continuada.

El acuerdo se ha alcanzado tras la reclamación presentada por la asociación El Defensor del Paciente, cuyos letrados, Ica Aznar y Juan Carlos Montealegre, han logrado que ambas aseguradoras asuman la compensación económica por los daños causados.


36 horas en un box sin seguimiento médico

Según detalla la asociación en un comunicado, la paciente permaneció en un box de Urgencias desde las 00:12 horas del día de su ingreso hasta las 07:32 horas del día siguiente, momento en el que se certificó su fallecimiento.

Durante ese periodo, denuncian que no consta registro de constantes vitales, analíticas ni nuevas exploraciones médicas, más allá de la evaluación inicial realizada a su llegada al hospital.

El acuerdo se ha producido en el marco de un procedimiento administrativo tras interponerse una reclamación patrimonial contra la sanidad pública por presunta negligencia médica.


Ingreso sin cama disponible y falta de atención

Los hechos se remontan al 7 de mayo de 2025, cuando la paciente acudió a Urgencias con síntomas como dolor abdominal, vómitos y sensación de hinchazón.

Tras las primeras pruebas, entre ellas una ecografía abdominal, se detectó litiasis biliar y se diagnosticó una pancreatitis aguda biliar, por lo que se ordenó su ingreso hospitalario.

Sin embargo, ante la falta de camas disponibles, la paciente permaneció en el área de Urgencias a la espera de traslado y tratamiento.

Según la asociación, durante ese tiempo la mujer estuvo “36 horas esperando atención” y finalmente falleció sola en el box sin que ningún profesional sanitario advirtiera la situación a tiempo.


Una patología que requiere vigilancia intensiva

La pancreatitis aguda puede evolucionar de forma leve o grave. En los casos más severos, puede provocar inflamación extensa, necrosis pancreática y fallo multiorgánico, con tasas de mortalidad que superan el 30%.

Por ello, este tipo de pacientes requiere monitorización constante, uso de escalas pronósticas y tratamiento intensivo precoz para evitar complicaciones.

La asociación denuncia que no se aplicaron estos protocolos básicos, lo que, a su juicio, derivó en una muerte evitable.


Denuncian “inacción” y falta de atención mínima

El Defensor del Paciente considera que la fallecida tenía “altas expectativas de curación”, pero que la falta de atención sanitaria le privó de recibir el tratamiento necesario.

“La paciente fue abandonada en un box de Urgencias sin la supervisión mínima exigible”, subraya la entidad, que insiste en que este tipo de situaciones son evitables con un seguimiento básico de los pacientes ingresados.

Asimismo, recalcan que no es aceptable que durante más de un día ningún profesional sanitario se acercara a valorar su estado, lo que consideran una grave negligencia asistencial.

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