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Admitida a trámite la moción de censura del PSOE contra el Presidente de Murcia, Pedro Antonio Sánchez

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La Mesa de la Asamblea Regional de Murcia ha admitido este lunes a trámite la moción de censura presentada por los trece diputados del Grupo Parlamentario Socialista dirigida a retirar la confianza al presidente del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Murcia, Pedro Antonio Sánchez.

Tal y como determina el Reglamento de la Cámara (artículo 163.4), la presidenta de la Asamblea Regional de Murcia, Rosa Peñalver, ha procedido a dar cuenta de esta decisión al interesado, a través de un escrito oficial y por correo electrónico.

A partir de ahora comienza a correr el plazo de dos días para la presentación de posibles mociones de censura alternativas, que finalizará el miércoles, 29 de marzo, a las 12,00 horas. La Mesa de la Cámara se reunirá a las 12,30 de ese mismo día, para decidir la admisión a trámite de las mociones de censura alternativas que se hubieren presentado, en tanto la Junta de Portavoces lo hará a las 13,00 horas para fijar la fecha del Pleno en que se procederá al debate y votación de la moción o mociones de censura presentadas. La sesión plenaria se celebrará en dos días sucesivos, tal y como recoge el Reglamento de la Cámara en el artículo 164.2.

La cuarta moción de censura presentada, y la tercera admitida a trámite

La moción de censura admitida este lunes a trámite es la cuarta que ha tenido entrada en el Registro de la Asamblea Regional de Murcia a lo largo de su historia; la tercera, en ser admitida a trámite, y la primera presentada por diputados del Grupo Parlamentario Socialista, ya que las registradas hasta la fecha fueron impulsadas por diputados del Grupo Parlamentario Popular – aún no teniendo mayoría en la Cámara- contra los presidentes del Consejo de Gobierno, Hernández Ros y Collado Mena, ambos socialistas.

La primera moción de censura fue presentada en la I Legislatura por los diputados del Grupo parlamentario Popular contra el presidente socialista Andrés Hernández Ros. Dado que Hernández Ros dimitió el mismo día en que fue registrada la moción de censura, el 9 de marzo de 1987, ésta no fue admitida a trámite.

La segunda moción de censura también fue presentada por los diputados del Grupo Parlamentario Popular en la I Legislatura, pero esta vez contra el presidente del Consejo de Gobierno, el socialista Carlos Collado Mena. Registrada el 20 de marzo de 1987, fue debatida el 30 y 31 de marzo de 1987, y rechazada por 14 votos a favor, diputados todos ellos del Grupo Popular; 23 en contra, de diputados del Grupo Socialista, y 0 abstenciones. En el debate se registraron tres ausencias, la de Carlos Alberola, María Teresa Alcaraz y Juan Carlos Navarro Valls, de los Grupos Parlamentarios Socialista, Mixto y Popular respectivamente, en tanto otros tres diputados del Grupo Mixto (Pedro Antonio Ríos, Emilio Petri y Andrés Santiago Arnaldos), aún estando presentes no respondieron al llamamiento de la votación.

La tercera moción de censura fue presentada también contra Carlos Collado Mena en la III Legislatura por diputados del Grupo Parlamentario Popular. Registrada el 24 de febrero de 1993, fue admitida el 26 de febrero de 1993 y debatida el 9 y 10 de marzo de 1993. La moción de censura fue rechazada por 17 votos a favor de diputados del Grupo Parlamentario Popular, los 24 en contra de los diputados socialistas, y las abstenciones de los 4 diputados de Izquierda Unida.

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Qué gastos se pueden deducir los autónomos en la Renta y cuáles no según Hacienda

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Qué gastos pueden deducir autónomos Renta
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La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril y, como cada año, miles de trabajadores autónomos en España revisan qué gastos pueden deducirse para optimizar su factura fiscal.

Sin embargo, no todo vale. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, no basta con que un gasto esté relacionado de forma general con la actividad profesional: debe cumplir requisitos estrictos para poder incluirse en la declaración.

