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Anulado parcialmente el decreto de plurilingüismo por discriminar al castellano frente al valenciano en las aulas

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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha declarado la nulidad parcial del decreto de plurilingüismo que establece el modelo lingüístico educativo valenciano y regula su aplicación en las enseñanzas no universitarias de la Comunidad.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Alto Tribunal estima los recursos interpuestos por varios colectivos de padres de alumnos y anula los artículos 9.4, 17, 18, 19, 20 y 21, la disposición adicional octava y los anexos XI y XII del Decreto 9/2017 por entender que tales preceptos de la norma, que se encontraba suspendida de manera cautelar por el Tribunal, vulneran la Constitución, son contrarios a la legislación nacional y autonómica y suponen una discriminación del castellano frente al valenciano en las aulas.

Según el TSJCV, pese a que la norma fue “formalmente” derogada, “sus efectos se prolongaban en el tiempo por haberlo asumido el Decreto ley 3/2017, de 1 de septiembre, del Consell por el que se adoptan medidas urgentes para la aplicación, durante el curso 2017/2018 de los proyectos lingüísticos de centro (PLC)” y por Ley valenciana 4/2018 (disposición transitoria segunda) aprobada en febrero, que regula y promueve el plurilingüismo en el sistema educativo valenciano.

La Sala ha dictado cinco sentencias que resuelven en el mismo sentido los recursos interpuesto contra el decreto de plurilingüismo. En las mismas concluye que esta norma (cuyo contenido fue asumido por el decreto ley, aprobado en septiembre, a punto de comenzar el curso, para esquivar la orden del TSJ que obligaba a mantener el modelo anterior, y por la ley aprobada el pasado mes de febrero), “ha supuesto la eliminación de la opción del castellano en la mayoría de los centros sostenidos con fondos públicos” al impedir la coexistencia de un programa plurilingüe en castellano y valenciano sin que se haya acreditado que tal coexistencia genere discriminación o segregación”.

La Sala concluye que, “el sistema, al establecer una manifiesta desigualdad en detrimento de la lengua castellana, está vulnerando la disposición adicional trigésimo octava nº 3 de la Ley Orgánica de Educación, que proscribe la discriminación de cualquiera de las lenguas oficiales”.

“Sólo se puede elegir un nivel en cada centro, ésa es la diferencia con el sistema anterior donde convivían ambas líneas, con lo cual, desaparece en la mayoría de los centros la línea de castellano y sólo queda como se ha expuesto en los territorios históricos castellano-parlantes del art. 36 de la Ley valenciana 4/1983; la línea intermedia mayoritariamente sólo la ofrecen los centros concertados, el resto de centros sostenidos con fondos públicos, salvo muy escasas excepciones, ofrece únicamente la línea en valenciano”.

Según la resolución, notificada hoy a las partes, la opción de la enseñanza en castellano “únicamente se ha mantenido” en aquellos territorios de cada una de las provincias donde históricamente no se ha hablado valenciano, “y como opción intermedia en los centros concertados”.

La inmersión lingüística, subraya el Tribunal, tiene cabida siempre que “exista oferta alternativa de enseñanza sostenida con fondos públicos en la que se utilice como vehicular cada una de las lenguas cooficiales”. Y este extremo se incumple en la Comunidad Autónoma, vulnerando con ello varios artículos de la Constitución.

Castellón es la provincia de la Comunidad donde, según los magistrados, existen más “desproporción en detrimento de la lengua castellana” ya que de los 91 centros sostenidos con fondos públicos, ninguno tiene línea en castellano y en solo 11 se puede optar por el modelo mixto (valenciano-castellano) frente a los 75 que optan por el valenciano.

En este sentido, la Sala recuerda la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo sobre el bilingüismo, que establece el carácter vehicular de la lengua castellana y valenciana, “sin que la línea castellana sea una mera apariencia”.

Añaden que “ninguna de las dos lenguas tiene carácter exclusivo ni excluyente” y ambas “han de estar presentes en el sistema educativo en una proporción razonable, no existiendo un derecho de opción a estudiar exclusivamente en castellano o en la lengua cooficial de las comunidades autónomas donde exista”.

Según la citada jurisprudencia, “el ejercicio de la potestad legislativa en materia lingüística encuentra sus límites en la necesaria preservación de la garantía de uso normal de las lenguas cooficiales y en la prohibición de medidas excluyentes, peyorativas o desproporcionadas que impliquen un desequilibrio para alguna de las lenguas oficiales”.

La sentencia subraya que el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional “ha repetido hasta la saciedad que el castellano debe ser lengua vehicular en el sistema educativo, que los alumnos tienen derecho a recibir la enseñanza en castellano y en el resto de lenguas cooficiales, a adoptar las medidas oportunas a fin de que la utilización en la enseñanza de la lengua castellana o de las lenguas cooficiales no sea fuente de discriminación en el ejercicio del derecho a la educación, que en caso de implantar un sistema de inmersión lingüística exista oferta alternativa de enseñanza sostenida con fondos públicos en la que se utilice como vehicular cada una de las lenguas cooficiales y, en estos casos, la Administración educativa deberá garantizar una oferta docente sostenida con fondos públicos en la que el castellano sea utilizado como lengua vehicular en una proporción razonable”.

Añade que “si esas son las obligaciones que impone la Ley a los poderes públicos (en España a las Comunidades Autónomas), obviamente, debe existir el correlativo derecho a exigirlas, en nuestro caso, estimamos que los padres o tutores son los primeros destinatarios de ese derecho, por tanto, debe existir una oferta alternativa razonable y proporcionada para los padres que quieran que sus hijos estudien en castellano puedan optar a ella”.

