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LOTERÍA DE NAVIDAD

Los premios de la Lotería de Navidad se pueden cobrar desde hoy y hasta el 23 de marzo de 2026

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cobrar premios Lotería Navidad
Agraciados con el ‘Primer Premio’ del Sorteo Extraordinario de Lotería de Navidad 2023 correspondiente al número 88008 celebran su suerte en la administración Doña Manolita, a 22 de diciembre de 2023, en Madrid (España). - Carlos Luján - Europa Press - Archivo

Madrid, 22 de diciembre (Europa Press). El Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad repartirá este 22 de diciembre un total de 2.772 millones de euros en premios, que podrán cobrarse desde la misma tarde del sorteo y hasta el 23 de marzo de 2026, una vez finalicen las verificaciones de los números extraídos y los correspondientes procesos informáticos.

Así lo recuerda Loterías y Apuestas del Estado, que subraya que el derecho al cobro de los premios caduca a los tres meses, contados a partir del día siguiente al de la celebración del sorteo.

Desde cuándo se pueden cobrar los premios de la Lotería de Navidad

Aunque el sorteo se celebra por la mañana, los premios no se pueden cobrar de inmediato. Es necesario esperar a que concluyan:

  • La verificación oficial de los números premiados

  • Los procesos informáticos de validación

Una vez completados estos trámites, el cobro de premios queda habilitado desde la tarde del 22 de diciembre.

Requisito imprescindible: presentar el décimo o resguardo premiado

Loterías y Apuestas del Estado recuerda que, “aunque parezca evidente”, para cobrar cualquier premio es imprescindible presentar el décimo o resguardo agraciado en buen estado o seguir el procedimiento correspondiente en caso de deterioro.

Cómo cobrar premios de hasta 2.000 euros

Los premios inferiores a 2.000 euros por décimo o resguardo pueden cobrarse:

  • En cualquiera de los 10.869 puntos de venta oficiales de la red comercial de Loterías

  • Desde la tarde del 22 de diciembre

En estos casos, el premio puede abonarse:

  • En metálico

  • A través de Bizum, si el punto de venta dispone del servicio

Dónde cobrar premios iguales o superiores a 2.000 euros

Cuando el importe del premio sea igual o superior a 2.000 euros, el cobro debe realizarse obligatoriamente en entidades financieras autorizadas, que son:

  • BBVA

  • CaixaBank

En estos casos, será necesario identificarse y cumplir con los requisitos bancarios habituales para la gestión del cobro.

Premios de décimos comprados online

En el caso de décimos adquiridos a través del canal online oficial, los premios se gestionan de la siguiente forma:

  • Los premios mayores se abonan mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente facilitada por el jugador, una vez verificado el número de cuenta tras el sorteo.

  • Los premios menores se ingresan directamente en la cuenta de juego, siempre que no se superen los límites establecidos. Si se superan, también se abonarán mediante transferencia bancaria.

Qué hacer si el décimo está deteriorado

Si el décimo o resguardo premiado está deteriorado, el cliente debe:

  1. Acudir a un punto de venta oficial

  2. Cumplimentar el formulario “Solicitud de pago de premios”

  3. Firmarlo y entregar el décimo o resguardo dañado

Este será remitido a Loterías y Apuestas del Estado para su autenticación, antes de proceder al pago.

Premios compartidos: identificación obligatoria

Cuando un décimo ha sido compartido, es obligatorio identificar a todos los participantes en el momento de cobrar premios iguales o superiores a 2.000 euros en las entidades financieras autorizadas, con el fin de realizar el reparto correctamente y cumplir con las obligaciones fiscales.

En caso de robo del décimo premiado

Si el décimo ha sido sustraído, Loterías recomienda:

  • Presentar denuncia ante las autoridades competentes

  • Si el décimo resultara premiado, acudir a un juzgado con la denuncia para iniciar el procedimiento judicial correspondiente

Fechas clave que no debes olvidar

  • Inicio del cobro de premios: tarde del 22 de diciembre

  • Fecha límite para cobrar: 23 de marzo de 2026

  • Caducidad del derecho al cobro: tres meses desde el día siguiente al sorteo

Un plazo amplio, pero que conviene marcar en el calendario para no perder el derecho a cobrar un premio del sorteo más esperado del año.

