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Apagón en España: qué implica el nivel 3 de emergencia activado en ocho comunidades autónomas

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Apagón en España

El Gobierno de España ha decretado el nivel 3 de emergencia en ocho comunidades autónomas tras el apagón eléctrico masivo ocurrido el lunes 28 de abril de 2025 a las 12:30 horas. Esta decisión, formalizada mediante una orden publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), afecta a Andalucía, Extremadura, La Rioja, Madrid, Murcia, Castilla-La Mancha, Galicia y la Comunitat Valenciana.

¿Qué es el nivel 3 de emergencia y por qué se ha activado?

El nivel 3 de emergencia es la máxima clasificación dentro del Plan Estatal de Protección Civil ante el riesgo eléctrico. Se activa cuando un incidente tiene un impacto grave y generalizado en servicios esenciales, y requiere coordinación estatal y asunción del mando por parte del Gobierno central. En este caso, el apagón afectó al sistema eléctrico peninsular, alterando el funcionamiento de transportes, centros sanitarios, comunicaciones, y servicios financieros en amplias zonas del país.

La activación de este nivel permite movilizar recursos del Estado, coordinar a todos los cuerpos de seguridad y emergencias, y garantizar la respuesta unificada ante una situación crítica como la caída masiva del suministro eléctrico.

Consecuencias del apagón y zonas afectadas

Durante las primeras horas del apagón, millones de personas se vieron afectadas por la interrupción de la electricidad. En ciudades como Madrid, Valencia o Sevilla se produjeron cortes en el transporte público, fallos en sistemas de semáforos, y suspensión de servicios ferroviarios como Cercanías y Metro. Hospitales y centros escolares también activaron protocolos de contingencia.

Aunque el suministro se ha ido restableciendo progresivamente, la situación sigue siendo compleja en algunas zonas, especialmente en las líneas de transporte ferroviario y algunos servicios digitales.

Coordinación institucional ante una emergencia nacional

La declaración de emergencia de interés nacional implica que el Ministerio del Interior asume la dirección de la gestión de la crisis. Además, se han convocado reuniones extraordinarias del Consejo de Seguridad Nacional y del Consejo de Ministros para evaluar las causas del apagón y tomar medidas preventivas.

Mientras se investiga el origen exacto del fallo eléctrico, Red Eléctrica ha confirmado que no se trata de un ciberataque, sino de una pérdida súbita de generación eléctrica en la región suroeste de la península, lo que provocó oscilaciones críticas en la red y la desconexión automática del sistema con Francia.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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PIXABAY

La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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