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Casi el 50% de los valencianos que quieren mudarse no pueden permitirse una vivienda

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Alquiler seguro

El 46% de los valencianos que tienen previsto mudarse a corto o medio plazo no encuentran ninguna vivienda que puedan asumir económicamente, según el V Estudio Casaktua titulado La demanda de vivienda en España. 2019, ¿el año de la estabilización del sector?.

En un comunicado, el portal inmobiliario ha explicado que un 41% de los valencianos tampoco encuentra un inmueble que se ajuste a sus necesidades. A nivel nacional existen las mismas barreras: los españoles que buscan nuevo inmueble no localizan la vivienda que necesitan (46%) o que sean capaces de pagar (44%).

De hecho, este último hándicap ha aumentado 8 puntos en el último año y está especialmente presente en el caso del alquiler: el 58% de los que se trasladan a régimen de arrendamiento reconoce que este está siendo uno de los principales desafíos, frente al 37% de los que optan por comprar.

Este argumento también es utilizado por aquellos valencianos que no están en búsqueda de un inmueble y que, tal y como reconocen, no están a gusto con su vivienda actual. El 44% afirma que no se cambia de residencia por una cuestión económica.

De cara al futuro, el 88% del total de los encuestados en la Comunitat Valenciana cree que el coste del alquiler y de la compra seguirá incrementándose, unos porcentajes similares a la opinión general en España.

El 19% de los valencianos tiene intención de cambiar de inmueble próximamente: el 14% busca una vivienda en propiedad y el 5% en alquiler. Estas cifras suponen un descenso de 8 puntos respecto a 2018, cuando el deseo de trasladarse era del 27% (20% compra y 7% alquiler).

Las conclusiones del V Estudio de Casaktua muestran que el precio del inmueble es el factor más determinante en la Comunitat Valenciana a la hora de comprar: el 80% reconoce que es lo que más influye en el proceso de decisión, seguido de la cuota hipotecaria estimada que se deberá pagar, con un 49% de adeptos.

Asimismo, el 61% de los valencianos que se va de alquiler reconoce que en realidad preferiría comprar, pero no lo hace porque sus circunstancias económicas no se lo permiten. Y es que, ahora mismo, el 57% opina que vivir en alquiler es tirar el dinero y que una vivienda en propiedad es la mejor herencia que se puede dejar a los hijos (64%).

En la Comunitat Valenciana para la compra de una vivienda el ahorro medio es de 42.634 euros y el presupuesto fijado se corresponde con 141.854 euros de media. Para el alquiler, el coste promedio que se establecen es de 419 euros.

En el momento de hacer frente al pago de una vivienda, lo más habitual en es recurrir a la hipoteca (62%). El interés fijo es la apuesta principal frente al variable: 67% frente al 33%, y otras opciones son los ahorros propios (38%) y a la venta de otra vivienda (33%).

El coste promedio que están pagando actualmente los valencianos en alquiler es de 438 euros y el de hipoteca de 516. Si se comparan las autonomías con mayor población, el gasto destinado a la hipoteca es más elevado en Comunidad de Madrid (560€) y Cataluña (559€). Con respecto al alquiler, Comunidad de Madrid (647€), Cataluña (633 €) y Andalucía (539€) son las más caras.

 

Fuente: Europa Press

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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