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Así es el anillo de compromiso de María Pombo

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MADRID, 25 Ago. (CHANCE) –

El mundo influencer está de lo más emocionado desde que este viernes, María Pombo, -una de las instagramers más admiradas de nuestro país- anunciase su boda con Pablo Castellano tras tres años de relación.

Tal ha sido la repercusión de la noticia, que la publicación en la que María desvela esta bonita y esperada noticia ya cuenta con más de 200 mil likes y más de 16 mil comentarios dando la enhorabuena a la pareja por su próximo enlace. Sin embargo, uno de los elementos más destacados y comentados de la imagen en la que María y Pablo anuncian su compromiso, es el anillo de pedida de mano.

JOYERÍA SUAREZ

Como la propia Joyería Suárez ha desvelado a través de su Instagram Stories, la alianza lleva su firma, y es que se trata del anillo de Big Three, un modelo de oro blanco de 18 quilates engastado con zafiro talla oval y diamantes talla brillante con un total de 0,65 quilates. Tal y como hemos podido observar en la página web de la Joyería, la pieza tiene un valor de 7.230 euros.

María Pombo decidió dar la noticia en redes sociales dos días después de que se produjese para así poder comunicárselo en primera persona a todos sus familiares y amigos antes de compartirlo con el resto del mundo. Por el momento, sabemos que la boda tendrá lugar en Cantabria y que María confiará los preparativos a unas conocidas Wedding Planners.

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Diego ‘El Cigala’, condenado a dos años y medio de cárcel por maltrato continuado a su expareja

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La Audiencia de Cádiz confirma la sentencia por violencia de género contra el cantaor flamenco

Cádiz, 3 de julio de 2025 — El reconocido cantaor flamenco Diego Ramón Jiménez Salazar, más conocido como Diego ‘El Cigala’, ha sido condenado a dos años y un mes de prisión por tres delitos de malos tratos y un delito leve de vejaciones continuadas cometidos contra su expareja sentimental. La Audiencia Provincial de Cádiz ha confirmado íntegramente la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 3 de Jerez de la Frontera, desestimando los recursos presentados por la defensa y por la acusación particular.

Sentencia firme y sin posibilidad de recurso

La resolución judicial, con fecha de 30 de junio de 2025, considera probados los hechos y no admite recurso ordinario. El fallo ratifica que el artista cometió episodios de violencia en distintos momentos y lugares:

  • Una bofetada en un hotel de Jerez.

  • Una patada en un hotel de Palafrugell (Girona).

  • Un episodio grave en la vivienda familiar donde, en presencia de sus hijos, la agarró del cuello mientras le gritaba insultos como «me cago en tus muertos».

Además, se le condena por vejaciones reiteradas, consistentes en insultos como “puta”, “perra” o “desgraciada”, así como expulsarla de la casa o de habitaciones durante las discusiones.

Absolución parcial y argumentos de la defensa

El tribunal, sin embargo, ha absuelto al cantaor de otro presunto episodio ocurrido en el aeropuerto de Punta Cana (República Dominicana) en 2017, al no considerar acreditado que la zarandeara cuando ella esperaba un vuelo con su hijo en brazos.

La defensa alegaba errores en la valoración del testimonio de la víctima, pero la Audiencia subraya que este fue “claro, congruente y persistente”, tanto en la denuncia inicial como ante el juzgado y profesionales que la atendieron.

Valoración judicial y pruebas

La sentencia analiza ocho episodios en total, diferenciando los que cuentan con corroboración externa de los que no. La Audiencia resalta el rigor en la motivación de las penas, todas situadas cerca del mínimo legal permitido.

La magistrada también rechazó la petición de indemnización de 3.000 euros solicitada por la acusación particular, ya que la Unidad de Valoración Integral de Violencia de Género (UVIGV) concluyó que la víctima no presenta secuelas psicológicas como consecuencia directa de los hechos.

Una relación marcada por la dependencia y el deterioro

Según la sentencia, la relación entre Diego ‘El Cigala’ y su expareja comenzó en 2014 y tuvieron dos hijos en común. Durante la convivencia, ella dependía económicamente del cantaor, y la relación comenzó a deteriorarse con la llegada del primer embarazo. Las discusiones se volvieron frecuentes y, según el fallo, él ejercía un trato vejatorio y despreciativo, aunque no se acreditó una situación de dominación estructural o asimetría de poder.

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