Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Admitida a trámite la moción de censura del PSOE contra el Presidente de Murcia, Pedro Antonio Sánchez

Publicado

en

La Mesa de la Asamblea Regional de Murcia ha admitido este lunes a trámite la moción de censura presentada por los trece diputados del Grupo Parlamentario Socialista dirigida a retirar la confianza al presidente del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Murcia, Pedro Antonio Sánchez.

Tal y como determina el Reglamento de la Cámara (artículo 163.4), la presidenta de la Asamblea Regional de Murcia, Rosa Peñalver, ha procedido a dar cuenta de esta decisión al interesado, a través de un escrito oficial y por correo electrónico.

A partir de ahora comienza a correr el plazo de dos días para la presentación de posibles mociones de censura alternativas, que finalizará el miércoles, 29 de marzo, a las 12,00 horas. La Mesa de la Cámara se reunirá a las 12,30 de ese mismo día, para decidir la admisión a trámite de las mociones de censura alternativas que se hubieren presentado, en tanto la Junta de Portavoces lo hará a las 13,00 horas para fijar la fecha del Pleno en que se procederá al debate y votación de la moción o mociones de censura presentadas. La sesión plenaria se celebrará en dos días sucesivos, tal y como recoge el Reglamento de la Cámara en el artículo 164.2.

La cuarta moción de censura presentada, y la tercera admitida a trámite

La moción de censura admitida este lunes a trámite es la cuarta que ha tenido entrada en el Registro de la Asamblea Regional de Murcia a lo largo de su historia; la tercera, en ser admitida a trámite, y la primera presentada por diputados del Grupo Parlamentario Socialista, ya que las registradas hasta la fecha fueron impulsadas por diputados del Grupo Parlamentario Popular – aún no teniendo mayoría en la Cámara- contra los presidentes del Consejo de Gobierno, Hernández Ros y Collado Mena, ambos socialistas.

La primera moción de censura fue presentada en la I Legislatura por los diputados del Grupo parlamentario Popular contra el presidente socialista Andrés Hernández Ros. Dado que Hernández Ros dimitió el mismo día en que fue registrada la moción de censura, el 9 de marzo de 1987, ésta no fue admitida a trámite.

La segunda moción de censura también fue presentada por los diputados del Grupo Parlamentario Popular en la I Legislatura, pero esta vez contra el presidente del Consejo de Gobierno, el socialista Carlos Collado Mena. Registrada el 20 de marzo de 1987, fue debatida el 30 y 31 de marzo de 1987, y rechazada por 14 votos a favor, diputados todos ellos del Grupo Popular; 23 en contra, de diputados del Grupo Socialista, y 0 abstenciones. En el debate se registraron tres ausencias, la de Carlos Alberola, María Teresa Alcaraz y Juan Carlos Navarro Valls, de los Grupos Parlamentarios Socialista, Mixto y Popular respectivamente, en tanto otros tres diputados del Grupo Mixto (Pedro Antonio Ríos, Emilio Petri y Andrés Santiago Arnaldos), aún estando presentes no respondieron al llamamiento de la votación.

La tercera moción de censura fue presentada también contra Carlos Collado Mena en la III Legislatura por diputados del Grupo Parlamentario Popular. Registrada el 24 de febrero de 1993, fue admitida el 26 de febrero de 1993 y debatida el 9 y 10 de marzo de 1993. La moción de censura fue rechazada por 17 votos a favor de diputados del Grupo Parlamentario Popular, los 24 en contra de los diputados socialistas, y las abstenciones de los 4 diputados de Izquierda Unida.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Cambios en el sistema de pensiones en España: qué debes saber si te jubilas a partir de 2026

Publicado

en

Forbes elige Valencia jubilación

El sistema público de pensiones en España sigue adaptándose a los retos del envejecimiento poblacional y la sostenibilidad financiera. Los trabajadores que planeen su jubilación a partir del 1 de enero de 2026 deben tener en cuenta que entran en vigor varios ajustes clave en la edad de retiro, los requisitos de cotización y el cálculo de la pensión.

Estos cambios forman parte de la reforma de las pensiones aprobada en la Ley 27/2011 y ratificada posteriormente por el Real Decreto-ley 2/2023.


Edad legal de jubilación en 2026

Desde 2026, la edad de jubilación en España se estructura en un sistema dual en función de los años cotizados:

  • 65 años → para quienes acrediten al menos 38 años y 3 meses de cotización.

  • 66 años y 10 meses → para quienes no lleguen a esa cifra mínima.

Este cambio supone un incremento respecto a 2025, cuando la jubilación estaba fijada en 66 años y 8 meses para los trabajadores sin cotización suficiente.

El calendario progresivo culminará en 2027, cuando la edad legal de jubilación será de 67 años, salvo para quienes tengan carreras de cotización largas que les permitan retirarse antes.


Requisito mínimo de cotización para cobrar la pensión

Para acceder a una pensión contributiva de jubilación, se requiere:

  • Haber cotizado al menos 15 años.

  • Que dos de esos años estén dentro de los 15 previos a la jubilación.

🔹 Si no se cumple este mínimo, la persona no pierde del todo el derecho a prestaciones, pero no podrá acceder a una pensión contributiva. En su lugar, puede solicitar el subsidio para mayores de 65 años, siempre que cumpla los requisitos de residencia y nivel de renta.


Nuevo sistema de cálculo de la pensión desde 2026

Uno de los cambios más destacados es la introducción de un sistema dual de cómputo de la base reguladora, que se aplicará de forma progresiva:

  • Opción 1: se mantiene la fórmula actual → últimos 25 años cotizados.

  • Opción 2: se podrán elegir los mejores 27 años dentro de un periodo de 29, descartando los dos peores.

La Seguridad Social aplicará automáticamente el cálculo más favorable para el trabajador, lo que beneficia especialmente a quienes hayan tenido periodos de desempleo o salarios bajos en los últimos años.


Impacto para trabajadores y empresas

  • Para los trabajadores, se recomienda revisar con antelación la vida laboral y las bases de cotización, usando los simuladores de pensión de la Seguridad Social.

  • Para las empresas y autónomos societarios, será clave llevar un control exhaustivo de cotizaciones, ya que lagunas laborales pueden reducir la futura pensión.


Por qué se aplican estos cambios

El objetivo de esta reforma es garantizar la viabilidad del sistema de pensiones en un contexto de envejecimiento demográfico. Según el INE, en 2050 casi un 30% de la población española tendrá edad de jubilación, mientras que Eurostat sitúa la esperanza de vida en más de 83 años, una de las más altas de Europa.

Con estas medidas, la Seguridad Social busca equilibrar la solidaridad entre generaciones y asegurar que los futuros jubilados cuenten con pensiones dignas y sostenibles.

Las enfermedades que permiten una jubilación anticipada

Las enfermedades que permiten una jubilación anticipada

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram.

Continuar leyendo