Por tal motivo, concluye que este derecho de los padres no puede ser sustituidos ni por la Administración ni por el Consejo Escolar ni por las Asociaciones de Padres. “La mejor forma de ajustar la demanda de los padres y la oferta de la Administración es dejarles que opten primero y organizar los PLC en función de su elección”.

A este respecto, el tribunal señala que en el Decreto examinado “no existe como derecho individual. los padres entre el 22 y 29 de mayo de 2017 tuvieron que elegir centro con el programa plurilingüe aprobado, además, prácticamente no podían elegir centro”.

Los magistrados que integran la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo considera que “el sistema actual, desde el prisma del derecho de los padres o tutores a elegir que sus hijos tengan como lengua vehicular el castellano es manifiestamente insuficiente, a lo que se une la práctica imposibilidad de elegir centro al no ser la lengua vehicular criterio de preferencia, extremo en el que se produce una nueva vulneración de la legislación autonómica, estatal y la Constitución.

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Borja Sémper reaparece tras meses alejado de la política por su tratamiento contra el cáncer

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Borja Sémper

El portavoz nacional del Partido Popular (PP) y vicesecretario de Cultura del partido, Borja Sémper, ha reaparecido públicamente este miércoles tras varios meses apartado de la primera línea política debido a un tumor cancerígeno. El diputado asistió a la primera reunión del Comité de Dirección del PP de 2026, presidida por el presidente del partido, Alberto Núñez Feijóo, marcando un regreso muy esperado por la militancia y los medios.

Sin embargo, fuentes próximas a Sémper han señalado que aún no retomará su agenda diaria en el PP, ya que está pendiente de una operación quirúrgica relacionada con su tratamiento oncológico.

Reaparición tras meses de tratamiento contra el cáncer

Borja Sémper anunció públicamente su diagnóstico el 14 de julio de 2025, explicando que el tumor había sido detectado en un estadio inicial, por lo que la expectativa médica era de curación. Durante los últimos meses, el dirigente popular se sometió a un tratamiento de quimioterapia de cuatro meses, que concluyó el pasado 8 de diciembre.

En sus redes sociales, Sémper compartió detalles de su recuperación:

«Empieza a salir pelo y poco a poco recupero ánimo y fuerzas para afrontar lo que queda por delante. De momento todo va bien. Agradecido por tanto afecto y ánimos imposibles de responder uno a uno. ¡Gracias!»

La asistencia a la reunión con Feijóo supone un primer paso en su vuelta a la política activa, aunque de manera gradual y prudente. Durante el encuentro, se abordaron asuntos estratégicos del partido, y la presencia de Sémper fue un mensaje de fortaleza y compromiso político, pese a las dificultades personales que ha atravesado.

Sémper y su futuro en el PP

Aunque no retomará su actividad habitual en el Congreso ni en los actos públicos, su reaparición simboliza el respaldo a la dirección de Feijóo y refuerza su posición dentro del comité de dirección. Su experiencia y liderazgo en el partido siguen siendo valorados, y se espera que su vuelta completa se produzca una vez que supere la operación pendiente y continúe su recuperación.

Expertos en política destacan que el regreso de Sémper, incluso de manera parcial, refuerza la cohesión interna del PP y envía un mensaje de normalidad y esperanza a los afiliados y simpatizantes.

Contexto de su enfermedad y recuperación

  • Diagnóstico anunciado: 14 de julio de 2025, tumor en estadio inicial.

  • Tratamiento: cuatro meses de quimioterapia finalizados el 8 de diciembre de 2025.

  • Estado actual: en recuperación, pendiente de operación quirúrgica.

  • Reaparición: 7 de enero de 2026, en la reunión del Comité de Dirección del PP con Feijóo.

Sémper se mantiene como un referente en la política nacional y dentro del PP, y su regreso progresivo se espera que contribuya a fortalecer la estrategia del partido de cara a 2026, especialmente en la preparación de próximos retos electorales.

Borja Sémper termina su tratamiento de quimioterapia. Europa Press/ RRSS

Agradecimiento por el apoyo

Sémper ha querido también agradecer públicamente los mensajes recibidos durante estos meses tan delicados:

“Agradecido por tanto afecto y ánimos imposibles de responder uno a uno. ¡Gracias!”

Las muestras de cariño han llegado desde ciudadanos anónimos, compañeros de partido, figuras públicas y representantes institucionales que han acompañado a Sémper en su proceso de recuperación, aunque el político admite que le ha sido imposible contestar a todos personalmente.

Una recuperación que invita a la esperanza

Aunque Sémper no ha confirmado si retomará su actividad política a corto plazo, las sensaciones positivas y la ausencia de quimioterapia permiten pensar en un horizonte cada vez más esperanzador. Su mensaje transmite calma, confianza y gratitud, imprescindibles durante cualquier lucha contra un proceso cancerígeno.

Quién es Borja Sémper

PARTIDO POPULAR

Francisco de Borja Sémper Pascual, nacido en 1976 en Irún (Guipúzcoa), tiene una amplia trayectoria política en el Partido Popular. Fue portavoz en el Parlamento Vasco durante una etapa clave para el constitucionalismo en Euskadi, y actualmente ocupa el cargo de portavoz nacional del PP y vicesecretario general en el Comité Ejecutivo Nacional del partido.

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