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Casi el 50% de los valencianos que quieren mudarse no pueden permitirse una vivienda

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Alquiler seguro

El 46% de los valencianos que tienen previsto mudarse a corto o medio plazo no encuentran ninguna vivienda que puedan asumir económicamente, según el V Estudio Casaktua titulado La demanda de vivienda en España. 2019, ¿el año de la estabilización del sector?.

En un comunicado, el portal inmobiliario ha explicado que un 41% de los valencianos tampoco encuentra un inmueble que se ajuste a sus necesidades. A nivel nacional existen las mismas barreras: los españoles que buscan nuevo inmueble no localizan la vivienda que necesitan (46%) o que sean capaces de pagar (44%).

De hecho, este último hándicap ha aumentado 8 puntos en el último año y está especialmente presente en el caso del alquiler: el 58% de los que se trasladan a régimen de arrendamiento reconoce que este está siendo uno de los principales desafíos, frente al 37% de los que optan por comprar.

Este argumento también es utilizado por aquellos valencianos que no están en búsqueda de un inmueble y que, tal y como reconocen, no están a gusto con su vivienda actual. El 44% afirma que no se cambia de residencia por una cuestión económica.

De cara al futuro, el 88% del total de los encuestados en la Comunitat Valenciana cree que el coste del alquiler y de la compra seguirá incrementándose, unos porcentajes similares a la opinión general en España.

El 19% de los valencianos tiene intención de cambiar de inmueble próximamente: el 14% busca una vivienda en propiedad y el 5% en alquiler. Estas cifras suponen un descenso de 8 puntos respecto a 2018, cuando el deseo de trasladarse era del 27% (20% compra y 7% alquiler).

Las conclusiones del V Estudio de Casaktua muestran que el precio del inmueble es el factor más determinante en la Comunitat Valenciana a la hora de comprar: el 80% reconoce que es lo que más influye en el proceso de decisión, seguido de la cuota hipotecaria estimada que se deberá pagar, con un 49% de adeptos.

Asimismo, el 61% de los valencianos que se va de alquiler reconoce que en realidad preferiría comprar, pero no lo hace porque sus circunstancias económicas no se lo permiten. Y es que, ahora mismo, el 57% opina que vivir en alquiler es tirar el dinero y que una vivienda en propiedad es la mejor herencia que se puede dejar a los hijos (64%).

En la Comunitat Valenciana para la compra de una vivienda el ahorro medio es de 42.634 euros y el presupuesto fijado se corresponde con 141.854 euros de media. Para el alquiler, el coste promedio que se establecen es de 419 euros.

En el momento de hacer frente al pago de una vivienda, lo más habitual en es recurrir a la hipoteca (62%). El interés fijo es la apuesta principal frente al variable: 67% frente al 33%, y otras opciones son los ahorros propios (38%) y a la venta de otra vivienda (33%).

El coste promedio que están pagando actualmente los valencianos en alquiler es de 438 euros y el de hipoteca de 516. Si se comparan las autonomías con mayor población, el gasto destinado a la hipoteca es más elevado en Comunidad de Madrid (560€) y Cataluña (559€). Con respecto al alquiler, Comunidad de Madrid (647€), Cataluña (633 €) y Andalucía (539€) son las más caras.

 

Fuente: Europa Press

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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