Los premios de la Lotería de Navidad de hasta 40.000 euros no pagan impuestos

Madrid, 22 de diciembre (Europa Press).
Los premios del Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad cuyo importe sea igual o inferior a 40.000 euros por décimo están exentos de tributación, mientras que aquellos que superen esa cantidad deberán pagar impuestos, según recuerda la Agencia Tributaria.

Esta exención fiscal se aplica desde hace varios años y afecta a millones de décimos premiados cada 22 de diciembre, lo que convierte a la Lotería de Navidad en uno de los sorteos más favorables desde el punto de vista fiscal para los jugadores.

Qué dice la ley sobre la tributación de los premios

La Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica, somete a tributación, a través de un gravamen especial, los premios pagados correspondientes a las loterías y apuestas organizadas por Loterías y Apuestas del Estado.

Esta normativa establece que los perceptores de los premios, cualquiera que sea su naturaleza, soportarán una retención o ingreso a cuenta en el momento del cobro, retención que debe practicar directamente el organismo pagador del premio, es decir, Loterías y Apuestas del Estado.

Cómo se aplica la retención del 20%

La ley determina que la tributación se exige de forma independiente respecto de cada décimo, fracción o cupón premiado.
De este modo:

  • Están totalmente exentos los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 40.000 euros.

  • Los premios cuyo importe sea superior a 40.000 euros solo tributan por la parte que exceda de esa cantidad.

La base de la retención del gravamen especial está formada por el importe del premio que supera el límite exento, y el porcentaje de retención es del 20 %.

Ejemplo práctico

Un premio de 100.000 euros:

  • Parte exenta: 40.000 euros

  • Base sujeta a tributación: 60.000 euros

  • Retención del 20 %: 12.000 euros

  • Importe final a percibir: 88.000 euros

Identificación obligatoria de los ganadores

La Agencia Tributaria recuerda que Loterías y Apuestas del Estado debe identificar a los ganadores de los premios sometidos a gravamen, es decir, aquellos superiores a 40.000 euros por décimo, con independencia de que el premio haya sido obtenido por una sola persona o de forma conjunta por varias.

Esta identificación es obligatoria para garantizar la correcta aplicación de la retención fiscal correspondiente.

Qué ocurre con los premios compartidos

En el caso de premios compartidos —grupos de amigos, familiares, peñas o asociaciones—, la normativa establece que los 40.000 euros exentos deben repartirse proporcionalmente entre todos los beneficiarios, en función de su porcentaje de participación.

La persona que figure como beneficiaria única o como gestora del cobro deberá:

  • Acreditar ante la Agencia Tributaria que el premio ha sido repartido correctamente

  • Identificar a cada ganador

  • Indicar el porcentaje de participación de cada uno

Este paso es imprescindible para evitar problemas fiscales posteriores.

IRPF, no residentes y empresas

Los contribuyentes del IRPF y los no residentes sin establecimiento permanente que resulten agraciados y hayan soportado la retención en el momento del cobro no tendrán que presentar ninguna autoliquidación adicional por este concepto.

En el caso de los no residentes, si existe un convenio para evitar la doble imposición internacional, podrán solicitar la devolución que pudiera corresponderles.

Por su parte, los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades que obtengan un premio sujeto al gravamen especial deberán incluir el importe del premio entre las rentas del periodo sujetas al impuesto, computando la retención del 20 % como pago a cuenta, tal y como se hacía antes del 1 de enero de 2013.

Un sorteo con ventaja fiscal para los premiados

La exención de hasta 40.000 euros por décimo convierte a la Lotería de Navidad en uno de los sorteos más atractivos desde el punto de vista fiscal en España, ya que permite a la mayoría de los premiados cobrar íntegramente su premio, sin necesidad de realizar trámites adicionales ni declaraciones posteriores.

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LOTERÍA DE NAVIDAD

70.048, segundo premio de la Lotería de Navidad 2025

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El número 70.048 ha sido agraciado con el Segundo Premio del Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad 2025, repartiendo la fortuna de forma íntegra en Madrid. El premio se ha vendido en la administración número 10 de la calle Barquillo, uno de los puntos históricos del sorteo organizado por Loterías y Apuestas del Estado, donde la alegría se ha desatado desde primera hora de la mañana. El número fue cantado a las 09.21 horas horas en el sexto alambre de la primera tabla.

