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Cobrar paro y sueldo a la vez será posible para quienes ganen menos de 1.350 euros

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Cobrar paro y sueldo a la vez
Imagen de una oficina de la Seguridad Social. EFE/ Juan Carlos Cárdenas/Archivo

Ya es oficial: los trabajadores con sueldos inferiores a 1.350 euros podrán cobrar el paro y su salario al mismo tiempo

La nueva reforma del subsidio de desempleo, impulsada por el Gobierno español en colaboración con los sindicatos, introduce importantes cambios en las prestaciones gestionadas por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Entre las novedades más destacadas se encuentra la posibilidad de que ciertos trabajadores puedan compatibilizar su sueldo con la prestación por desempleo, gracias al denominado complemento de apoyo al empleo.

¿En qué consiste el complemento de apoyo al empleo?

El objetivo principal de esta medida es ofrecer un respaldo adicional a los parados de larga duración que consigan reincorporarse al mercado laboral. Esta compatibilidad permitirá a los trabajadores recibir su sueldo y, al mismo tiempo, mantener una parte de su prestación por desempleo como un complemento económico.

Según ha explicado el Ministerio de Trabajo, la medida busca facilitar la estabilidad financiera de los empleados que perciben salarios bajos y fomentar su permanencia en el mercado laboral.

Requisitos para trabajar y cobrar el paro simultáneamente

Los trabajadores que quieran beneficiarse del complemento de apoyo al empleo deberán cumplir una serie de requisitos establecidos en la reforma:

  • Salario inferior a 1.350 euros mensuales: El trabajador deberá tener un sueldo que no supere el 225% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
  • Prestación por desempleo concedida por más de 12 meses: El paro que se esté percibiendo debe haber sido aprobado por un periodo mínimo de un año.
  • Transcurrir al menos nueve meses desde el inicio del cobro del paro: El beneficiario debe haber estado consumiendo la prestación por desempleo durante al menos nueve meses antes de solicitar la compatibilidad.

¿Cómo funcionará la compatibilidad entre sueldo y paro?

La reforma establece que los trabajadores podrán compatibilizar el empleo y la prestación por desempleo durante un periodo máximo de 180 días, es decir, seis meses. Durante este tiempo, recibirán un porcentaje del IPREM como complemento:

  • Primeros 6 meses: 95% del IPREM (aproximadamente 570 euros al mes, según el IPREM actual).
  • Siguientes 6 meses: 90% del IPREM (unos 540 euros mensuales).
  • Resto del periodo: 80% del IPREM (alrededor de 480 euros al mes).

A partir de 2026, la normativa contempla un límite adicional del 375% del IPREM para acceder a esta compatibilidad.

¿Quiénes podrán beneficiarse de esta medida?

Esta reforma está destinada principalmente a los parados de larga duración que logren encontrar empleo en condiciones laborales precarias, es decir, con salarios bajos. También se espera que beneficie a trabajadores que desempeñen empleos temporales o a tiempo parcial, permitiéndoles una mayor estabilidad económica.

La medida busca incentivar la reincorporación laboral y reducir los riesgos de exclusión social de aquellos que, pese a trabajar, tienen ingresos insuficientes para cubrir sus necesidades básicas.

¿Cuándo entra en vigor la reforma?

Aunque gran parte de la reforma del sistema de subsidios de desempleo entró en vigor en noviembre de 2024, el régimen de compatibilidad entre empleo y paro se implementará a partir del 1 de abril de 2025.

¿Qué impacto tendrá esta medida?

Se espera que la reforma tenga un impacto positivo en el mercado laboral, especialmente en sectores donde predominan los contratos temporales y los salarios bajos. Al permitir que los trabajadores mantengan una parte de su prestación por desempleo mientras trabajan, la medida pretende ofrecer un incentivo adicional para aceptar ofertas laborales, incluso en condiciones económicas desfavorables.

El complemento de apoyo al empleo también podría contribuir a reducir la tasa de desempleo estructural, facilitando la transición de los parados de larga duración hacia el empleo y mejorando su estabilidad financiera.

¿Qué ocurre si no se cumplen los requisitos?

Los trabajadores que no cumplan con los requisitos establecidos para esta compatibilidad no podrán beneficiarse del complemento de apoyo al empleo. Sin embargo, podrán seguir percibiendo la prestación por desempleo de manera habitual, siempre que mantengan las condiciones exigidas por el SEPE.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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