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Aprobada la Ley Trans: Qué cambios trae… Y cuáles no

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cambios ley trans

Acaba de aprobarse de manera definitiva la Ley para la Igualdad Real y Efectiva de las Personas Trans y para la Garantía de los Derechos de las Personas LGTBI. Tras meses de negociaciones, polémicas y desaacuerdos, hoy se publica la norma en el Boletín Oficial del Estado.

Los cambios que introduce la Ley Trans

El proyecto de la Ley Trans nació con la intención, como recoge el texto, de «asegurar que en España se pueda vivir la orientación sexual, la identidad sexual, la expresión de género, las características sexuales y la diversidad familiar con plena libertad». Es, junto a la ley del aborto, también aprobada hoy, una de las normas principales introducidas por el Ministerio de Igualdad.

El corazón de la norma- y también el punto más debatido entre los socios de Gobierno- ha sido la autodeterminación de género. Finalmente, este punto ha tenido cabida en la ley: el nombre y el sexo registral podrán cambiarse en el DNI sin necesidad de justificación médica.

El derecho a los tratamientos de Reproducción Asistida

La ley también aborda los tratamientos de reproducción asistida para mujeres bisexuales y lesbianas solteras, así como la filiación de los bebés para las mujeres no casadas. El acceso a estos tratamientos, incluidos en nuestro Sistema Nacional de Salud, fue prohibido a las mujeres que se encontraran en esta situación hace siete años.

Los otros dos cambios más relevantes de la ley están relacionados con la protección de los menores. La Ley Trans prohíbe las de manera definitiva las terapias de conversión, sumándose a otros 11 países, como Reino Unido o Australia. La ley también prohíbe las prácticas de modificación genital a menores intersexuales.

Los cambios que NO introduce la Ley Trans

No, no se podrá cambiar de nombre y sexo en el DNI sólo con decirlo.

La ley tiene establecido un plazo de cuatro meses y debe declararse la voluntad del cambio en dos ocasiones.

La introducción de la autodeterminación de género no implica tampoco la hormonación ni el sometimiento a operaciones quirúrgicas a menores de edad. La norma establece diferentes pautas en base a la edad: entre los 12 y los 14 años el cambio necesita de autorización judicial; para los menores entre 14 y 16, autorización de los tutores legales y sólo a partir de los 16 estará libre de requisito. Los 16 años es, según nuestra legislación, la mayoría de edad sanitaria- también laboral y de consentimiento sexual.

Otro de los bulos más extendidos es que la nueva ley permitirá a los hombres podrán librarse de condenas por violencia de género. La norma incluye un artículo específicamente para impedir este supuesto. Las personas serán juzgadas en base al sexo registral que presentase en el momento delictivo.

Las preocupaciones sobre las normas deportivas

Es uno de los temas que más debate ha generado y se introduce en la ley con medidas para prevenir la desigualdad en los resultados.

La Federación Española LGTB+ desmiente de manera rigurosa en su web las dudas más comunes sobre la norma.

Las dudas y los desacuerdos con la Ley Trans

La norma ha generado tanto celebraciones como desacuerdos en diferentes sectores de la sociedad, empezando por el propio Gobierno y el movimiento feminista.

Aunque finalmente ha sido aprobada, el proyecto de ley generó desacuerdos entre los socios de Gobierno, PSOE y Unidas Podemos, que tenían discrepancias en cuanto a la autodeterminación de género. La ley saca a la luz un debate que, lejos de nacer con la ley trans, hace ya tiempo que genera discrepancia entre los feminismos.

Este desacuerdo llevó incluso a la dimisión del Partido Socialista de Carla Antonelli, que hoy escribía en la Tribuna de El País que a ley «no será perfecta, pero celebraremos los avances».

Tampoco en la oposición había unanimidad: Vox y el Partido Popular tenían discrepancias técnicas. Ciudadanos, aunque presentaba discrepancias con el texto, estaba a favor de su elaboración.

La Federación Estatal LGTB+, organización no gubernamental y apartidista, está formada por 50 entidades LGTBI del Estado y celebraba esta mañana la aprobación de la ley.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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