La administración de la calle Barquillo, en Madrid, ha felicitado en redes sociales a sus clientes por lograr el Segundo Premio de la Lotería de Navidad.

«Queremos felicitar a todos los ganadores, y compartir el orgullo que sentimos al saber que, un año más, desde Lotería Barquillo 10 hemos sido parte de un momento tan especial. Gracias por confiar en nosotros y por acompañaros en una tradición tan única como la Lotería de Navidad», ha señalado la administración en la red social X.

¿Cuánto dinero reparte el segundo premio de Lotería de Navidad 2025?

Este galardón es el más cuantioso después del Gordo y reparte 125.000 euros brutos por décimo, lo que equivale a 1.250.000 euros por serie. Un premio que, sin alcanzar la magnitud del primero, supone un importante alivio económico para quienes tengan la fortuna de poseer el número agraciado.

El segundo premio forma parte de los grandes protagonistas del sorteo, ya que combina una cuantía elevada con un reparto más amplio, lo que incrementa las posibilidades de que muchos jugadores vean recompensada su participación.

¿Cuánto se queda Hacienda del segundo premio?

En el caso del segundo premio de 2025, esta retención supone que el importe neto a percibir sea de aproximadamente 108.000 euros por décimo, una vez descontados los impuestos correspondientes. La retención se realiza de forma automática en el momento del cobro, por lo que el ganador no tendrá que hacer ningún trámite adicional con Hacienda.

Premios de la Lotería de Navidad 2025

La Lotería de Navidad 2025 es uno de los eventos más esperados del año en España, con millones de personas participando en busca de uno de los premios más importantes. A continuación, te ofrecemos un desglose detallado de todos los premios, incluyendo su dotación y el impacto fiscal.

El Gordo de Navidad 2025

  • Premio: 400.000 euros al décimo o 20.000 euros por cada euro jugado.
  • Impacto fiscal: Los primeros 40.000 euros están exentos de impuestos, por lo que Hacienda retiene 72.000 euros de cada décimo. El ganador se lleva 328.000 euros netos.

Segundo premio

  • Premio: 125.000 euros al décimo o 6.250 euros por cada euro jugado.
  • Impacto fiscal: Hacienda se queda con 17.000 euros, y el ganador recibe 108.000 euros netos.

Tercer premio

  • Premio: 50.000 euros al décimo o 2.500 euros por cada euro jugado.
  • Impacto fiscal: Hacienda retiene 2.000 euros, dejando al ganador con 48.000 euros netos.

Dos cuartos premios

  • Premio: 20.000 euros al décimo o 1.000 euros por cada euro jugado.
  • Impacto fiscal: Este premio no supera el mínimo exento de impuestos (40.000 euros), por lo que no tiene retenciones.

Ocho quintos premios

  • Premio: 6.000 euros al décimo o 300 euros por cada euro jugado.
  • Impacto fiscal: Sin retenciones fiscales, ya que no supera el límite exento.

Premios adicionales por números cercanos

  • Números anterior y posterior al Gordo: 2.000 euros al décimo o 100 euros por cada euro jugado.
  • Números anterior y posterior al Segundo premio: 1.250 euros al décimo o 62,50 euros por cada euro jugado.
  • Números anterior y posterior al Tercer premio: 960 euros al décimo o 48 euros por cada euro jugado.

Premios por coincidencias parciales

  • Dos, tres y cuatro últimas cifras iguales al Gordo: 100 euros al décimo más los 20 euros del reintegro, totalizando 120 euros.
  • Dos últimas cifras del Segundo y Tercer premio: 100 euros al décimo o 5 euros por cada euro jugado.
  • Tres últimas cifras iguales al Segundo, Tercer y Cuarto premio: 100 euros al décimo o 5 euros por cada euro jugado.

Reintegro

  • Premio: Si la última cifra de tu décimo coincide con la del Gordo, obtendrás 20 euros al décimo, recuperando el importe jugado.

La Pedrea

  • Premio: Conocida como la «pedrea», este premio se otorga a los números cantados por los niños de San Ildefonso con la coletilla de «mil euros». Representa 100 euros por décimo o 5 euros por cada euro jugado.

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