Qué exige Hacienda para deducir un gasto

Según los criterios oficiales de la Agencia Tributaria, un gasto solo es deducible si cumple tres condiciones fundamentales:

  • Está vinculado directamente a la actividad económica
  • Puede justificarse documentalmente (factura o recibo)
  • Está correctamente registrado en la contabilidad

Además, Hacienda advierte de que no basta con presentar una factura: el autónomo debe poder demostrar que el gasto es real y necesario para generar ingresos.

Este criterio ha sido reforzado en diversas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, que inciden en la necesidad de acreditar la correlación entre ingresos y gastos.

Gastos que sí se pueden deducir en la Renta

Entre los gastos más claramente deducibles se encuentran aquellos directamente relacionados con la actividad profesional:

  • cuotas de autónomos a la Seguridad Social
  • compra de materiales, mercancías o herramientas
  • sueldos y costes laborales
  • servicios profesionales (gestoría, asesoría, etc.)
  • alquiler de local o espacio de trabajo
  • seguros vinculados al negocio
  • gastos financieros e intereses
  • amortización de bienes

También se mantiene la posibilidad de aplicar una deducción del 5% por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, con un límite de 2.000 euros, según la normativa vigente del IRPF.

Expertos fiscales consultados en informes del Consejo General de Economistas destacan que estos gastos suelen ser los menos conflictivos en una posible inspección.

Trabajar desde casa: qué puedes deducir realmente

Uno de los puntos que más dudas genera es el teletrabajo o el uso de la vivienda como espacio profesional.

La Agencia Tributaria permite deducir parte de los suministros del hogar (luz, agua, internet), pero con límites muy concretos:

  • se aplica el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad
  • no se puede deducir el total de las facturas

Por ejemplo, si se utiliza un 20% de la vivienda para trabajar, la deducción se aplicará sobre ese porcentaje, y a su vez sobre el 30% del gasto total.

Según interpretaciones recogidas por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este cálculo es uno de los aspectos más revisados por Hacienda en las declaraciones de autónomos.

Gastos de comida: condiciones estrictas

Los gastos de manutención del autónomo también pueden deducirse, pero solo si cumplen requisitos muy concretos:

  • deben realizarse en establecimientos de hostelería
  • deben pagarse con medios electrónicos
  • deben producirse fuera del municipio habitual de trabajo
  • deben estar vinculados a la actividad

Además, existen límites diarios fijados por Hacienda:

  • 26,67 euros sin pernocta en España
  • 53,34 euros con pernocta
  • cantidades superiores en el extranjero

Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y ha sido aclarado en diversas consultas de la Dirección General de Tributos.

El coche: uno de los gastos más conflictivos

El uso del vehículo es uno de los puntos más problemáticos en la declaración de la Renta de autónomos.

Hacienda solo permite deducir los gastos del coche en casos muy concretos, como:

  • transporte de mercancías
  • transporte de pasajeros
  • autoescuelas
  • comerciales o representantes
  • vehículos de alquiler

En el resto de situaciones, si el coche tiene uso mixto (personal y profesional), la deducción suele ser rechazada.

Así lo confirman múltiples resoluciones administrativas y criterios reiterados por la Agencia Tributaria en sus guías fiscales.

Qué gastos no se pueden deducir

También hay una lista clara de gastos que no son deducibles bajo ningún concepto:

  • multas y sanciones
  • recargos por pagos fuera de plazo
  • donaciones o regalos
  • pérdidas en juegos o apuestas
  • gastos vinculados a actividades ilegales

Estos límites están recogidos en la normativa fiscal y son uno de los errores más comunes entre autónomos.

Claves para evitar problemas con Hacienda

De cara a la campaña de la Renta 2025, los expertos recomiendan:

  • conservar todas las facturas
  • evitar gastos difíciles de justificar
  • separar cuentas personales y profesionales
  • consultar con un asesor fiscal

Según datos del Consejo General de Economistas, una parte importante de las regularizaciones fiscales a autónomos se debe a errores en la deducción de gastos.

Una campaña marcada por el control fiscal

La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos años el control sobre los gastos deducidos por autónomos, especialmente en conceptos como vivienda, vehículo y dietas.

Por ello, más allá de intentar reducir la carga fiscal, la clave está en cumplir correctamente los requisitos legales para evitar sanciones o revisiones posteriores.

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